El Ayuntamiento de Málaga mejora el texto de la Ordenanza de Convivencia Ciudadana

 12/11/2012
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La Junta de Gobierno Local celebrada este viernes ha aprobado la propuesta de mejora de la Ordenanza para la Garantía de la Convivencia Ciudadana y la Protección del Espacio Urbano en la ciudad de Málaga, relativa a los artículos 10, 19, 20, 37, 38, 48, denominación de la Sección Tercera, del Capítulo II, del Título II y de la Disposición Derogatoria.

MÁLAGA, 9 Nov. (EUROPA PRESS) -

Las mejoras realizadas al texto de algunos de los artículos de la Ordenanza tienen como finalidad hacer del texto una herramienta eficaz para fomentar la sensibilización ciudadana como instrumento más adecuado para erradicar las conductas incívicas y antisociales y hacer prevalecer los valores de la convivencia y el mejor desarrollo de las libertades públicas.

Tras casi dos años de vigencia, la ordenanza se ha mostrado como una herramienta eficaz para el cumplimiento de los objetivos enunciados y su aplicación práctica también ha señalado los aspectos que exigen una modificación, para su mejor adaptación o para recoger situaciones nuevas que impone la cambiante realidad social.

De esta manera, oídas todas las Áreas municipales con competencias en las diversas materias reguladas, se ha elaborado un borrador, que ha sido dictaminado por la Comisión Técnica para la armonización de las Ordenanzas Municipales, creada al amparo de la Resolución de esta Alcaldía de fecha 13 de enero de 2009.

Habría que diferenciar entre las modificaciones de mejora del texto formativo que se hacen con el objetivo de aumentar la eficacia en la tramitación del procedimiento, de las que se llevan a cabo como consecuencia de atender las peticiones de colectivos o de ciudadanos afectados.

En el segundo caso se encuentran las relacionadas con el Capítulo de "Limpieza del espacio Público". En su artículo 19 se incluye en el texto la prohibición del suministro de alimentos a animales vagabundos (problemática de los gatos), y en especial a las palomas urbanas, en el espacio público, incluido solares o inmuebles. También se modifica el artículo 20, relacionado con las deyecciones de animales domésticos. Antes no había sanción mínima y ahora se establece en 75 euros, siendo 500 euros la máxima.

Por otro lado están las referidas al "Uso inadecuado del espacio público". En este sentido, se plantea la modificación de los artículos 37 y 38 de la mencionada ordenanza. En el artículo 37 se distinguirá entre las personas que ofrecen servicios sexuales de las que solicitan los mismos.

Hasta ahora ambas eran consideradas conductas graves con sanciones de 750 a 1500 euros. Con la modificación realizadas, las primeras serán consideradas leves con sanciones de hasta 750 euros, manteniendo las segundas, así como las prácticas sexuales que afecten a la convivencia ciudadana la consideración de graves.

En todo caso, el objetivo principal es que las sanciones dirigidas hacia las personas que ejercen la prostitución puedan ser conmutadas por asistencia a cursos o prestación de trabajos en beneficio de la comunidad. El área de derechos Sociales se encargará de diseñar esos trabajos para los que contará con el apoyo de ONG como Médicos del Mundo.

En el artículo 38 se elimina el apercibimiento que afecta a diferentes conceptos de la ordenanza. Al igual que otras ciudades españolas se entiende que los casi 2 años transcurridos desde la entrada en vigor son suficientes para su conocimiento.

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