EXPLOTACIÓN PATRIMONIAL MUNICIPAL: PUBLICIDAD EN LAS SEÑALIZACIONES VIALES, por María de los Ángeles Fernández Scagliusi, Becaria de Investigación y Profesora del Departamento de Derecho Administrativo de la Universidad de Sevilla

 13/12/2012
 Compartir: 

El ordenamiento jurídico está virando –de una forma arrítmica y asistemática pero claramente perceptible- de una óptica de conservación y resguardo del dominio público hacia una tendencia de rentabilización del mismo, que implica la toma de conciencia del valor de los patrimonios públicos y la voluntad de racionalizar y rentabilizar su gestión para conseguir, de esta manera, una mayor eficacia en la prestación de los servicios y fines públicos, y, en definitiva, una mejor satisfacción del interés general. Dentro de esta tendencia, puede enmarcarse un nuevo sistema de señalización vial denominado “Publicalle”, en virtud del cual se añaden sobre la placa base de las calles dos soportes: uno con el nombre de la vía y otro con el del anuncio de los negocios que se encuentren en esa calle.

1.- INTRODUCCIÓN

El régimen jurídico de los bienes demaniales se ha caracterizado tradicionalmente por el mantenimiento riguroso de los dogmas que lo presiden: inalienabilidad, inembargabilidad e imprescriptibilidad. Consecuentemente, esta clase de bienes se ha resguardado de todo acto que pudiera suponer la adquisición del bien o de cualquier derecho sobre el mismo por parte de un particular.

Frente a esta visión hiperprotectora del principio de inalienabilidad, surge la conveniencia de matizar sus efectos siempre y cuando –y esto es clave- el destino demanial al que están afectos los bienes, no se vea perjudicado. Ahondando en esta idea, el ordenamiento jurídico está virando –de una forma arrítmica y asistemática pero claramente perceptible- de una óptica de conservación y resguardo del dominio público hacia una tendencia de rentabilización del mismo, que implica la toma de conciencia del valor de los patrimonios públicos y la voluntad de racionalizar y rentabilizar su gestión para conseguir, de esta manera, una mayor eficacia en la prestación de los servicios y fines públicos, y, en definitiva, una mejor satisfacción del interés general.

Ciertamente, la propiedad pública se ha convertido en un Derecho de explotación. Las Administraciones públicas han entendido que el dominio público es un “tesoro latente” que requiere ser bien gestionado y explotado en beneficio del uso público y de la gestión de los servicios públicos. Quiere decirse que han comprendido que se trata de una riqueza colectiva, cuya administración debe asegurar la mejor explotación para el interés general.

La gestión dinámica –y no solamente conservadora- de los patrimonios se impone en la actualidad y los propietarios públicos no escapan a estos nuevos imperativos.

2.- PUBLICIDAD EN LAS PLACAS DE LAS CALLES

2.1 Nuevo sistema de señalización vial

Dentro de esta tendencia, puede enmarcarse un nuevo sistema de señalización vial denominado “Publicalle”, en virtud del cual se añaden sobre la placa base de las calles dos soportes: uno con el nombre de la vía y otro con el del anuncio de los negocios que se encuentren en esa calle. Técnicamente, consiste en dos placas, colocadas sobre una tercera, de manera que forman una sola unidad. En la placa superior se sitúa la información municipal de la vía; en la inferior la señalización de algún comercio cercano.

En Pamplona la iniciativa ya se está llevando a cabo, habiéndose colocado catorce señalizaciones, pero con la idea de alcanzar pronto las ciento cincuenta.

El primer Ayuntamiento de España en el que se han comenzado a instalar estas placas identificativas de calles ha sido el de Ansoáin. Ha de señalarse que el instrumento jurídico utilizado para poner en marcha esta idea ha sido un convenio de colaboración, elaborado en virtud del art. 88 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común , que al establecer: << Las Administraciones Públicas podrán celebrar acuerdos, pactos, convenios o contratos con personas tanto de derecho público como privado, siempre que no sean contrarios al Ordenamiento Jurídico ni versen sobre materias no susceptibles de transacción y tengan por objeto satisfacer el interés público que tienen encomendado, con el alcance, efectos y régimen jurídico específico que en cada caso prevea la disposición que lo regule, pudiendo tales actos tener la consideración de finalizadores de los procedimientos administrativos o insertarse en los mismos con carácter previo, vinculante o no, a la resolución que les ponga fin>>, permite a las Entidades locales celebrar acuerdos, pactos y convenios con personas de derecho privado, siempre que no sean contrarios al ordenamiento jurídico y tengan por objeto satisfacer el interés público.

