ETA

La Audiencia Nacional decide esta semana si pone en libertad por "razones humanitarias" al carcelero de Ortega Lara

 27/08/2012
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El juez Castro dictará una resolución a partir de los informes que obran en la causa y después de recibir el informe del fiscal

MADRID, 26 (EUROPA PRESS)

El juez central de Vigilancia Penitenciaria de la Audiencia Nacional, José Luis Castro, decidirá previsiblemente esta semana si pone en libertad condicional por "razones humanitarias" al preso etarra Josu Uribetxeberria Bolinaga, que permanece ingresado en el hospital Donostia de San Sebastián desde el pasado 1 de agosto para ser atendido de un cáncer.

Castro tomará una decisión tras recibir el informe de la Fiscalía y a partir de los distintos informes que obran en la causa, entre ellos el de la Clínica Forense de la Audiencia Nacional, que concluye que el preso "en la actualidad no se encuentra en fase terminal y únicamente presenta leves síntomas clínicos" en relación con el cáncer que sufre.

Según este análisis, elaborado por la forense Carmen Baena, el recluso tendría un 50 por ciento de posibilidades de morir antes de 11 meses y podría ser atendido de su enfermedad sin necesidad de salir de la cárcel.

El informe contradice el que realizó el Hospital Donostia de San Sebastián, que estaba firmado por una "comisión médica" del servicio vasco de salud Osakidetza. El documento recogía que el preso se encuentra en una situación "irreversible" en la que "más de la mitad de los pacientes fallecen antes de los nueves meses y la probabilidad de supervivencia a los 12 meses estaría en torno al 10 por ciento", es decir, que tendría un 90 por ciento de probabilidades de fallecer antes de un año.

También contrasta con el elaborado por la cárcel de Zaballa (Álava), que concluía que el tratamiento que necesita el preso no es posible en una cárcel "porque en las prisiones hay enfermerías que son como centros de atención primaria", según señaló el jueves el ministro del Interior, Jorge Fernández Díaz, quien añadió que "ese tratamiento exige estar ingresado en un hospital".

LIBERTAD CONDICIONAL

Fuentes jurídicas consultadas en la Audiencia Nacional señalan que "no hay ningún caso de un preso con una esperanza de vida inferior a un año por enfermedad que siga en prisión" y añaden que algunos han obtenido la libertad condicional "incluso con mejores condiciones de salud" que Uribetxeberria Bolinaga.

Uno de los últimos casos equiparables a éste es el de Miguel María Ibáñez Oteiza, condenado a 27 años de cárcel por un delito de colaboración necesaria para cometer en 1988 el asesinato de Francisco Javier Zabaleta Azpitarte. Aunque terminaba de cumplir condena en 2035, salió de la cárcel de Martutene (San Sebastián) el 14 de enero de 2011 al sufrir un cáncer "terminal" y falleció el 8 de abril de ese mismo año.

La excarcelación, que fue la primera de un preso de ETA tras el alto el fuego que la banda decretó en enero de 2011, fue propuesta con "carácter de urgencia" por la propia Junta de Tratamiento Penitenciario de la cárcel debido al estado terminal de salud del recluso. Además del cáncer, el recluso sufrió en julio de 2010 un infarto agudo de miocardio.

"ENFERMOS MUY GRAVES CON PADECIMIENTOS INCURABLES"

Uribetxeberria Bolinaga, que fue condenado por el secuestro del funcionario de prisiones José Antonio Ortega Lara y la muerte de tres guardias civiles, podría obtener la libertad condicional en virtud del artículo 92 del Código Penal, que establece esta medida en casos en los que, "según informe médico, se trate de enfermos muy graves con padecimientos incurables". Esta misma circunstancia se recoge en el artículo 196.2 del Reglamento Penitenciario.

El etarra accedió el pasado viernes al tercer grado en virtud del artículo 104.4 del Reglamento Penitenciario, que establece esta concesión para los "enfermos muy graves con padecimientos incurables" y alude a "razones humanitarias y de dignidad personal, atendiendo a la dificultad para delinquir a su escasa peligrosidad".

En 2000 Instituciones Penitenciarias dictó una circular en la que establecía la excarcelación de los presos cuyo riesgo de muerte superara el 10 por ciento en el plazo de un año o el 50 por ciento en el plazo de cinco.

Para ello se fijaban cinco criterios: "riesgo de muerte estimado superior al 10% en el plazo de un año a pesar del tratamiento", "riesgo de muerte estimado superior al 50% en el plazo de cinco años a pesar del tratamiento", "índice de Karnofsky menor o igual al 50%", "infección por VIH en estadio A3, B3 o C" o "trastorno psicótico crónico con actividad sintomática a pesar de haber seguido tratamiento durante más de seis meses o con deterioro intelectual".

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