Inicio de trámites de la nueva ordenanza de Albacete de Conservación e Inspección edificios

 20/06/2012
 Compartir: 

Antes de 2016 deberán haber pasado la inspección todos los edificios de más de 50 años y los catalogados.

La cerca.com. 19.06.2012

El Concejal de Urbanismo y Vivienda ha comparecido hoy para informar sobre la próxima aprobación por parte del Ayuntamiento de Albacete de la Ordenanza Municipal de Conservación e Inspección periódica de edificaciones y construcciones que tendrá lugar el próximo jueves día 21 de junio.

Dicha ordenanza es consecuencia de la obligación que tanto la LOTAU a nivel regional como el Real Decreto-ley 8/2011, de 1 de julio a nivel nacional establecen de que las edificaciones y construcciones con una antigüedad superior a 50 años hayan pasado dicha inspección técnica antes del año 2016.

La ordenanza regula, por un lado, la inspección técnica de los edificios y por otro las actuaciones de conservación, rehabilitación, ejecuciones subsidiarias, así como las situaciones de ruina física y ruina inminente.

Respecto de la inspección técnica la ordenanza establece el sistema de tramitación de la misma, los obligados, los modelos de presentación de la misma así como el contenido de las inspecciones, regula las medidas coercitivas que se pueden adoptar para la ejecución de la misma y las posibles actuaciones sancionadoras.

Los inmuebles que deben someterse a inspección técnica son los de una antigüedad superior a 50 años o aquellos que estén catalogados. En esta primera etapa de funcionamiento hasta el año 2015, se ha establecido en la ordenanza un calendario de los inmuebles que deben someterse a la misma y en que periodos.

De este modo, de aquí al año 2015 habrá que realizar 2.600 inspecciones de inmuebles, lo que supone, aproximadamente 8.200 viviendas.

El ayuntamiento anualmente publicará una relación de los inmuebles que deben pasar dicha inspección técnica durante el año siguiente. Los propietarios deberán encargar a un técnico dicha inspección y presentar la documentación establecida en el registro de la Gerencia de Urbanismo.

En caso de que los particulares no procedan a realizar dicha inspección técnica, el ayuntamiento procederá a requerirles dándoles un plazo de subsanación y, si dicho requerimiento no es atendido, se procederá a la ejecución subsidiaria de la misma con cargo a los propietarios que incumplan.

La inspección deberá comprobar el estado de estructura y cimentación, cubiertas, fachadas, medianeras y redes de fontanería y saneamiento.

Si las actas de inspección son desfavorables se procederá a requerir a los propietarios para que procedan a su arreglo.

Si no son atendidas dichos requerimientos se procederá a la imposición de sanciones y en última instancia a la ejecución subsidiaria de las mismas a costa de los obligados.

Por otra parte, la ordenanza también establece los métodos de actuación respecto de las situaciones de ruina física y ruina inminente, es decir, cuando procede la adopción de las mismas así como los trámites y plazos que procede seguir ante estos casos, de modo que se conjugue la seguridad de los diferentes inmuebles con los derechos y obligaciones de los propietarios de los mismos.

Por último el Ayuntamiento creará un Registro Público de Edificios de manera que cualquier ciudadano podrá conocer la situación de los edificios de manera que se garantiza el conocimiento público sobre la verdadera conservación de los mismos.

Comentarios

Noticia aún sin comentar.

Escribir un comentario

Para poder opinar es necesario el registro. Si ya es usuario registrado, escriba su email y contraseña:

 

Si desea registrase en la Administración al Día y poder escribir un comentario, puede hacerlo a través el siguiente enlace: Registrarme en La Administración al Día.

  • El INAP no es responsable de los comentarios escritos por los usuarios.
  • No está permitido verter comentarios contrarios a las leyes españolas o injuriantes.
  • Reservado el derecho a eliminar los comentarios que consideremos fuera de tema.

Últimos estudios

Conexión al Diario

Ágora

Ágora, Biblioteca online de recursos de la Administración Pública

Publicaciones

Lo más leído:

 

Atención al usuario: publicacionesinap.es

© INAP-2025

Icono de conformidad con el Nivel Doble-A, de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI: abre una nueva ventana