Excarcelación de terroristas

La Audiencia Nacional estudiará en Pleno en septiembre el alcance de la sentencia del TEDH sobre la doctrina Parot

 20/07/2012
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El Pleno de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional se reunirá el próximo 20 de septiembre para estudiar la puesta en libertad de la miembro de ETA Inés del Río tras la sentencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH), con sede en Estrasburgo, que condenó a España a pagar una indemnización de 30.000 euros por daños morales a la etarra por aplicarle la 'doctrina Parot' de forma "retroactiva" y le instó ordenar su abandono de la cárcel "en el plazo de tiempo más breve posible".

MADRID, 19 (EUROPA PRESS)

Los 18 magistrados que integran el Pleno examinarán, de este modo, el alcance de la resolución del tribunal europeo y la pertinencia de aplicarla. La decisión adoptada en el caso concreto de Del Río supondría la extensión de la jurisprudencia adoptada al resto de presos de ETA que permanecen en prisión en aplicación de la 'Parot', más de 80.

La decisión dependía en un principio de la Sección Primera, que ha decidido elevarla al Pleno. La Fiscalía de la Audiencia Nacional ya se ha pronunciado y se ha opuesto a la puesta en libertad de la etarra.

El Ministerio Público recuerda que la resolución del tribunal europeo aún no ha adquirido firmeza, ya que sus decisiones únicamente son definitivas cuando las partes no recurren a la instancia superior, la Gran Sala, en un plazo máximo de tres meses. El Gobierno español anunció tras la sentencia que tenía previsto cursar este recurso.

Además, la Fiscalía añade que las sentencia del TEDH "son declarativas" lo que supone "que es el Estado afectado quien tiene que elegir, bajo la supervisión del Consejo de Ministros, las medidas a adoptar". El escrito pone además de manifiesto que el alto tribunal europeo podría haber ordenado la inmediata liberación de Del Río y, sin embargo, optó por sugerirla o instar a ella.

Especifica, también, que la resolución que mantiene a Del Río en prisión sí es firme, por lo que cualquier tribunal español sólo cuenta con la posibilidad de ejecutar la pena, sin opción alguna de suspenderla. "Únicamente el Tribunal Constitucional tiene la facultad de ordenar la suspensión de ejecución", advierte el fiscal que recuerda que el TC "ha denegado" ya esta pretensión de la etarra.

Los magistrados de la Sección Tercera del TEDH admitieron el recurso presentado por la defensa de Del Río, condenada a más de 3.000 años de cárcel por varios asesinatos terroristas, entre ellos el que costó la vida a 12 policías en la plaza de la República Dominicana de Madrid en 1986, y miembro de uno de los más sanguinarios 'comandos Madrid' de la historia junto a José Ignacio de Juana Chaos.

El TEDH desautorizó, de este modo, por unanimidad la decisión de la Audiencia Nacional de retrasar la salida de prisión de Del Río desde el 2 de julio de 2008 hasta el 27 de junio de 2017, al considerar que España vulneró el artículo 7 del Convenio Europeo de Derechos Humanos, que establece que no puede existir una pena sin ley que la avale, el artículo 5.1, que contempla el derecho a la libertad y la seguridad.

COMENZÓ A CUMPLIR EN 1989

La etarra, que se encuentra recluida en una prisión de Murcia, fue condenada en el marco de ocho procedimientos penales por delitos terroristas que comenzó a cumplir en febrero de 1989.

Del Río Prada, alias 'Nieves' y 'Pequeña', fue miembro de uno de los 'comandos Madrid' más sanguinarios de la historia y consiguió huir en una operación que los GEOS desarrollaron el 16 de enero de 1987 en un piso de la calle Río Ulla de Madrid, y en la que fueron detenidos seis etarras, entre ellos José Ignacio de Juana Chaos.

Entre los atentados por los que fue condenada también se encuentran el asesinato del comandante Saenz de Ynestrillas y otros dos militares; el atentado contra un land rover de la guardia civil que se produjo en la calle Juan Bravo de Madrid o el asesinato del vicealmirante Escrigas.

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