El TSJCV condena al Consejo Valenciano a pagar 147.600€ en intereses a empresas de suministros médicos y de residencias

 17/07/2012
 Compartir: 

El Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJCV) ha condenado a la Generalidad valenciana a pagar 147.680,15 euros a dos empresas de suministros médicos y a otras dos de mantenimiento de residencias de la tercera edad y de centros días en concepto de intereses de demora en el pago de facturas, según constan en varias resoluciones consultadas por Europa Press.

VALENCIA, 16 (EUROPA PRESS)

La mercantil a la que se le adeudaba más dinero era Prim S.A., dedicada a los suministros médicos. Esta empresa presentó un recurso contra la Generalidad después de que ésta no reconociera que le adeudaba --por silencio administrativo-- un importe económico de 100.689,48 euros.

En el escrito de demanda, la mercantil explica que en julio de 2009 solicitó a la Generalidad el reconocimiento de la deuda por el retraso en el pago de 291 facturas. Para ello, le remitió unos cuadros de cuantificación de intereses que recogían el número de cada una de las facturas en relación con las que se pedía la deuda de intereses, centro sanitario, importe, fecha de cobro, tipo de interés de cada periodo y cuantificación del importe del interés de demora.

El tribunal, tras estudiar el caso, ha decidido dar la razón a la empresa y estimar su recurso. Así, declara que la Generalidad adeuda a la sociedad la cantidad de 100.689,48 euros.

En otra resolución, el TSJCV admite un recurso de la empresa Drager Medical Hispania S.A. contra una resolución dictada por la Consejería de Sanitat a través de la vía del silencio administrativo de índole negativa.

Esta empresa presentó una demanda contra la Generalidad cuando ésta desestimó por silencio la petición de reconocimiento de deuda a fecha 24 de julio de 2009, que ascendía a 15.692,03 euros. Todo ello en concepto de intereses por la demora en el abono de un total de 51 facturas correspondientes a las prestaciones que la empresa hizo a favor del ente público. En este caso, el tribunal también da la razón a la mercantil y condena al Consejo a pagar el importe solicitado.

BIENESTAR SOCIAL

Por otro lado, y en el ámbito de la Consejería de Bienestar Social, el tribunal admite un recurso interpuesto por Adesval S.L. contra la desestimación, por silencio, de las reclamaciones presentadas el 12 de enero de 2011 ante la consejería.

La empresa reclamaba 10.981,25 euros en concepto de intereses de demora resultantes del pago tardío de las facturas presentadas en su momento como consecuencia del contrato de reforma de pavimento de la residencia de la tercera edad de la calle San Vicente de Ademuz (Valencia).

La parte recurrente alegaba en su defensa que existió un retraso superior a 60 días en el pago de las facturas, y aseguraba que la Generalidad debía hacerse cargo de las mismas en virtud de lo dispuesto en la ley.

En esta línea, la empresa Secopsa Servicios, S.A. y Georesidencias S.L., U.T.E. conocida como Centro de Día de L'Alcudia demandó al Consejo por deberle 20.380,39 euros en concepto de intereses por el retraso en el pago de unas facturas como consecuencia del contrato de gestión integral del centro de día. El tribunal valenciano estima su solicitud y condena a la Generalidad valenciana a hacer frente al pago demandado.

Comentarios

Noticia aún sin comentar.

Escribir un comentario

Para poder opinar es necesario el registro. Si ya es usuario registrado, escriba su email y contraseña:

 

Si desea registrase en la Administración al Día y poder escribir un comentario, puede hacerlo a través el siguiente enlace: Registrarme en La Administración al Día.

  • El INAP no es responsable de los comentarios escritos por los usuarios.
  • No está permitido verter comentarios contrarios a las leyes españolas o injuriantes.
  • Reservado el derecho a eliminar los comentarios que consideremos fuera de tema.

Últimos estudios

Conexión al Diario

Publicaciones

Lo más leído:

  1. INAP: Novedad editorial: “Manual básico de Administración Electrónica. La nueva regulación del procedimiento administrativo sin papel (2.ª edición)”
  2. Tribunal Supremo: El TS analiza si ha de concurrir la condición de habitualidad en el ejercicio de la actividad económica o profesional, así como la existencia de una retribución mínima, a efectos del alta en el RETA
  3. Tribunal Supremo: Se puede incluir, en la relación de aspirantes que superan la fase de oposición, a un opositor que participa en el proceso selectivo en el turno de personas con discapacidad y que obtiene una puntuación inferior a los del turno libre
  4. Estudios y Comentarios: La formación en transparencia y acceso a la información como mecanismo de lucha contra la corrupción
  5. Tribunal Supremo: Cuando coincidan aprovechamiento especial y uso privativo del dominio público local por instalaciones de transporte de energía eléctrica, gas, agua e hidrocarburos, se deberá justificar la intensidad de cada uno de ellos para cuantificar la tasa a aplicar a cada uno
  6. INAP: Celebrada la sesión de INAP Talks: "La administración defensiva: La carga invisible del liderazgo"
  7. INAP: Ya está disponible el boletín n.º 12 "¿De qué habla la Comunidad de Formación?"
  8. Actualidad: Todas las ofertas de empleo público, en el boletín semanal del Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública (Del 1 al 7 de octubre de 2025)
  9. INAP: Nueva sesión de INAP Talks: “La administración defensiva: La carga invisible del liderazgo”
  10. Legislación: Acceso y provisión de puestos de trabajo de personas con discapacidad intelectual en la Administración

 

Atención al usuario: publicacionesinap.es

© INAP-2025

Icono de conformidad con el Nivel Doble-A, de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI: abre una nueva ventana