Asilo

El Supremo deniega conceder el asilo a un iraní homosexual porque no demostró serlo ni ser objeto de persecución

 24/04/2012
 Compartir: 

En un régimen que castiga "tan duramente" la homosexualidad, los jueces no ven creíble que superara sin problemas el servicio militar

MADRID, 23 (EUROPA PRESS)

El Tribunal Supremo ha rechazado conceder la condición de refugiado y su derecho a asilo a un ciudadano iraní que alegó ser víctima de persecución por parte del régimen de Teherán por ser homosexual. Este país tipifica como delito la homosexualidad, castigándola gravemente.

La Sala de lo Penal desestima el recurso que interpuso Mostafá O. porque "no ha aportado indicios de los que pueda razonablemente deducirse, en este caso, que sea homosexual y sufra persecución por ello en Irán y en consecuencia pudiera concedérsele autorización de permanencia en España".

El Supremo confirma la resolución dictada en noviembre de 2009 por el Ministerio del Interior que se oponía a concederle el asilo. Casi un año después, la Audiencia Nacional desestimó igualmente su pretensión.

En una resolución, dada a conocer este lunes, los magistrados argumentan que las "reiteradas contradicciones" de Mostafá y el hecho de que no solicitara asilo en otros países donde pudo hacerlo no permiten establecer ni su orientación sexual, ni la existencia de una persecución ni tampoco el peligro de sufrirla si regresa a su país.

Los magistrados no aprecian la existencia de temores fundados de persecución y añaden que el solicitante no aportó indicios del hostigamiento. Además, resaltan que incurrió en numerosas contradicciones no sólo en la descripción de los hechos, sino en aspectos esenciales de dicha persecución.

REITERADAS CONTRADICCIONES

A su entender, llama la atención que el recurrente hiciera su servicio militar en Teherán y lo superara "sin dificultades". Mostafá no refirió ningún problema grave durante su etapa en el servicio religioso, que se prolongó durante más de un año.

"En primer lugar, en un régimen que castiga tan duramente la homosexualidad, no es creíble que -de ser homosexual- no tuviera problemas serios en el Ejército", advierte la sentencia.

Los jueces del Supremo también hacen referencia a otra experiencia que relató Mostafá, según la cual un tío materno le sorprendió manteniendo relaciones sexuales y avisó a las autoridades. "La respuesta de dichas autoridades está dotada de cierta pasividad, limitándose a la presencia de agentes uniformados del gobierno en su domicilio".

Para los magistrados del Supremo llama "poderosamente" la atención "algo tan sorprendente y contradictorio como afirmar que no acudió a las autoridades a denunciar a su tío por las amenazas de las que estaba siendo objeto por la gran influencia y poder de este familiar, cuando de haberlo hecho tendría que haber explicado a esas autoridades el porqué de las amenazas y sin embargo no menciona algo tan razonable como achacar su inacción a su condición de homosexual".

La resolución, de la que ha sido ponente la magistrado María Isabel Perelló, estima el argumento alegado por Mostafá basado en que la Audiencia Nacional no tuvo en cuenta en el expediente administrativo el informe de ACNUR ni la propuesta de la Comisión Interministerial de Asilo y Refugio.

Sin embargo, la sentencia remarca que el Ministerio del Interior sí tuvo en cuenta estos precedentes al dictar su resolución denegatoria.

Últimos estudios

Conexión al Diario

Publicaciones

Lo más leído:

  1. Estudios y Comentarios: Efectos procesales del silencio administrativo, ¿una garantía para el ciudadano?
  2. Tribunal Supremo: Si un tercero adquiere un inmueble afecto al pago de una deuda tributaria dentro del plazo de cinco años desde la inscripción en el Registro de la Propiedad de la nota marginal de afección, se le podrá declarar responsable subsidiario de la deuda
  3. Actualidad: Se convocan 261 plazas para distintos perfiles profesionales en diferentes ministerios
  4. Tribunal Supremo: En los contratos de servicio público de concesión de transporte regular de viajeros de uso general por carretera tienen aplicación preferente las normas especiales de servicio público de transporte terrestre de viajeros sobre las generales de contratación pública
  5. INAP: El Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública ha convocado un proceso selectivo que incluye cuatro plazas con destino en el INAP
  6. Tribunal Supremo: Confirma el TS que por efecto de la DA 41.ª de la Ley de Contratos del Sector Público, los servicios de arquitectura tienen la consideración de prestaciones intelectuales, por lo que los criterios de calidad deben alcanzar al menos el 51 % de la puntuación
  7. INAP: CPS: Llamamiento extraordinario para la realización del ejercicio único y del primer y segundo ejercicio de las pruebas selectivas
  8. Legislación: Régimen jurídico de las entidades del Tercer Sector de Acción Social colaboradoras con la Administración General del Estado
  9. Legislación: Ayudas del año 2026-2027 para facilitar a las personas menores de cuarenta años la adquisición en régimen de propiedad de una vivienda
  10. Legislación: Ayudas económicas destinadas a la escolarización en los centros privados autorizados de Educación Infantil y escuelas infantiles municipales de primer ciclo

 

Atención al usuario: publicacionesinap.es

© INAP-2026

Icono de conformidad con el Nivel Doble-A, de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI: abre una nueva ventana