En efecto, el acta municipal de 29 de febrero de 2012 recoge el convenio de colaboración celebrado entre el Ayuntamiento de Ansoáin y Publicalle, que tiene por objeto: <<la modernización y actualización del sistema de señalización de las calles y al mismo tiempo favorecer la divulgación, promoción y el fomento del comercio local, mediante el sistema de introducir en las placas de señalización de calles, un módulo informativo de la ubicación de los comercios locales>>.

2.2 Ventajas

Las ventajas que se predican del sistema son numerosas, sin embargo, las opiniones al respecto no son completamente positivas, tal y como demuestra el convenio de colaboración que fue aprobado por nueve votos a favor y siete en contra. Publicalle defiende que, de esta manera, se conseguirá:

Para el Ayuntamiento: cero gastos en mantenimiento y renovación de las placas de identificación vial; mejora de su imagen urbana e identidad corporativa, al acabar con placas de distintos formatos y calles sin señalizar; cumplir con el objetivo común de todas corporaciones de ayuda al comercio local, lo que redunda también en beneficio de las arcas públicas; y mejora de la imagen social.

Para el comercio: obtención de un sistema muy económico de comunicación; servir como recuerdo para lugareños e información para los foráneos de la existencia de un establecimiento; constitución del establecimiento en referencia de fácil localización; ayuda al ahorro y sostenibilidad de acciones sociales (a través del Ayuntamiento se colabora con una ONG local); posibilidad de participación igualitaria, ya que todos los comercios pueden anunciarse y no sólo los grandes.

Para el ciudadano: eliminación de las dudas sobre su ubicación; conocimiento de la existencia de comercios en las calles y ayuda al recordatorio de compras; mejor conocimiento del entorno local y práctica del comercio.

2.3 Innovación

En la patente registrada en la Oficina Española de Patentes y Marcas del modelo de utilidad “Publicalle” con el título <<soporte para la colocación de publicidad o comunicación anejo a las placas indicativas de calle o vía>> se refleja la posibilidad de rotular sobre placas solares, de manera que sean energéticamente autónomas, para incorporar el reloj, termómetro e incluso luz que ilumine la propia placa y parte de su entorno.

De esta manera, se utiliza una alternativa a los sistemas de iluminación convencional, idónea para los lugares en los que la red eléctrica no llega o esporádicamente falla el suministro. Los puntos de luz que se quieren utilizar incluyen los mismos elementos que un sistema convencional de acumulación, generación, regulación, almacenamiento y distribución de las distintas fuentes de energía. Las células solares de los paneles convierten la radiación en electricidad de forma directa. Así, la energía captada durante las horas del sol se almacena en un banco de baterías a fin de utilizarla en las horas de escasa o nula iluminación natural.

También se ha registrado la posibilidad de incorporar sistemas de comunicación mediante N.F.C. (Near Field Communication), tecnología de comunicación inalámbrica, de corto alcance y alta frecuencia que permite el intercambio de datos entre dispositivos.

Finalmente, “Publicalle” apuesta por la sostenibilidad y por las nuevas tecnologías de la comunicación, como la denominada “Realidad Aumentada”, sistema que consiste en la inclusión de elementos virtuales en entornos reales que interactúan con el usuario para posibilitarle contar con toda la información que necesita sobre el sitio donde se encuentre.

2.4 Aplicación

El anunciante debe pagar una cuota mensual o anual, en función de la vía, ciudad, placa, etc. El mantenimiento de la señalización es anual y su renovación automática, salvo expreso deseo de las partes o petición del espacio por un tercero, en cuyo caso ha de resolverse según los acuerdos adoptados (subasta cerrada, sorteo...). La cantidad obtenida que supere el precio de la tarifa debe destinarse a una ONG local que elija el anunciante.

El mecanismo que se utiliza es el siguiente: el comerciante debe pagar a Publicalle una cantidad en concepto de realización, producción y colocación de su placa, y esta empresa cede al Ayuntamiento un porcentaje de placas para uso municipal y otro para una ONG o asociación local que escoja el anunciante.

3. CONCLUSIONES

El creador de esta idea sostiene que se renuevan con ella todas las placas de señalización vial municipal sin coste alguno para el Ayuntamiento, logrando simultáneamente ayudar al comercio local. Además, defiende que se conseguirá con ellas la utilización de energías renovables y de nuevas tecnologías de la comunicación. No obstante, los interrogantes que surgen al respecto son muchos: ¿no podía el Ayuntamiento llevar a cabo esta iniciativa sin el convenio de colaboración con la empresa para obtener mejores ingresos? ¿Son justos los beneficios que recibe? ¿No existen otras formas de explotar las señalizaciones viales?

