Estatua de Nuevos Ministerios

El TS inadmite el recurso de la Fundación Francisco Franco contra la retirada de la estatua de Nuevos Ministerios

 15/06/2012
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Rechaza revisar el caso porque la cuantía de la retirada de la figura ecuestre del dictador no llegó a 150.253 euros

MADRID, 14 (EUROPA PRESS)

El Tribunal Supremo ha inadmitido a trámite el recurso interpuesto por la Fundación Franco contra la resolución del TSJM que señaló que no procedía la recolocación de la estatua ecuestre del general Francisco Franco de la plaza de San Juan de la Cruz de la capital que fue retirada en la madrugada del 17 de marzo de 2005.

Se rechaza revisar el caso en función de la cuantía del caso, pues el desmontaje no llegó a alcanzar los 150.253 euros que requiere la ley para que el Supremo revise este tipo de asuntos.

La resolución cuenta con el voto particular del magistrado Pedro José Yagüe, que cree que se debería haber admitido la causa y entrado en el fondo del asunto, pues a su juicio la cuantía de este proceso es "indeterminada".

En la sentencia hecha pública este jueves por el Tribunal Supremo se recuerda que la Ley rectora de la jurisdicción contencioso-administrativa exceptúa del recurso de casación las sentencias recaídas, "cualquiera que fuere la materia", en asuntos cuya cuantía no exceda de 25 millones de pesetas (150.253 euros), excepto cuando se trate del procedimiento especial para la defensa de los derechos fundamentales, lo que no es el caso.

Para la retirada de la estatua ecuestre, según el Supremo, el coste estimado de los trabajos de desmontaje y traslado de los elementos arquitectónicos fue de 2.450 euros, añade, por lo que el recurso debe ser desestimado por razón de cuantía "sin que quepa aducir alegaciones sobre el valor del suelo, el valor sentimental del monumento, su valor como bien de dominio público o arquitectónico o los costes de la reconstrucción en su anterior ubicación".

MEMORIA HISTÓRICA

No obstante, la sentencia señala que, "de haberse procedido a conocer de los recursos interpuestos", se habrían estimado los motivos formulados por la Abogacía del Estado al entender que por aplicación de la Ley de Memoria Histórica era imposible reponer la estatua.

"Dicha disposición impone a todas las Administraciones Públicas adoptar las medidas oportunas para que se proceda a la retirada de aquellos monumentos conmemorativos que supongan una exaltación de la Guerra Civil, con el objeto de dar cumplimiento al espíritu de reconciliación y concordia que permitió el alumbramiento de la Constitución de 1978, y evitar la permanencia de cualquier vestigio que pueda ser causa de enfrentamiento, agravio u ofensa al modelo constitucional de convivencia".

El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) consideró en su día que no procedía la recolocación de la estatua ecuestre del general Francisco Franco de la plaza de San Juan de la Cruz de la capital, conforme a la Ley de Memoria Histórica, si bien estableció que su retirada por parte del Ministerio de Fomento no fue conforme a la ley.

La Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJM estimó parcialmente el recurso interpuesto por José Luis Gardon Núñez y la Fundación Francisco Franco contra la actuación administrativa que obligó a retirar el 17 de marzo de 2005 la estatua que llevaba ubicada 45 años en la entrada del Ministerio de Medio Ambiente. La efigie se encuentra depositada desde entonces en un almacén del Ministerio de Fomento.

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