MÉRIDA, 2 (EUROPA PRESS)
Las solicitudes para organizar este tipo de eventos deben presentarse con una antelación mínima de 20 días naturales respecto de la fecha prevista para la celebración y que, aunque la licencia de apertura del local es obligatoria, "no es suficiente para la organización de una fiesta de ese tipo", explica el Ejecutivo regional en nota de prensa.
En este sentido, junto con la solicitud de autorización y la licencia de apertura del local, debe presentase documentación complementaria que acredite que el local reúne de las condiciones de seguridad e higiene necesarias para la celebración del evento, el aforo máximo permitido, la disposición de accesos apropiados y zonas de aparcamiento, seguros de responsabilidad civil según el aforo permitido o planes de emergencia y autoprotección del recinto, entre otras cuestiones.
La concesión de autorizaciones extraordinarias para la celebración de eventos de este tipo está regulada en la Orden de 26 de noviembre de 1999 (DOE n.º 140, de 30 de noviembre de 1999). Por otro lado, los interesados pueden encontrar tanto el modelo normalizado de solicitudes, como información completa sobre los requisitos a cumplir y documentación a presentar en http://dgjusticiaeinterior.juntaextremadura.net.
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