CUESTIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD N.º 3642-2013, EN RELACIÓN CON LOS ARTÍCULOS 2.2 Y 6 DEL REAL DECRETO-LEY 20/2012, DE 13 DE JULIO, DE MEDIDAS PARA GARANTIZAR LA ESTABILIDAD PRESUPUESTARIA Y DE FOMENTO DE LA COMPETITIVIDAD, EN SU APLICACIÓN AL PERSONAL LABORAL DEL SECTOR PÚBLICO, POR POSIBLE VULNERACIÓN DEL ARTÍCULO 9.3 DE LA CONSTITUCIÓN.
El Pleno del Tribunal Constitucional, por providencia de 10 de septiembre actual, ha acordado admitir a trámite la cuestión de inconstitucionalidad núm. 3642-2013 planteada por la Sección Sexta de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el conflicto colectivo núm. 15/2013, en relación con los arts. 2.2 y 6 del Real Decreto-ley 20/2012, de 13 de julio, de medidas para garantizar la estabilidad presupuestaria y de fomento de la competitividad, en su aplicación al personal laboral del sector público, por posible vulneración del art. 9.3 de la Constitución, y, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 10.1 c) LOTC deferir a la Sala Primera, a la que por turno objetivo le ha correspondido, el conocimiento de la presente cuestión.
De conformidad con lo establecido en el art. 37.2 LOTC, quienes sean parte en el procedimiento, conflicto colectivo núm. 15/2013, podrán personarse ante este Tribunal dentro de los quince días siguientes a la publicación del presente edicto en el Boletín Oficial del Estado.
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