El TSJA anula los agentes de movilidad creados en Dos Hermanas

 13/12/2012
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El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha declarado nula la decisión del Ayuntamiento de Dos Hermanas (Sevilla) de crear la figura de los agentes de movilidad para regular el tráfico, a lo que no está autorizado al no ser un "municipio de gran población".

ABC 12.12.12

El TSJA, en una sentencia a la que ha tenido acceso Efe, dice que son "insostenibles" y "no son de recibo" los argumentos del Ayuntamiento a favor de su competencia para crear dicha figura policial, encargada de regular el tráfico en la localidad.

Además, recuerda que tanto esa figura de los agentes de movilidad, como anteriormente los vigilantes del entorno también anulados, fueron creados "para solucionar los conflictos laborales que el Ayuntamiento tiene con el Cuerpo de la Policía Local", como se desprende de la intervención del alcalde, Francisco Toscano (PSOE), en el pleno donde se adoptó el acuerdo.

La creación de ese cuerpo, y los correspondientes 16 puestos de trabajo convocados, fue recurrida por el Sindicato Profesional de Policías Municipales de España (SPPME), que ya consiguió que hace unos meses el TSJA advirtiese al Ayuntamiento de que sus responsables incurrirán en delito si persisten en mantener la figura, que pese a estar suspendida cautelarmente se seguía prestando, "aunque con otra denominación".

Ahora, la sala de lo Contencioso del TSJA recuerda que la ley prevé la figura de los vigilantes municipales, pero solo para las localidades donde no exista Policía Local.

El Ayuntamiento argumentó que los agentes de movilidad pueden ser creados en los municipios de gran población, pero el TSJA responde que la Ley de Bases de Régimen Local define "expresamente" que se entiende por ello "el criterio cuantitativo de la población y otros supuestos de capitalidad o sedes de instituciones autonómicas y aquellos con población superior a 75.000 habitantes que presenten circunstancias económicas, sociales, históricas o culturales especiales".

Dos Hermanas, que tiene 130.000 habitantes, argumentó que reúne este último requisito, pero según el TSJA "no ha tramitado procedimiento alguno para el acceso al régimen de organización de municipio de gran población" ni ha instado al Parlamento andaluz a reconocerle dicha circunstancia, como prevé la ley.

El TSJA, por tanto, decreta la nulidad de pleno derecho del acuerdo del pleno de Dos Hermanas que en diciembre de 2010 creó los agentes de movilidad, la convocatoria de 16 plazas en marzo de 2011, la lista final de aprobados y su nombramiento provisional.

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