CONFLICTOS EN DEFENSA DE LA AUTONOMÍA LOCAL N.ºS 7969-2010 Y 259-2011 ACUMULADOS, CONTRA EL ARTÍCULO 1 DEL DECRETO-LEY DE ILLES BALEARS 1/2010, DE 26 DE MARZO, DE MEDIDAS URGENTES RELATIVAS A DETERMINADAS INFRAESTRUCTURAS Y EQUIPAMIENTOS DE INTERÉS GENERAL, Y ARTÍCULO 1 DE LA LEY DE ILLES BALEARS 10/2010, DE 27 DE JULIO, DE MEDIDAS URGENTES RELATIVAS A DETERMINADAS INFRAESTRUCTURAS Y EQUIPAMIENTOS DE INTERÉS GENERAL EN MATERIA DE ORDENACIÓN TERRITORIAL, URBANISMO Y DE IMPULSO A LA INVERSIÓN.
El Pleno del Tribunal Constitucional, por Auto de 10 de septiembre actual, en los conflictos en defensa de la autonomía local número 7969-2010 y 259-2011 acumulados, promovidos por los Ayuntamientos de Sant Antoni de Portmany y Santa Eulària des Riu, respectivamente, ha acordado, declarar extinguidos por pérdida de objeto los conflictos en defensa de la autonomía local núms. 7969-2010 y 259-2011, acumulados, promovidos el primero contra el art. 1 del Decreto-ley 1/2010, de 26 de marzo, de medidas urgentes relativas a determinadas infraestructuras y equipamientos de interés general, y contra el art. 1 de la Ley 10/2010, de 27 de julio, de medidas urgentes relativas a determinadas infraestructuras y equipamientos de interés general en materia de ordenación territorial, urbanismo y de impulso a la inversión, y el segundo contra el referido art. 1 de la Ley 10/2010. Admitidos a trámite por Providencias de 15 de febrero de 2011 (Boletín Oficial del Estado núm. 49, de 26 de febrero de 2011).
Madrid, 10 de septiembre de 2013.-La Secretaria de Justicia del Pleno del Tribunal Constitucional, Herminia Palencia Guerra.
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