Lne.es 22.11.12
Chamorro (Oviedo, 1964) fue el elegido por el Real Instituto de Estudios Asturianos (RIDEA) para impartir una de las últimas conferencias del ciclo dedicado a la reforma del Régimen Local en el Principado. El aún Síndico Mayor del Principado, Avelino Viejo; y otro jurista, el catedrático de Derecho Administrativo Leopoldo Tolivar, serán los siguientes.
El magistrado reconoció en su charla de ayer en el RIDEA sobre la administración municipal cómo, a la hora de describir los vericuetos legales existentes en la adjudicación de contratos y sin querer entrar en nombres, a la cabeza se le venían más de una de las empresas públicas del Principado. Por ejemplo, por la definición que la ley de contratación hace del sector público, dejando fuera a las entidades públicas empresariales, explicó, lo que las libera de las grandes obligaciones de las Administraciones en la contratación: libre concurrencia, publicidad y transparencia. Es decir, que según la tipología de cada ente y de si se le considera un poder adjudicador o no, los niveles de exigencia en los contratos varían. Así, una sociedad mercantil privada pensada para dotar de medios a la Administración puede, explicó Chamorro, puede vivir únicamente del dinero público sin dar casi ningún tipo de explicación.
A pesar de su experiencia, el magistrado de lo Contecioso-Administrativo reconoció que a sus manos nunca había llegado un caso basado en una de las técnicas que son más comunes a la hora de sortear la ley en los contratos de la administración: partir una única adjudicación en varias más pequeñas para evitar controles.
De la incertidumbre y el mareo legislativo que, según Chamorro, sufre la justicia tienen la culpa los cambios que, en contratación pública, se han ido sucediendo en los últimos tiempos. Cuatro en los últimos quince años, explicó, desde la ley 13/85 hasta el texto refundido, fruto de la última modificación, publicado hace poco más de un año. Cambios que vienen acompañados de una incesante actividad del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, que ha condenado reiteradamente al Reino de España por incumplimientos del Derecho de la Unión en materia contractual, explicó. Hemos legislado a golpe de condena, lamentó Chamorro.
La ley 30/2077, de la que surgió el texto refundido del real decreto legislativo vigente en la actualidad, ha sido criticada por prácticamente todos los ámbitos de la doctrina, continuó el magistrado. Algunas de sus propuestas, como la creación de un organismo dentro de la Administración autonómica al que recurrir adjudicaciones sin necesidad de acudir a los juzgados aún no se han puesto en marcha en el Principado, y en general presenta dudad, afirma Chamorro, sobre su operatividad.
Tenemos una regulación que plantea problemas de interpretación serios, con dificultades a la hora de aplicarla, y contradicciones aparentes, aseveró. Al contrario de lo que ocurre en las salas de lo Civil o lo Social, el juez denunció que el 99,9 por ciento de los procedimientos de lo Contencioso son absolutamente lentos, decimonónicos, poco prácticos y eficaces.
Preguntado sobre las nuevas tasas judiciales, Chamorro afirmó respetar la política legislativa, ellos sabrán. Es necesario conciliar el derecho a la tutela efectiva con la racionalidad, hay una excesiva litigiosidad, pero no sé si este es el instrumento adecuado para solucionarlo, apostilló.
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