"Gravedad Extrema"
BARCELONA/MADRID, 17 (EUROPA PRESS)
La sentencia de la Sala Primera presidida por el magistrado Xiol Ríos resuelve así un caso que comenzó con la demanda que interpuso ERC "en protección de su derecho al honor" por un artículo que Jiménez Losantos publicó el 4 de octubre de 2007 en 'El Mundo' titulado 'Requisa de Armas' a raíz de las detenciones de dos militantes del partido, según ha informado este martes en un comunicado el TS.
"Las imputaciones que se realizan en el artículo sobre la tenencia de armas, su utilización para amedrentar e, incluso, matar a los adversarios políticos, tenían una gravedad extrema al ser imputación inequívoca de delitos graves sin que existieran condenas penales, lo que supone un agravio innecesario de la dignidad o el prestigio del partido político", razona.
Este es el motivo por el que el TS cree que no se puede primar la libertad de expresión de Jiménez Losantos cuando se pondera la colisión de los dos derechos fundamentales: derecho al honor y libertad de expresión.
El único punto que el TS ha estimado del recurso del periodista es sobre la publicación de la sentencia: en lugar del deber de publicarla íntegramente, se reduce al "encabezamiento, fallo y los tres últimos párrafos del Fundamento Jurídico tercero de la sentencia de la Audiencia".
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