RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD N.º 414-2013, CONTRA LOS ARTÍCULOS 1.UNO, DOS Y TRES; 4.UNO, CUATRO, CINCO Y CATORCE; 6, APARTADOS 2 Y 3; 8.DOS; 10.CUATRO Y DISPOSICIÓN FINAL SEXTA.UNO DEL REAL DECRETO-LEY 16/2012, DE 20 DE ABRIL, DE MEDIDAS URGENTES PARA GARANTIZAR LA SOSTENIBILIDAD DEL SISTEMA NACIONAL DE SALUD Y MEJORAR LA CALIDAD Y SEGURIDAD DE SUS PRESTACIONES.
El Pleno del Tribunal Constitucional, por providencia de 12 de febrero actual, ha acordado admitir a trámite el recurso de inconstitucionalidad núm. 414-2013, promovido por el Gobierno de Cataluña contra los artículos 1.Uno, Dos y Tres; 4.Uno, Cuatro, Cinco y Catorce; 6, apartados 2 y 3; 8.Dos; 10.Cuatro y disposición final sexta.Uno del Real Decreto-ley 16/2012, de 20 de abril, de medidas urgentes para garantizar la sostenibilidad del Sistema Nacional de Salud y mejorar la calidad y seguridad de sus prestaciones.
Madrid, 12 de febrero de 2013.-La Secretaria de Justicia del Pleno del Tribunal Constitucional, Herminia Palencia Guerra.
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