Programa de Apoyo a la Innovación de las Pequeñas y Medianas Empresas 2007-2013

 14/06/2012
 Compartir: 

Decreto 19/2012, de 7 de junio, por el que se atribuye a la Agencia de Innovación y Financiación Empresarial de Castilla y León, la competencia para la realización de las actuaciones previstas en el Real Decreto 1579/2006, de 22 de diciembre, por el que se establece el régimen de ayudas y el sistema de gestión del Programa de Apoyo a la Innovación de las Pequeñas y Medianas Empresas 2007-2013. (BOCYL de 13 de junio de 2012) Texto completo.

DECRETO 19/2012, DE 7 DE JUNIO, POR EL QUE SE ATRIBUYE A LA AGENCIA DE INNOVACIÓN Y FINANCIACIÓN EMPRESARIAL DE CASTILLA Y LEÓN, LA COMPETENCIA PARA LA REALIZACIÓN DE LAS ACTUACIONES PREVISTAS EN EL REAL DECRETO 1579/2006, DE 22 DE DICIEMBRE, POR EL QUE SE ESTABLECE EL RÉGIMEN DE AYUDAS Y EL SISTEMA DE GESTIÓN DEL PROGRAMA DE APOYO A LA INNOVACIÓN DE LAS PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS 2007-2013.

Preámbulo

El desarrollo y mejora de la competitividad de las pequeñas y medianas empresas constituyen un elemento fundamental en el entramado de la economía nacional, actuando como importantes agentes creadores de riqueza y empleo.

A tal efecto, con fecha 2 de febrero de 2007, se publicó en el “Boletín Oficial del Estado” el Real Decreto 1579/2006, de 22 de diciembre , por el que se establece el régimen de ayudas y el sistema de gestión del Programa de apoyo a la innovación de las pequeñas y medianas empresas (INNOEMPRESA) 2007-2013.

Este régimen de ayudas se estableció de conformidad con el Reglamento (CE) n.º 70/2001 de la Comisión, de 12 de enero de 2001, relativo a la aplicación de los artículos 87 y 88 del Tratado CE a las ayudas estatales a las pequeñas y medianas empresas, modificado por el Reglamento (CE) n.º 364/2004 de la Comisión, de 25 de febrero de 2004. En la actualidad los regímenes acogidos al citado Reglamento 70/2011 han quedado integrados en el Reglamento (CE) n.º 800/2008 de la Comisión, de 6 de agosto de 2008, por el que se declaran determinadas categorías de ayuda compatibles con el mercado común en aplicación de los artículos 87 y 88 del Tratado (Reglamento general de exención por categorías ).

El Programa INNOEMPRESA, con vigencia hasta el 31 de diciembre de 2013, se enmarca en una política orientada a fortalecer el tejido empresarial español, incrementar la capacidad innovadora de las empresas como medio para aumentar su competitividad, contribuir al crecimiento sostenible y, como consecuencia, propiciar el empleo y la creación de riqueza, encuadrado dentro de las directrices estratégicas comunitarias para el período 2007-2013.

El Real Decreto 1579/2006, de 22 de diciembre , articula un sistema de colaboración entre el Estado y las Comunidades Autónomas con el objeto de lograr la máxima efectividad en la aplicación de las referidas ayudas, atribuyendo a las Comunidades Autónomas, para los proyectos de carácter regional, la competencia para tramitar y resolver las solicitudes de subvención, así como para el pago de las mismas, en los términos recogidos en el citado Real Decreto.

Mediante Decreto 48/2007, de 17 de mayo, se atribuyó a la Agencia de Inversiones y Servicios de Castilla y León la competencia para la realización de las actuaciones previstas en el Real Decreto 1579/2006, de 22 de diciembre . Este Decreto ha sido derogado con la publicación del Decreto 67/2011, de 15 de diciembre , por el que se aprueba el Reglamento General de la Agencia de Innovación y Financiación Empresarial de Castilla y León.

Siendo coincidentes las finalidades perseguidas por las ayudas previstas en el Real Decreto 1579/2006, de 22 de diciembre con las políticas de apoyo a la empresa atribuidas a la Agencia de Innovación y Financiación Empresarial, considerando asimismo que la Agencia de Inversiones y Servicios ha venido tramitando las respectivas convocatorias del Programa INNOEMPRESA durante los años 2007 a 2011, ambos inclusive y que corresponde a la Agencia la ejecución, entre otras de las políticas de apoyo al desarrollo de actuaciones de promoción y apoyo a la mejora de la competitividad de las empresas de Castilla y León.

En su virtud, la Junta de Castilla y León, a propuesta del Consejero de Economía y Empleo, previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión de 7 de junio de 2012

DISPONE:

Artículo único. Atribución de competencia.

Corresponde a la Agencia de Innovación y Financiación Empresarial de Castilla y León, en el ámbito de la Comunidad de Castilla y León, la competencia para la realización de todas las actuaciones atribuidas a las Comunidades Autónomas en el Real Decreto 1579/2006, de 22 de diciembre , por el que se establece el régimen de ayudas y el sistema de gestión del Programa de apoyo a la innovación de las pequeñas y medianas empresas 2007- 2013.

Disposición transitoria única. Expedientes iniciados con anterioridad a la entrada en vigor del decreto.

La atribución de competencias que se realiza en este decreto alcanza igualmente a los posibles efectos y actuaciones que pudieran derivarse de expedientes iniciados con anterioridad a su entrada en vigor.

Disposición final única. Entrada en vigor.

El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el “Boletín Oficial de Castilla y León”.

Últimos estudios

Conexión al Diario

Publicaciones

Lo más leído:

  1. Estudios y Comentarios: Efectos procesales del silencio administrativo, ¿una garantía para el ciudadano?
  2. Tribunal Supremo: Si un tercero adquiere un inmueble afecto al pago de una deuda tributaria dentro del plazo de cinco años desde la inscripción en el Registro de la Propiedad de la nota marginal de afección, se le podrá declarar responsable subsidiario de la deuda
  3. Actualidad: Se convocan 261 plazas para distintos perfiles profesionales en diferentes ministerios
  4. Tribunal Supremo: En los contratos de servicio público de concesión de transporte regular de viajeros de uso general por carretera tienen aplicación preferente las normas especiales de servicio público de transporte terrestre de viajeros sobre las generales de contratación pública
  5. INAP: El Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública ha convocado un proceso selectivo que incluye cuatro plazas con destino en el INAP
  6. Tribunal Supremo: Confirma el TS que por efecto de la DA 41.ª de la Ley de Contratos del Sector Público, los servicios de arquitectura tienen la consideración de prestaciones intelectuales, por lo que los criterios de calidad deben alcanzar al menos el 51 % de la puntuación
  7. INAP: CPS: Llamamiento extraordinario para la realización del ejercicio único y del primer y segundo ejercicio de las pruebas selectivas
  8. Legislación: Ayudas del año 2026-2027 para facilitar a las personas menores de cuarenta años la adquisición en régimen de propiedad de una vivienda
  9. Legislación: Régimen jurídico de las entidades del Tercer Sector de Acción Social colaboradoras con la Administración General del Estado
  10. Legislación: Ayudas económicas destinadas a la escolarización en los centros privados autorizados de Educación Infantil y escuelas infantiles municipales de primer ciclo

 

Atención al usuario: publicacionesinap.es

© INAP-2026

Icono de conformidad con el Nivel Doble-A, de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI: abre una nueva ventana