Las ordenanzas fiscales de Madrid suben un 2%

 12/11/2012
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La Junta de Gobierno presidida por la alcaldesa de Madrid, Ana Botella, ha aprobado este jueves de manera provisional las ordenanzas fiscales de 2013, que incorporan un descenso del 12 por ciento en la Tasa de Basuras y de un 30 en la de Paso de Vehículos aunque la actualización de los tributos municipales supone un incremento del 2 por ciento.

MADRID, 8 Nov. (EUROPA PRESS) -

Esta actualización al alza de un 2 por ciento llega "tras tres años consecutivos de congelación de los tipos". La reducción en la Tasa de Basuras responde al nuevo modelo de gestión de los residuos urbanos de Madrid. Asimismo, tras la anulación del sistema de cuantificación de la Tasa sobre Paso de Vehículos del Ayuntamiento por parte del Tribunal Supremo se hace necesario elaborar un nuevo sistema de cálculo que sustente el nuevo sistema.

Ahora se tendrá en cuenta el valor de repercusión del metro cuadrado de suelo en la que se encuentre el vado (hay 659 zonas de valor elaboradas por el Ministerio de Hacienda) mientras que en el sistema anterior únicamente se categorizaban en nueve los valores a efectos de la tasa por ser nueve las categorías fiscales existentes. También se tendrá en consideración la intensidad de uso del paso, determinado por la superficie, mediante la aplicación de una tarifa por tramos de superficie.

La nueva tasa supone una reducción de la recaudación del 30 por aunque habrá pasos que experimenten un incremento de la tasa (hasta un 20 por ciento), dependiendo de si su valoración derivada de la nueva Ponencia es superior a la que resultaba de la aplicable mediante categorías fiscales de calles. La tasa se reducirá para el 77 por ciento de los contribuyentes.

AUMENTO DE LA AYUDA PARA EL IBI

Asimismo, la alcaldesa ha detallado en la rueda de prensa posterior a la Junta de Gobierno que se ha dado luz verde al aumento de la ayuda para el pago del Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI), que pasa de los 60 hasta los 100 euros por familia para los contribuyentes con menores posibilidades económicas. Esta ayuda será gestionada a través del área de Familia y Servicios Sociales, liderada por la delegada Dolores Navarro.

Podrán acceder a la ayuda las familias que en el año anterior hayan tenido derecho a aplicar la reducción del cien por cien de la Tasa de Basuras y personas cuya vivienda habitual tuviera un valor catastral inferior a 17.001 euros.

La nueva Ponencia de Valores de la Ciudad de Madrid desplegará gradualmente sus efectos sobre el IBI durante los próximos diez años, como han recordado desde el Consistorio. Tras el incremento en un 4 por ciento del tipo previsto en el Real Decreto de 2011 para "reforzar la sostenibilidad presupuestaria de las entidades locales", en 2013 la cuota del IBI de una vivienda media se incrementará un 6,9 por ciento, es decir, unos 24 euros anuales.

En este punto, el área de Hacienda ha detallado que actualmente, Madrid ocupa el puesto 20 entre las 52 capitales de provincia en el Ranking Tributario Municipal del presente año, con Barcelona se sitúa en el puesto 12, Sevilla en el 11 y Valencia en el 19.

PAGO FRACCIONADO

Por otro lado, el Ayuntamiento de Madrid aplicará desde 2013 el nuevo sistema de pago a la carta para facilitar el pago fraccionado del IBI y de las basuras mediante el pago mensual, bimestral, trimestral y semestral.

Se establecerán dos posibles modalidades. En la de máximo ahorro el contribuyente acepta la propuesta de la Administración municipal con una bonificación del 5 por ciento de la cuota. En la del plan de pago personalizado el ciudadano propone a la Administración municipal qué cuantía desea abonar periódicamente, siempre que se trate de una cantidad fija no inferior a 6 euros al mes. También tendrá derecho a una bonificación, aunque de menor importe que en la primera opción.

El criterio para acogerse a esta nueva fórmula de pago es solicitarlo hasta el 20 de diciembre para que surta efectos desde enero de 2013. A partir del próximo año, las solicitudes presentadas telemáticamente entre los días 1 y 20 de cada mes surtirán efecto al mes siguiente de su presentación o a los dos meses si se realiza entre el día 21 y el último de cada mes. Asimismo, deberán domiciliar el pago en una entidad financiera y ser el solicitante el titular de la cuenta en la que se domicilie dicho pago.

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