RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD N.º 6777-2012, CONTRA LOS ARTÍCULOS 59, 64.4 Y APARTADO SÉPTIMO DE LA DISPOSICIÓN ADICIONAL SEXTA DE LA LEY DE CATALUÑA 3/2012, DE 22 DE FEBRERO, DE MODIFICACIÓN DEL TEXTO REFUNDIDO DE LA LEY DE URBANISMO, APROBADO POR EL DECRETO LEGISLATIVO 1/2010, DE 3 DE AGOSTO.
El Pleno del Tribunal Constitucional, por providencia de 11 de diciembre actual, ha acordado admitir a trámite el recurso de inconstitucionalidad n.º 6777-2012, promovido por el Presidente del Gobierno, contra los artículos 59, 64.4 y apartado séptimo de la disposición adicional sexta de la Ley de Cataluña 3/2012, de 22 de febrero, de modificación del texto refundido de la Ley de Urbanismo, aprobado por el Decreto Legislativo 1/2010, de 3 de agosto. Y se hace constar que por el Presidente del Gobierno se ha invocado el artículo 161.2 de la Constitución, lo que produce la suspensión de la vigencia y aplicación de los preceptos impugnados desde la fecha de interposición del recurso -30 de noviembre de 2012-, para las partes del proceso, y desde la publicación del correspondiente edicto en el Boletín Oficial del Estado para los terceros.
Madrid, 11 de diciembre de 2012.-La Secretaria de Justicia del Pleno del Tribunal Constitucional, Herminia Palencia Guerra.
Noticia aún sin comentar.
Para poder opinar es necesario el registro. Si ya es usuario registrado, escriba su email y contraseña:
Si desea registrase en la Administración al Día y poder escribir un comentario, puede hacerlo a través el siguiente enlace: Registrarme en La Administración al Día.