Desde la aprobación en el acta municipal del Ayuntamiento de Ansoáin, primer municipio que ha puesto en marcha “Publicalle”, las opiniones han sido variadas. Aún es pronto para concluir si será un proyecto con éxito o si sólo se quedará en buenas intenciones. Habrá que esperar para ver si la pretendida difusión generalizada cumple o no sus propósitos.

Comentarios - 6 Escribir comentario

#6

www.publicalle.es
:-)
Gracias!

Escrito el 18/04/2014 20:53:04 por nacho@sibon.es Responder Es ofensivo Me gusta (0)

#5

3.- ¿No existen otras formas de explotar las señalizaciones viales? Si... Supongo que sí.. por ejemplo los hoteles (y cada vez más los restaurantes) tienen señalización municipal. Los Parkings públicos y privados también... Las Farmacias... (¿Por qué no las fruterías?) Claro que si por señalizaciones viales, entendemos las de tráfico... no se yo si estarían bien los "Stop" o los "Semáforos" con publicidad... (igual es ya excesivo... pero no me des ideas... :-)

Publicalle pretende en primer lugar, ayudar al comercio local a ganar en notoriedad: si no te ven, no te consumen!

Atte.
Nacho Sibón
Creador del proyecto Publicalle
www.publicalle.es

Escrito el 18/04/2014 20:50:50 por nacho@sibon.es Responder Es ofensivo Me gusta (0)

#4

2.- ¿Son justos los beneficios que recibe? Yo creo que sí. Renovación, mejora y ampliación de la señalización. Un 10% de las publicalles destinadas a señalizar organismos municipales (piscinas, bibliotecas, Ayuntamiento, Policía Local, etc...; además de otro 10% destinado a organizaciones locales tipo Banda de Música, comedor social, cáritas, etc... Por no abundar en el hecho de que de ésta manera, el Ayuntamiento cumple con uno de los habituales compromisos electorales, que consiste en "Fomentar y ayudar al Comercio Local".

Escrito el 18/04/2014 20:50:32 por nacho@sibon.es Responder Es ofensivo Me gusta (0)

#3

En cuanto a los interrogantes que planteas al final de tu escrito, permíteme que haga una aportación:

1.- ¿no podía el Ayuntamiento llevar a cabo esta iniciativa sin el convenio de colaboración con la empresa para obtener mejores ingresos? No. Éste es un modelo Patentado. Por otro lado sería una deslealtad mayúscula. Bajo ese planteamiento, los Ayuntamientos acabarían gestionando la publicidad en Mupis, Marquesinas, papeleras, publicestas, Autobuses, Vallas, etc..

Escrito el 18/04/2014 20:50:13 por nacho@sibon.es Responder Es ofensivo Me gusta (0)

#2

Muchas Gracias Mª Ángeles Fernández Scagliusi por tu escrito.

Recientemente hemos firmado convenio con el Ayuntamiento de Burlada (con otro convenio, distinto al de Ansoain, que si quieres, te lo remito), y estamos ya iniciando el proceso de expansión, mediante la fórmula de la Franquicia.

Quedo a vuestra disposición para comentar dudas y sugerencias.

Atte.
Nacho Sibón
Creador del proyecto Publicalle

Escrito el 18/04/2014 20:49:33 por nacho@sibon.es Responder Es ofensivo Me gusta (0)

#1

EXPLOTACIÓN PATRIMONIAL MUNICIPAL: PUBLICIDAD EN LAS SEÑALIZACIONES VIALES, por María de los Ángeles Fernández Scagliusi, Becaria de Investigación y Profesora del Departamento de Derecho Administrativo de la Universidad de Sevilla

Escrito el 18/04/2014 20:48:17 por nacho@sibon.es Responder Es ofensivo Me gusta (0)

Escribir un comentario

Para poder opinar es necesario el registro. Si ya es usuario registrado, escriba su email y contraseña:

 

Si desea registrase en la Administración al Día y poder escribir un comentario, puede hacerlo a través el siguiente enlace: Registrarme en La Administración al Día.

  • El INAP no es responsable de los comentarios escritos por los usuarios.
  • No está permitido verter comentarios contrarios a las leyes españolas o injuriantes.
  • Reservado el derecho a eliminar los comentarios que consideremos fuera de tema.

Últimos estudios

Conexión al Diario

Ágora

Ágora, Biblioteca online de recursos de la Administración Pública

Publicaciones

Lo más leído:

 

Atención al usuario: publicacionesinap.es

© INAP-2025

Icono de conformidad con el Nivel Doble-A, de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI: abre una nueva ventana