Modificación de la Ley Electoral

El TC admite a trámite el recurso que el PSOE presentó a la modificación de la Ley Electoral de Cospedal

 18/09/2012
 Compartir: 

El Pleno del Tribunal Constitucional ha acordado admitir a trámite el recurso de inconstitucionalidad promovido por más de 50 senadores del Grupo Parlamentario Socialista a la modificación de la Ley Electoral que las Cortes de Castilla-La Mancha aprobaron el pasado mes de mayo, a propuesta del Gobierno de María Dolores de Cospedal, con los votos de la mayoría 'popular'.

TOLEDO, 17 (EUROPA PRESS)

Esta reforma modificó la Ley Electoral para que la Cámara de la comunidad autónoma pasara de 49 a 53 diputados. Tras esta aprobación, el PSOE de Castilla-La Mancha presentó el 31 de julio ante el Tribunal Constitucional el recurso para que se anulara dicha reforma, al considerar que por medio de esta modificación "se asignan cuatro nuevos diputados a cuatro provincias sin ningún criterio objetivo".

Según defienden, esta reforma es "arbitraria", no tiene en cuenta el principio de proporcionalidad y además oculta un "incofesado cálculo político" que favorece los intereses electorales de los 'populares'. Los socialistas también reprocharon a Cospedal que sacara adelante este cambio sin el consenso que había prometido.

La reforma de los 'populares' cambió la modificación que hizo el expresidente José María Barreda, al considerar que no era justa y que beneficiaba a los intereses socialistas, norma que el TC declaró legal y con la que los 'populares' llegaron al poder.

Pero el pasado 6 de septiembre, durante el Debate del Estado de la región, la presidenta de Castilla-La Mancha propuso al Grupo Parlamentario Socialista reducir a la mitad los diputados del Parlamento regional, al considerar que "en tiempos difíciles los políticos somos los primeros que tenemos que dar ejemplo".

PROVIDENCIA

Según la providencia del alto tribunal, a la que ha tenido acceso Europa Press, el Pleno dará traslado de esta decisión al Congreso de los Diputados y al Senado, al Gobierno central, a través del Ministerio de Justicia, así como a la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha y a las Cortes regionales al objeto de que, en el plazo de 15 días, puedan personarse en el proceso y formular la alegaciones que estimaran convenientes.

Asimismo, el Pleno del Tribunal Constitucional ha acordado publicar la incoación del recurso en el Boletín Oficial del Estado y en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha.

Últimos estudios

Conexión al Diario

Publicaciones

Lo más leído:

  1. Estudios y Comentarios: Efectos procesales del silencio administrativo, ¿una garantía para el ciudadano?
  2. Tribunal Supremo: Si un tercero adquiere un inmueble afecto al pago de una deuda tributaria dentro del plazo de cinco años desde la inscripción en el Registro de la Propiedad de la nota marginal de afección, se le podrá declarar responsable subsidiario de la deuda
  3. Actualidad: Se convocan 261 plazas para distintos perfiles profesionales en diferentes ministerios
  4. Tribunal Supremo: En los contratos de servicio público de concesión de transporte regular de viajeros de uso general por carretera tienen aplicación preferente las normas especiales de servicio público de transporte terrestre de viajeros sobre las generales de contratación pública
  5. INAP: El Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública ha convocado un proceso selectivo que incluye cuatro plazas con destino en el INAP
  6. Tribunal Supremo: Confirma el TS que por efecto de la DA 41.ª de la Ley de Contratos del Sector Público, los servicios de arquitectura tienen la consideración de prestaciones intelectuales, por lo que los criterios de calidad deben alcanzar al menos el 51 % de la puntuación
  7. INAP: CPS: Llamamiento extraordinario para la realización del ejercicio único y del primer y segundo ejercicio de las pruebas selectivas
  8. Legislación: Ayudas del año 2026-2027 para facilitar a las personas menores de cuarenta años la adquisición en régimen de propiedad de una vivienda
  9. Legislación: Régimen jurídico de las entidades del Tercer Sector de Acción Social colaboradoras con la Administración General del Estado
  10. Legislación: Ayudas económicas destinadas a la escolarización en los centros privados autorizados de Educación Infantil y escuelas infantiles municipales de primer ciclo

 

Atención al usuario: publicacionesinap.es

© INAP-2026

Icono de conformidad con el Nivel Doble-A, de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI: abre una nueva ventana