Oficina Consular Honoraria de España en Gaza

 01/04/2013
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Orden AEC/496/2013, de 14 de marzo, por la que se crea una Oficina Consular Honoraria de España en Gaza (BOE de 1 de abril de 2013). Texto completo.

ORDEN AEC/496/2013, DE 14 DE MARZO, POR LA QUE SE CREA UNA OFICINA CONSULAR HONORARIA DE ESPAÑA EN GAZA.

La necesidad de crear una Oficina Consular Honoraria de España en la ciudad de Gaza, se justifica por la posibilidad de reforzar la presencia del Consulado General de España en Jerusalén en esa zona.

Por ello, a iniciativa de la Dirección General del Servicio Exterior, de conformidad con la propuesta formulada por el Consulado General de España en Jerusalén, con el informe favorable de la Dirección General de Españoles en el Exterior y de Asuntos Consulares y Migratorios y de la Dirección General para el Magreb, África, Mediterráneo y Oriente Próximo, he tenido a bien disponer:

Primero.

Se crea una Oficina Consular Honoraria de España en la ciudad de Gaza, con categoría de Consulado Honorario y dependiente del Consulado General de España en Jerusalén.

Segundo.

El Jefe de la Oficina Consular Honoraria tendrá, de conformidad con el Artículo 9 del Convenio de Viena sobre relaciones consulares de 24 de abril de 1963, categoría de Cónsul Honorario.

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