Convenio para el reconocimiento recíproco de punzones de prueba de armas de fuego portátiles

 24/01/2014
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Convenio para el reconocimiento recíproco de punzones de prueba de armas de fuego portátiles y Reglamento con Anejos I y II hechos en Bruselas el 1 de julio de 1969. Decisiones adoptadas por la Comisión Internacional Permanente para la prueba de armas de fuego portátiles en su XXXI Sesión Plenaria de 25 y 26 de septiembre de 2012 (Decisiones XXXI-43 a XXXI-50) (BOE de 24 de enero de 2014). Texto completo.

CONVENIO PARA EL RECONOCIMIENTO RECÍPROCO DE PUNZONES DE PRUEBA DE ARMAS DE FUEGO PORTÁTILES Y REGLAMENTO CON ANEJOS I Y II HECHOS EN BRUSELAS EL 1 DE JULIO DE 1969. DECISIONES ADOPTADAS POR LA COMISIÓN INTERNACIONAL PERMANENTE PARA LA PRUEBA DE ARMAS DE FUEGO PORTÁTILES EN SU XXXI SESIÓN PLENARIA DE 25 Y 26 DE SEPTIEMBRE DE 2012 (DECISIONES XXXI-43 A XXXI-50).

COMISIÓN INTERNACIONAL PERMANENTE PARA LA PRUEBA DE ARMAS DE FUEGO PORTÁTILES

La Comisión Internacional Permanente para la Prueba de Armas de Fuego, haciendo referencia al Convenio para el Reconocimiento Recíproco de Punzones de Prueba de Armas de Fuego Portátiles y al Reglamento, hechos en Bruselas el 1 de julio de 1969, tiene el honor de poner en conocimiento de las Partes Contratantes las decisiones adoptadas en su XXXI.ª Sesión Plenaria celebrada los días 25 y 26 de septiembre de 2012 en Londres.

Imágenes omitidas.

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