La Junta de Gobierno de Santander aprueba la nueva ordenanza de aparcamiento

 17/07/2012
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La Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Santander ha aprobado hoy inicialmente la modificación de la ordenanza que regula la adjudicación de plazas de aparcamiento para residentes, que recoge cambios como la posibilidad de acceder a una plaza con menos de un año de empadronamiento en la ciudad.

Santander (EFE).17.07.2012

Cuando se aprueben definitivamente los cambios en la ordenanza se aplicarán en la adjudicación de nuevas plazas de residentes, como son los casos del aparcamiento que está en construcción en Mendicouague, del de La Marga, una vez que cuente con concesionario para su explotación, y entre las plazas que han quedado libres en Tetuán, señala el Ayuntamiento en un comunicado de prensa.

Una de las modificaciones que se proponen es suprimir la condición de estar empadronado con al menos un año de antigüedad desde la fecha de finalización del plazo para presentar la solicitud, tanto para los residentes como para los propietarios de negocio en el área de influencia del aparcamiento.

A la hora de adjudicar las plazas se mantienen en primer lugar de preferencia las personas físicas con domicilio habitual dentro del área de influencia (residentes).

En segundo lugar, las personas físicas o jurídicas que ejerzan actividades profesionales, comerciales u otras análogas, en locales de negocio que se ubiquen dentro de los límites del área de influencia.

Es decir, las plazas disponibles se adjudican, en primer lugar, a los residentes y, si quedan libres una vez cubierta la lista de residentes, se pasa a la de propietarios de negocios en el área de influencia.

En la modificación de la ordenanza se establece que, en el caso de que siguiera habiendo plazas disponibles una vez cubierta la demanda entre residentes y propietarios de negocio, podrán optar a una plaza los trabajadores cuyo centro de trabajo se encuentre situado dentro del área de influencia del aparcamiento.

Al igual que en el caso de los residentes y de los locales de negocio, se limitará la posibilidad de adjudicación a una plaza por centro de trabajo.

En el caso de que no se completen las plazas disponibles con las solicitudes presentadas por los tres grupos establecidos (residentes, propietarios de negocio y trabajadores, en ese orden de preferencia), la Junta de Gobierno Local podrá optar por otras opciones.

Estas opciones son ampliar el área de influencia, que los solicitantes puedan optar a más de una plaza de aparcamiento, que se pueda adjudicar más de una plaza por vivienda, local de negocio o centro de trabajo, y que se pueda eximir del requisito de no disfrutar de otra plaza de garaje en propiedad dentro del área de influencia del aparcamiento.

Por otra parte, y siempre y cuando no se hayan completado las plazas para residentes, el concesionario del aparcamiento podrá solicitar que se le autorice la explotación de las plazas restantes en régimen de alquiler, de acuerdo con las tarifas aprobadas en cada momento para los aparcamientos municipales sujetos a concesión.

No obstante, y dado que, para este caso el plazo de presentación de solicitudes por parte de residentes estará abierto de manera indefinida siempre que queden plazas disponibles, el concesionario deberá asignar automáticamente una plaza al residente que así lo solicite y cumpla con los requisitos establecidos.

Desde su entrada en vigor, esta ordenanza, aprobada en diciembre de 2007, ha servido como marco normativo para adjudicar las plazas de residentes correspondientes a los aparcamientos subterráneos del Ayuntamiento, Alfonso XIII y Pombo, con sus correspondientes listas de reserva; así como para una primera ronda de solicitudes del aparcamiento de Tetuán.

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