Exdirector de Hacienda en Irún

La Audiencia de Guipúzcoa condena al exdirector de Hacienda en Irún a 11 años de prisión y multa de dos millones de euro

 24/07/2012
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Deberá abonar a la Hacienda guipuzcoana casi otros dos millones, mientras que su esposa es condenada a 3 años y cuatro meses de cárcel

SAN SEBASTIÁN, 23 (EUROPA PRESS)

La Audiencia de Guipúzcoa ha condenado al exdirector de la Hacienda de Irún (Guipúzcoa) José María Bravo a siete años de prisión y 16 de inhabilitación absoluta para todo cargo o empleo público como autor de un delito continuado de malversación de caudales públicos en la modalidad agravada de especial gravedad. Además, se le impone otra pena de tres años de cárcel y una multa de dos millones de euros por un delito de blanqueo de capitales y otro año de prisión por alzamiento de bienes.

Además, en la sentencia de la Sección Primera de la Audiencia provincial, fechada este lunes, se condena a Bravo, principal imputado en la causa por el fraude registrado en la citada oficina del fisco guipuzcoano, a nueve años de inhabilitación especial para todo cargo o empleo público en la Administración tributaria como autor de un delito continuado de prevaricación administrativa.

Asimismo, se le condena como autor de un delito de blanqueo de capitales a tres años de prisión, inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo durante la condena y una multa de dos millones de euros, con un día de privación de libertad por cada 10.000 euros no abonados, como autor de un delito de blanqueo de capitales.

También se le condena a otro año de prisión e inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo durante la duración de la condena y una multa de diez euros al día durante un año, por un delito de alzamiento de bienes. También se establece el comiso de diversos bienes de Bravo, con el límite de 1.661.157,53 euros. Por otro lado se le absuelve de los delitos de estafa y usurpación de funciones públicas.

COBOS

En cuanto a la esposa de Bravo, Rosa María Cobos, también imputada en esta causa, se le condena a dos años y cuatro meses de cárcel, e inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo durante la duración de la condena, así como una multa de dos millones de euros, con un día de privación de libertad por cada 10.000 euros no abonados, por un delito de blanqueo de capitales.

También se le impone una pena de un año de prisión, inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo durante la condena y multa de 12 meses a razón de una cuota diaria de siete euros como autora de un delito de alzamiento de bienes.

En la sentencia se ratifica la absolución del tercer imputado, el socio de Bravo, Pedro María Atristain, del delito de blanqueo de capitales, y finalmente se condena a Bravo al pago de otros dos millones de euros a la Hacienda guipuzcoana en concepto de responsabilidad civil 'ex delicto', así como a abonar las 4/10 partes de las costas procesales.

Cobos deberá pagar las 2/10 partes, incluidas las devengadas por las Acusaciones Particulares. El resto de las costas se acuerdan de oficio. Hasta la materialización de los pronunciamientos contenidos en esta sentencia se mantienen los embargos en los términos acordados por el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 2 de Irún.

El fiscal del caso, Javier Larraya, solicitó 24 años y tres meses de prisión para Bravo, así como la multa de 2 millones y la restitución al fisco guipuzcoano de 1,9 millones de euros más intereses, por delitos de malversación de caudales públicos, prevaricación, estafa, usurpación, blanqueo de capitales y alzamiento de bienes.

Para Cobos, el Ministerio Público rebajó la pena solicitada de 10 años y un mes de cárcel a 6 años y tres meses, por blanqueo de capitales (tres años y nueve meses) e insolvencia punible (dos años y medio), tras retirar la acusación por malversación por la que solicitaba tres años y 10 meses de prisión.

Por su parte, la acusación particular que ejerce la Diputación y las Juntas Generales solicitó una pena de 27 años de prisión para Bravo, frente a los 30 que pedía inicialmente, y de siete y medio para Cobos, cuando inicialmente reclamó ocho años y cinco meses.

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