ETA

El Supremo revisará hoy la condena de un etarra por atentar contra la sede del PSE en Lazkao (Guipúzcoa) en 2009

 11/07/2012
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El Tribunal Supremo ha fijado para hoy la vista en la que revisará la condena a 9 años de prisión que impuso la Audiencia Nacional a Manex Castro Zabaleta por participar en el atentado cometido contra la sede del PSE en Lazkao (Guipúzcoa) el 23 de febrero de 2009. Al día siguiente, un joven cuya vivienda había quedado destrozada por la explosión atacó con una maza la 'herriko taberna' de la localidad.

MADRID, 11 (EUROPA PRESS)

La celebración de esta sesión quedó aplazada a finales del pasado mes de junio por coincidir la fecha prevista con el Pleno de la Sala de lo Penal de este órgano que discutió y rechazo la admisión de una querella criminal contra el ya expresidente del Supremo y del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), Carlos Dívar, por los viajes que cargó al órgano de gobierno de los jueces.

El tribunal constituido para estudiar la condena de Manex Castro está integrado por los magistrados Juan Saavedra, Perfecto Andrés Ibáñez, Miguel Colmenero, Antonio del Moral y Juan Ramón Berdugo.

La Sección Segunda de lo Penal de la Audiencia Nacional le condenó como autor de un delito de pertenencia a organización terrorista y otro de tenencia de explosivos. El tribunal absolvió al otro acusado en estos hechos, Mikel Garmendia Bastarrika, de un delito de colaboración con banda armada.

El fiscal Vicente González Mota solicitaba para Castro una pena de 25 años de cárcel por estragos y depósito de explosivos. Sin embargo, los jueces calificaron los hechos como daños terroristas al no producirse en "lugares, medios o servicios públicos especialmente significativos" ni haber puesto necesariamente en peligro la vida e integridad de las personas.

DIEZ KILOS DE EXPLOSIVO

Los magistrados de la Audiencia Nacional consideraron probado que Manex Castro cometió el atentado junto a los presuntos etarras Beinat Aguinagalde y Ugaitz Errazkin, según las declaraciones de los ertzainas que comparecieron en calidad de testigos y peritos en la vista.

Los tres formaban un 'talde' denominado 'Asti' dentro del 'comando Ezuste' que planificó y ejecutó el atentado con explosivos contra la Casa del Pueblo de Lazkao, situada en el número 27 de la calle San Prudencio. Antes de la explosión, realizaron una llamada avisando de la colocación del artefacto a la Asociación de Ayuda en Carretera DYA.

El artefacto estaba compuesto por una carga entre 8 a 10 kilos de explosivo y causó daños por valor de 767.709 euros en la sede socialista y en las viviendas y los vehículos de la zona. La bomba fue confeccionada en la casa de Castro, ya que en los cubos de basura situados en las inmediaciones del domicilio se encontraron elementos utilizados en la fabricación del artefacto.

El tribunal tuvo en cuenta las muestras biológicas localizadas en el teléfono encontrado tras el atentado coincidentes con el perfil genético de Castro y el tráfico de las llamadas de los aparatos que portaba el acusado en el momento de su detención.

Tras los hechos, Emilio Gutiérrez, un joven cuya vivienda había quedado destrozada por la explosión, atacó con una maza la 'herriko taberna' de la localidad, por los que recibió en las redes sociales calificativos como 'el héroe de Guipúzcoa' o 'el justiciero de Lazkao'.

No obstante, también sufrió amenazas del entorno de la banda terrorista que le llevaron a abandonar el pueblo y fijar su residencia fuera del País Vasco. En concepto de responsabilidad civil, el tribunal ordenó que Castro indemnizara a las personas y entidades perjudicadas en el ataque terrorista.

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