Vacunaciones

 11/03/2014
 Compartir: 

Decreto 29/2014, de 4 de marzo, por el que se modifica el Decreto 161/2006, de 6 de septiembre, por el que se aprueba el calendario íntegro de vacunaciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura (DOE de 10 de marzo de 2014). Texto completo.

DECRETO 29/2014, DE 4 DE MARZO, POR EL QUE SE MODIFICA EL DECRETO 161/2006, DE 6 DE SEPTIEMBRE, POR EL QUE SE APRUEBA EL CALENDARIO ÍNTEGRO DE VACUNACIONES DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE EXTREMADURA.

El calendario de vacunaciones constituye una herramienta fundamental para garantizar la protección adecuada frente a varias enfermedades infecciosas.

En este sentido mediante el Decreto 161/2006, de 6 de septiembre , se aprobó el calendario íntegro de vacunaciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, siendo modificado posteriormente mediante los Decretos 23/2008, de 22 de febrero, y 24/2013, de 5 de marzo, como consecuencia de la necesidad de ir adaptando los calendarios de vacunaciones a las nuevas evidencias científicas, a la cambiante situación epidemiológica y a los acuerdos sobre la materia tomados en el seno del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud, tendentes a establecer un calendario único de vacunas en todo el territorio nacional, tal como se establece en la Ley 33/2011, de 4 de octubre , General de Salud Pública.

Así, el Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud, acordó en la sesión del Pleno del día 21 de marzo de 2013 las modificaciones de las pautas de vacunación con vacunas frente a la tosferina, la varicela, al meningococo C y el virus del papiloma humano, aprobándose el calendario de vacunación recomendado para el territorio español para el año 2014 en la reunión de la Comisión de Salud Pública del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud del día 27 de noviembre de 2013.

En consonancia con lo anterior, se hace necesaria la modificación del actual Calendario de Vacunaciones Sistemáticas Infantiles de la Comunidad Autónoma de Extremadura, así como la adaptación a dichas modificaciones en el Calendario del niño mal vacunado de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

En su virtud, a propuesta del Consejero de Salud y Política Social, en uso de sus facultades atribuidas, y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su sesión del 4 de marzo 2014, DISPONGO:

Artículo único. Modificación del Decreto 161/2006, de 6 de septiembre , por el que se aprueba el calendario integro de vacunaciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

Modificar los Anexos I y II del Decreto 161/2006, de 6 de septiembre , por el que se aprueba el calendario íntegro de vacunaciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, quedando redactado en los términos establecidos en los Anexos de este decreto.

Disposición derogatoria única. Derogación normativa.

Quedan derogadas cuantas normas de igual o inferior rango se opongan a lo dispuesto en el presente decreto.

Disposición final primera. Habilitación competencial.

Se faculta al titular de la Consejería competente en materia de Salud y Política Social para dictar cuantos actos y disposiciones sean necesarios para el desarrollo y ejecución del presente decreto.

Disposición final segunda. Entrada en vigor.

El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Extremadura.

Anexos

Omitidos.

Últimos estudios

Conexión al Diario

Publicaciones

Lo más leído:

  1. Actualidad: Nueva convocatoria de 300 plazas de Bomberos de la Generalitat
  2. Actualidad: Carlos Pollán se reúne con Inetum y explora el uso de las nuevas tecnologías para avanzar en la desregulación y simplificación administrativa
  3. INAP: Nuevas acciones formativas en modalidad «A tu Ritmo»
  4. Estudios y Comentarios: La configuración del arbolado urbano como bien jurídico colectivo: análisis de la Ley 7/2025, de 16 de diciembre, de protección del arbolado urbano y del arbolado de especial protección de Canarias
  5. Tribunal Supremo: No procede incluir a los titulados en Veterinaria en la formación para el acceso a la especialidad de “Laboratorio Clínico” establecida en el RD 101/2025, al no guardar relación directa e inmediata con las funciones que aquellos tienen asignadas
  6. Tribunal Supremo: El TS entiende que no se ha acreditado la existencia de un daño indemnizable en un supuesto en que se repercutió el tramo autonómico del Impuesto sobre Hidrocarburos a los adquirentes de combustible para el desarrollo de su actividad económica
  7. Actualidad: El SERIS alcanza un gran acuerdo en la Mesa Sectorial para la mejora de las condiciones de trabajo del personal sanitario
  8. INAP: Todas las ofertas de empleo público, en el boletín semanal del Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública (del 16 al 22 de septiembre de 2026)
  9. INAP: Disponible el boletín n.º 29 de la Comunidad de Formación de INAP Social
  10. INAP: Correcciones de errores en las valoraciones finales de los procesos selectivos para el ingreso como personal laboral fijo en el grupo profesional E0 (OEP 2020 y 2021)

 

Atención al usuario: publicacionesinap.es

© INAP-2026

Icono de conformidad con el Nivel Doble-A, de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI: abre una nueva ventana