CUESTIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD N.º 8557-2005, EN RELACIÓN CON EL ARTÍCULO 2.1 B) Y C) DE LA LEY 11/2000, DE 26 DE DICIEMBRE, DE LA COMUNIDAD DE CASTILLA-LA MANCHA DEL IMPUESTO SOBRE DETERMINADAS ACTIVIDADES QUE INCIDEN EN EL MEDIO AMBIENTE, POR POSIBLE VULNERACIÓN DE LOS ARTÍCULOS 133.2 Y 157.3 DE LA CE.
El Pleno del Tribunal Constitucional, por Auto de 13 de noviembre actual, ha acordado declarar la extinción por desaparición sobrevenida de su objeto de la cuestión de inconstitucionalidad número 8557-2005, planteada por la Sección Segunda de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha, en relación con el artículo 2.1.b) y c) de la Ley 11/2000, de 26 de diciembre, de la Comunidad de Castilla-La Mancha del Impuesto sobre determinadas actividades que inciden en el medio ambiente, por posible vulneración de los artículos 133.2 y 157.3 de la CE, que fue admitida a trámite por providencia de 6 de junio de 2006 (“Boletín Oficial del Estado” número 146, de 20 de junio de 2006).
Madrid, 13 de noviembre de 2012.-La Secretaria de Justicia del Pleno del Tribunal Constitucional, Herminia Palencia Guerra.
Noticia aún sin comentar.
Para poder opinar es necesario el registro. Si ya es usuario registrado, escriba su email y contraseña:
Si desea registrase en la Administración al Día y poder escribir un comentario, puede hacerlo a través el siguiente enlace: Registrarme en La Administración al Día.