Dos años de cárcel

La Audiencia de Barcelona pide que entren en prisión los mossos a quienes el Gobierno indultó parcialmente

 24/05/2012
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La Audiencia de Barcelona ha decidido que entren en prisión los cuatro agentes de los Mossos d'Esquadra a los que el Gobierno indultó parcialmente en febrero, cuando conmutó todas las penas impuestas por una única de dos años de cárcel y suspensión del cargo público.

BARCELONA, 23 (EUROPA PRESS)

Los agentes detuvieron por error a un ciudadano rumano el 27 de julio del 2006 en Barcelona y le golpearon mientras estuvo detenido en la comisaría de Les Corts de los Mossos d'Esquadra.

El Gobierno los indultó a partir de la información sobre los hechos aportada por el Ministerio del Interior y la Generalitat, el currículum de los acusados, la cantidad de apoyos y adhesiones que solicitaban el indulto y la existencia de una petición por parte del propio afectado.

Sin embargo, según ha informado el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC), la Audiencia cree que "existen razones de prevención general y especial, de peligrosidad criminal, de repulsa y alarma social (...) que justifican el ingreso en prisión, para cumplir la pena impuesta, aunque la misma no exceda de los dos años".

Todo ello, pese a admitir que la condena de dos años de cárcel, acordada por el Consejo de Ministros, y la falta de antecedentes podrían ser condiciones para no cumplirla.

Los principales motivos que alega la Sección Novena de la Audiencia son la gravedad de la conducta y el hecho de que sean miembros de un cuerpo policial, que por mandato constitucional deben proteger al ciudadano.

Esta decisión no es firme, ya que las partes todavía la pueden recurrir delante de la misma sala de la Audiencia, por lo que el ingreso en la cárcel no se llevaría a cabo de forma inmediata si los condenados presentan recurso.

A Manuel F. y a Joan S., la Audiencia de Barcelona --y confirmó después el TSJC-- les había impuesto cuatro años y seis meses por un delito de torturas y otro de lesiones, aunque el Gobierno redujo la pena a dos años.

A Jordi P., además de los delitos que también le impuso a los dos anteriores, le acusaba otro contra la inviolabilidad del domicilio y la misma pena: cuatro años y seis meses que se quedaron en dos.

Fernando C., acusado de un delito contra la integridad moral, uno de falta de lesiones, de detención ilegal y otro de maltrato sin causar lesión, el juez le había condenado a dos años y tres meses de cárcel, pero el Consejo de Ministros lo dejó también en dos.

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