El Tribunal Supremo condena a una pareja a escriturar y pagar los dúplex que compraron para especular

 15/10/2012
 Compartir: 

El Tribunal Supremo ha confirmado la sentencia que condena a una pareja a abonar más de 463.000 euros a la promotora a la que compró dos áticos dúplex en Catarroja (Valencia) con fines especulativos, obviando la escrituración y los gastos correspondientes, hasta que la situación económica empeoró y se vieron en la necesidad de subrogarse en el préstamo hipotecario, lo que se le denegó por su edad y falta de solvencia.

MADRID, 12 (EUROPA PRESS)

La Sala de lo Civil ha confirmado la resolución dictada por la Audiencia Provincial de Valencia en noviembre de 2009 que condenó a Miguel D. y a María Rosa A. a otorgar la escritura pública de compraventa de los dos inmuebles y a abonar el pago de la compra a la mercantil, junto a los intereses de demora y a las costas procesales.

El Supremo declara probado que la sociedad vendió a los demandados dos viviendas con sus correspondientes trasteros que éstos adquirieron con el fin de revenderlos.

Finalizada la construcción, los demandados fueron requeridos notarialmente en dos ocasiones para el otorgamiento de la escritura de compraventa pero no comparecieron. La compraventa se hizo con reserva de ceder a terceros, constando que desde la compra se colocaron carteles anunciando la venta.

La pareja alegó que no tuvo intención de incumplir el contrato y que la denegación de la subrogación en el préstamo hipotecario por la entidad financiera era "imprevisible". "La situación económica existente hacía poco probable que se restringiera el crédito por lo que no concurre falta de previsión", alegaban.

ASUMIERON UNA SITUACIÓN DE RIESGO

Sin embargo, el Tribunal Supremo niega que exista este supuesto de imposibilidad sobrevenida y critica que los recurrentes pretendieran "aceptar los beneficios de la especulación pero repercutiendo en la vendedora las pérdidas que se pudieran presentar, lo que es contrario a la buena fe".

Señala que los compradores adquirieron con fines especulativos los inmuebles, lo cual les podía haber generado una rápida ganancia y obtener un precio superior al pactado con la promotora que había dirigido el "arduo" proceso de construcción.

"Pero los compradores cuando se integran en un proceso de rápida obtención de beneficios con la consiguiente disposición urgente de la inversión, se están sometiendo a una situación de riesgo aceptado que no pueden intentar repercutir sobre la parte vendedora que ningún beneficio obtiene de las ulteriores ventas", concluye.

Comentarios

Noticia aún sin comentar.

Escribir un comentario

Para poder opinar es necesario el registro. Si ya es usuario registrado, escriba su email y contraseña:

 

Si desea registrase en la Administración al Día y poder escribir un comentario, puede hacerlo a través el siguiente enlace: Registrarme en La Administración al Día.

  • El INAP no es responsable de los comentarios escritos por los usuarios.
  • No está permitido verter comentarios contrarios a las leyes españolas o injuriantes.
  • Reservado el derecho a eliminar los comentarios que consideremos fuera de tema.

Últimos estudios

Conexión al Diario

Publicaciones

Lo más leído:

  1. Estudios y Comentarios: El personal directivo público: su especialidad en las entidades locales y, en especial, en las diputaciones provinciales de Castilla-La Mancha
  2. Estudios y Comentarios: Una primera aproximación al anteproyecto de ley de Administración Abierta. Transparencia, acceso a la información y régimen de incompatibilidades del personal al servicio de la Administración
  3. Tribunal Supremo: La falta de impugnación autónoma, o la ampliación de un recurso al acto posterior que ponga fin a un proceso selectivo, no supone la pérdida del objeto del recurso ni del interés legítimo que el actor ostenta frente al acto inicialmente recurrido
  4. Estudios y Comentarios: El control de la discrecionalidad de las decisiones de encomendar la gestión de servicios a medios propios de las administraciones públicas
  5. Legislación: Incapacidad temporal del personal del Cuerpo de la Guardia Civil
  6. Legislación: Medidas urgentes para hacer frente a situaciones de vulnerabilidad social, en materia tributaria y relativas a los recursos de los sistemas de financiación territorial
  7. Legislación: Revalorización de las pensiones públicas y otras medidas urgentes en materia de Seguridad Social
  8. Tribunal Supremo: La Administración tributaria ha de indagar la existencia de responsables solidarios antes de la declaración de responsabilidad subsidiaria
  9. INAP: Matinal de la Escuela de Alta Dirección Pública del Estado
  10. Legislación: Ingreso, promoción interna, movilidad, formación y convocatoria unificada del personal funcionario de los cuerpos de la Policía Local

 

Atención al usuario: publicacionesinap.es

© INAP-2026

Icono de conformidad con el Nivel Doble-A, de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI: abre una nueva ventana