Apertura del Año Judicial

La Fiscalía ve inexplicable que el Ministerio de Justicia conforme equipos conjuntos de investigación en la UE

 19/09/2012
 Compartir: 

Recomienda dejar esta competencia en manos del CGPJ y de la Fiscalía y que Interior constituya los equipos exclusivamente policiales

MADRID, 18 (EUROPA PRESS)

La Fiscalía General del Estado considera inexplicable y "contrario" al necesario respeto a la independencia judicial que el Ministerio de Justicia pueda constituir un equipo de jueces o fiscales en las investigaciones penales llevadas a cabo con otros países de la Unión Europea.

Así se desprende en la Memoria Anual relativa a 2011, presentada este martes durante la apertura del Año Judicial, en la que insta a modificar la Ley 11/03 sobre equipos conjuntos de investigación penal en el ámbito de la Unión Europea.

El Ministerio Público llama la atención sobre las cuestiones "más problemáticas" y la necesidad de abordar "urgentemente" una nueva regulación de estos equipos tras los casi nueve años de funcionamiento.

En concreto, reconoce que el Ministerio de Justicia debe "probablemente" intervenir en los gastos que genera el funcionamiento del equipo, pero pide que no participe en su creación ni que decida cuestiones relacionadas con ella, como el ámbito de investigación, los jefes e integrantes del grupo o el tiempo de duración.

RESPETO A LA AUTONOMÍA FUNCIONAL DE LA FISCALÍA

Según el documento, resulta sin duda "poco adecuado y contrario al necesario respeto" a la independencia judicial y a la autonomía funcional de la Fiscalía que el Ministerio sea la autoridad competente para conformar un equipo cuando participen jueces o fiscales en los delitos de cuyo enjuiciamiento no sea competente la Audiencia Nacional.

"No se explica ni puede justificarse razonablemente el motivo de tan diferente atribución de competencias otorgando plena autonomía a la Audiencia Nacional y sometiendo al resto de los órganos competentes al criterio y voluntad del Ministerio de Justicia", indica sobre esta "deficiente" regulación de la Ley.

Por todo ello, la Fiscalía General del Estado considera más razonable atribuir esta competencia al Ministerio del Interior para los equipos exclusivamente policiales y al Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) siempre que se trate de investigaciones judiciales e intervenga un miembro de la Carrera Judicial. "Sin necesidad de contemplar especialidad alguna para la Audiencia Nacional", matiza.

También apuesta por la intervención de la Fiscalía General del Estado cuando participen fiscales o ante casos en diligencias de investigación del Ministerio Público.

Últimos estudios

Conexión al Diario

Publicaciones

Lo más leído:

  1. Estudios y Comentarios: Efectos procesales del silencio administrativo, ¿una garantía para el ciudadano?
  2. Tribunal Supremo: Si un tercero adquiere un inmueble afecto al pago de una deuda tributaria dentro del plazo de cinco años desde la inscripción en el Registro de la Propiedad de la nota marginal de afección, se le podrá declarar responsable subsidiario de la deuda
  3. Actualidad: Se convocan 261 plazas para distintos perfiles profesionales en diferentes ministerios
  4. Tribunal Supremo: En los contratos de servicio público de concesión de transporte regular de viajeros de uso general por carretera tienen aplicación preferente las normas especiales de servicio público de transporte terrestre de viajeros sobre las generales de contratación pública
  5. INAP: El Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública ha convocado un proceso selectivo que incluye cuatro plazas con destino en el INAP
  6. Tribunal Supremo: Confirma el TS que por efecto de la DA 41.ª de la Ley de Contratos del Sector Público, los servicios de arquitectura tienen la consideración de prestaciones intelectuales, por lo que los criterios de calidad deben alcanzar al menos el 51 % de la puntuación
  7. INAP: CPS: Llamamiento extraordinario para la realización del ejercicio único y del primer y segundo ejercicio de las pruebas selectivas
  8. Legislación: Ayudas del año 2026-2027 para facilitar a las personas menores de cuarenta años la adquisición en régimen de propiedad de una vivienda
  9. Legislación: Régimen jurídico de las entidades del Tercer Sector de Acción Social colaboradoras con la Administración General del Estado
  10. Legislación: Ayudas económicas destinadas a la escolarización en los centros privados autorizados de Educación Infantil y escuelas infantiles municipales de primer ciclo

 

Atención al usuario: publicacionesinap.es

© INAP-2026

Icono de conformidad con el Nivel Doble-A, de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI: abre una nueva ventana