Madrid Arena

El juez decano de Madrid dice que "se superó con creces" el aforo permitido en el Madrid Arena

 05/11/2012
 Compartir: 

Dice que se podría haber producido una infracción muy grave en la Ley de Espectáculos y que continuar con la fiesta "evitó males mayores"

MADRID, 2 (EUROPA PRESS)

El juez decano de Madrid, José Luis González Armengol, ha asegurado este viernes que el aforo de la fiesta del Madrid Arena --en la que fallecieron tres jóvenes mientras que otras dos permanecen ingresadas-- "superó con creces lo legalmente permitido".

A eso ha añadido que de los hechos se podrían derivar "posibles responsabilidades civiles, tanto por parte de la empresa organizadora como subsidiariamente por parte de la Policía Municipal". Por su parte, el vicealcalde de Madrid, Miguel Ángel Villanueva, aseguró ayer que, según la información recopilada, no hubo exceso de aforo dado que Madrid Arena cuenta con una capacidad de 10.600 localidades y la organización de la fiesta comunicó que vendió 9.650 entradas para el evento.

En una rueda de prensa improvisada en los Juzgados de Plaza Castilla, Armengol ha apuntado que, conforme a las fotos vistas en Internet, "el aforo de la fiesta ha podido superar con creces el permitido" y ha señalado que los jóvenes "estaban completamente pegados".

Así, ha llegado a afirmar que había "cuatro personas por metro cuadrado, es decir, una persona por baldosa". Armengol ha explicado que su hija estuvo en la fiesta y pudo ver en primera persona las aglomeraciones y las personas que caían.

Respecto a la investigación judicial, el decano ha señalado que puede ser "compleja" porque hay que analizar los testimonios relativos al tema de las bengalas, del que ha dicho que "ha podido ser un elemento causal fundamental". "Ha podido ser una concausa, es decir, un cúmulo de circunstancias", ha explicado.

LA BENGALA COMO DETONANTE

"La persona desalmada que lanzó la bengala ha podido propiciar las aglomeraciones", ha añadido después de apuntar que los mecanismos de evacuación "tienen que estar previstos desde el inicio". Es por eso por lo que ha insistido en que el tema fundamental en el que se está centrando el caso es en la "falta de seguridad", con la presencia en la fiesta de "menores de edad y más gente de la permitida legalmente".

De este modo, Armengol ha recordado que la Policía Municipal "tiene la competencias ya que hay ordenanzas en materia de espectáculos públicos". "Estamos hablando de ilícitos administrativos por faltas muy graves. Todo ello ha propiciado una infracción legal. Ya hay diligencias por tres muertes y se verá si son intencionadas por incumplimiento grave en materia de seguridad o por imprudencia", ha apostillado.

A continuación, el juez decano de Madrid ha aseverado que se podrían desprender "responsabilidades civiles", siempre hablando desde la presunción de inocencia. "La primera de la empresa organizadora, y ya subsidiariamente de la Policía Municipal", ha añadido después de apuntar que existe la obligación de hacer las comprobaciones oportunas para ver si se cumplían las medidas de aforo. Es por eso que considera que podría haberse producido una "infracción muy grave en la Ley de Espectáculos".

En cuanto a los menores que supuestamente se colaron en la fiesta, Armengol ha remarcado que la principal responsable es la empresa, la que tiene el encargo de contratar la seguridad en el edificio.

También ha afirmado que "esta tragedia podría haber sido mayor en el caso de que se hubiera suspendido la fiesta". "Fue una decisión ajustada por la magnitud que hubiera sido el desastre. La decisión fue muy acertada y evitó males mayores", ha remarcado.

Comentarios

Noticia aún sin comentar.

Escribir un comentario

Para poder opinar es necesario el registro. Si ya es usuario registrado, escriba su email y contraseña:

 

Si desea registrase en la Administración al Día y poder escribir un comentario, puede hacerlo a través el siguiente enlace: Registrarme en La Administración al Día.

  • El INAP no es responsable de los comentarios escritos por los usuarios.
  • No está permitido verter comentarios contrarios a las leyes españolas o injuriantes.
  • Reservado el derecho a eliminar los comentarios que consideremos fuera de tema.

Últimos estudios

Conexión al Diario

Publicaciones

Lo más leído:

  1. Estudios y Comentarios: El personal directivo público: su especialidad en las entidades locales y, en especial, en las diputaciones provinciales de Castilla-La Mancha
  2. Estudios y Comentarios: Una primera aproximación al anteproyecto de ley de Administración Abierta. Transparencia, acceso a la información y régimen de incompatibilidades del personal al servicio de la Administración
  3. Estudios y Comentarios: El control de la discrecionalidad de las decisiones de encomendar la gestión de servicios a medios propios de las administraciones públicas
  4. Tribunal Supremo: La falta de impugnación autónoma, o la ampliación de un recurso al acto posterior que ponga fin a un proceso selectivo, no supone la pérdida del objeto del recurso ni del interés legítimo que el actor ostenta frente al acto inicialmente recurrido
  5. Legislación: Incapacidad temporal del personal del Cuerpo de la Guardia Civil
  6. Legislación: Revalorización de las pensiones públicas y otras medidas urgentes en materia de Seguridad Social
  7. Legislación: Ingreso, promoción interna, movilidad, formación y convocatoria unificada del personal funcionario de los cuerpos de la Policía Local
  8. Legislación: Medidas urgentes para hacer frente a situaciones de vulnerabilidad social, en materia tributaria y relativas a los recursos de los sistemas de financiación territorial
  9. Tribunal Supremo: La Administración tributaria ha de indagar la existencia de responsables solidarios antes de la declaración de responsabilidad subsidiaria
  10. Legislación: Gratificaciones a percibir por el personal que preste sus servicios en las Elecciones a las Cortes de Castilla y León de 2026

 

Atención al usuario: publicacionesinap.es

© INAP-2026

Icono de conformidad con el Nivel Doble-A, de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI: abre una nueva ventana