Indulto a Sáenz

La Fiscalía se opone a la admisión de la querella contra Zapatero y Caamaño por el indulto a Sáenz

 11/09/2012
 Compartir: 

El asunto está pendiente de recurso ante la Sala de lo Contencioso y debe regir el principio de intervención mínima del Derecho Penal

MADRID, 10 (EUROPA PRESS)

El teniente fiscal del Tribunal Supremo, Juan José Martín-Casallo, se opone a la admisión a trámite de la querella presentada el pasado mes de mayo por el partido político Soberanía de la Razón contra el ex presidente del Gobierno José Luis Rodríguez Zapatero y contra el ex ministro de Justicia Francisco Caamaño. Se les acusa de incurrir en un delito de prevaricación administrativa por la concesión del indulto al consejero delegado del Banco Santander, Alfredo Sáenz.

Según el Ministerio Público, el indulto debe ser objeto de impugnación por la vía contencioso-administrativa, y de hecho ya existe un recurso en dicho sentido en el alto tribunal, aún pendiente de resolución. No cabe hablar de querella por no darse el requisito de arbitrariedad que exige el tipo penal de prevaricación y porque "se estaría vulnerando el principio de intervención mínima del derecho penal".

"El delito de prevaricación no trata de sustituir a la Jurisdicción Contencioso-Admiistrativa en su labor genérica de control de sometimiento de la actuación administrativa a la ley o al derecho", precisa el informe de la Fiscalía.

La decisión del Ejecutivo del PSOE, adoptada cuando ya se encontraba en funciones, eximió a Sáenz de una condena a tres meses de arresto e inhabilitación por denuncia falsa.

PRESIDENTES NO RESPONSABLES DE INDULTOS

Según el criterio del fiscal, la querella debe ser archivada y además, en todo caso, debería haberse dirigido únicamente hacia Caamaño, que fue quien refréndo el acto del Rey (el Real Decreto de Indulto), "sin que sea oportuno proceder contra el que fuera presidente del Gobierno, ya que no efectuó refrendo alguno de aquella disposición, tal y como dispone el artículo 64 de la Constitución Española".

Además, Martín-Casallo precisa que no se prevaricó al dejar sin efecto el indulto el impedimento por Saénz para ejercer la actividad bancaria, puesto que dicha pena accesoria de suspensión quedó conmutada, al igual que la pena principal, por una pena de multa.

El partido querellante, del que forma parte el abogado murciano José Luis Mazón, acusaba a Zapatero y a Caamaño de querer favorecer especialmente al banquero "a tal punto que el mismo decreto de indulto operara como una amnistía y le liberara al indultado de las consecuencias no punitivas de la sentencia, sino adminitrativas", cuya desaparición era necesaria para que pudiera continuar con el ejercicio de la actividad bancaria.

A juicio de este partido, los dos querellados impulsaron un indulto que no se circunscribía a los límites de la potestad del derecho de gracia . "Le indultaron lo que el indulto no les podía indultar, las consecuencias de tipo administrativo bancario o extrapenal de la comisión de un hecho delictivo", añade la querella.

Comentarios

Noticia aún sin comentar.

Escribir un comentario

Para poder opinar es necesario el registro. Si ya es usuario registrado, escriba su email y contraseña:

 

Si desea registrase en la Administración al Día y poder escribir un comentario, puede hacerlo a través el siguiente enlace: Registrarme en La Administración al Día.

  • El INAP no es responsable de los comentarios escritos por los usuarios.
  • No está permitido verter comentarios contrarios a las leyes españolas o injuriantes.
  • Reservado el derecho a eliminar los comentarios que consideremos fuera de tema.

Últimos estudios

Conexión al Diario

Publicaciones

Lo más leído:

  1. Estudios y Comentarios: El personal directivo público: su especialidad en las entidades locales y, en especial, en las diputaciones provinciales de Castilla-La Mancha
  2. Estudios y Comentarios: Una primera aproximación al anteproyecto de ley de Administración Abierta. Transparencia, acceso a la información y régimen de incompatibilidades del personal al servicio de la Administración
  3. Estudios y Comentarios: El control de la discrecionalidad de las decisiones de encomendar la gestión de servicios a medios propios de las administraciones públicas
  4. Tribunal Supremo: La falta de impugnación autónoma, o la ampliación de un recurso al acto posterior que ponga fin a un proceso selectivo, no supone la pérdida del objeto del recurso ni del interés legítimo que el actor ostenta frente al acto inicialmente recurrido
  5. Legislación: Incapacidad temporal del personal del Cuerpo de la Guardia Civil
  6. Legislación: Revalorización de las pensiones públicas y otras medidas urgentes en materia de Seguridad Social
  7. Legislación: Ingreso, promoción interna, movilidad, formación y convocatoria unificada del personal funcionario de los cuerpos de la Policía Local
  8. Legislación: Medidas urgentes para hacer frente a situaciones de vulnerabilidad social, en materia tributaria y relativas a los recursos de los sistemas de financiación territorial
  9. Tribunal Supremo: La Administración tributaria ha de indagar la existencia de responsables solidarios antes de la declaración de responsabilidad subsidiaria
  10. Legislación: Gratificaciones a percibir por el personal que preste sus servicios en las Elecciones a las Cortes de Castilla y León de 2026

 

Atención al usuario: publicacionesinap.es

© INAP-2026

Icono de conformidad con el Nivel Doble-A, de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI: abre una nueva ventana