Marco organizativo para la aplicación en Aragón de la Ley 45/2007, de 13 de diciembre, para el desarrollo sostenible en el medio rural

 06/11/2012
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Decreto 233/2012, de 23 de octubre, del Gobierno de Aragón, de modificación del Decreto 84/2010, de 11 de mayo, del Gobierno de Aragón, por el que se establece el marco organizativo para la aplicación en Aragón de la Ley 45/2007, de 13 de diciembre, para el desarrollo sostenible en el medio rural (BOA de 5 de noviembre de 2012). Texto completo.

DECRETO 233/2012, DE 23 DE OCTUBRE, DEL GOBIERNO DE ARAGÓN, DE MODIFICACIÓN DEL DECRETO 84/2010, DE 11 DE MAYO, DEL GOBIERNO DE ARAGÓN, POR EL QUE SE ESTABLECE EL MARCO ORGANIZATIVO PARA LA APLICACIÓN EN ARAGÓN DE LA LEY 45/2007, DE 13 DE DICIEMBRE, PARA EL DESARROLLO SOSTENIBLE EN EL MEDIO RURAL.

El Decreto 84/2010, de 11 de mayo , del Gobierno de Aragón, establece el marco organizativo para la aplicación de la Ley 45/2007, de 13 de diciembre , para el desarrollo sostenible del medio rural, haciéndolo partiendo de una doble titularidad departamental de la actuación en la materia, por cuando resultaban competentes tanto el anterior Departamento de Presidencia como el anterior Departamento de Medio Ambiente.

El Decreto de 15 de julio de 2011, de la Presidencia del Gobierno de Aragón, crea una nueva estructura departamental en el Gobierno de Aragón que supuso una notable simplificación en la determinación del departamento competente en materia de desarrollo sostenible del medio rural, siéndolo en la actualidad el Departamento de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente.

Como consecuencia de esta nueva estructura se aprueba el Decreto 70/2012, de 21 de marzo, del Gobierno de Aragón, por el que se modifica el Decreto 84/2010, de 11 de mayo , que trata de ajustar el marco organizativo creado a la nueva estructura departamental, pero mantiene en la composición de los órganos colegiados creados la presencia del Consejero competente en materia de relaciones institucionales. Con el objeto de que el funcionamiento de estos órganos sea más ágil y eficaz, garantizando una mayor coordinación, se considera conveniente modificar de nuevo su composición, de tal manera que ambos estén presididos por el mismo consejero, en concreto por el competente en materia de desarrollo sostenible del medio rural.

En su virtud, a propuesta del Consejero de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente, y previa deliberación del Gobierno de Aragón, en su reunión del día 23 de octubre de 2012,

Artículo único. Modificación del Decreto 84/2010, de 11 de mayo , del Gobierno de Aragón, por el que se establece el marco organizativo para la aplicación en Aragón de la Ley 45/2007, de 13 de diciembre, para el desarrollo sostenible del medio rural.

1. Se da nueva redacción al apartado 2 del artículo 9, quedando con el siguiente contenido:

"2. La Comisión Interdepartamental para el Medio Rural en Aragón, que estará adscrita al departamento competente en materia de desarrollo sostenible del medio rural, estará compuesta por los siguientes miembros:

a) El Presidente, que será el Consejero competente en materia de desarrollo sostenible del medio rural, que podrá delegar el ejercicio de sus competencias en el Vicepresidente.

b) El Vicepresidente, que será el Consejero competente en materia de política territorial.

c) Los Vocales, que tendrán categoría al menos de Director General, que serán uno por cada departamento de la Administración de la Comunidad Autónoma, salvo en el caso del departamento competente en materia de desarrollo sostenible del medio rural que serán dos, designados por sus respectivos consejeros.

d) El Secretario, que será el Secretario General Técnico del departamento competente en materia de desarrollo sostenible del medio rural.".

Disposición final única. Entrada en vigor.

Este decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el "Boletín Oficial de Aragón".

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