Competencias con las Comunidades Autónomas y las Entidades Locales, sobre instrucciones técnicas a los Ayuntamiento sobre gestión y revisión del padrón municipal

 16/04/2012
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Resolución de 9 de abril de 2012, de la Secretaría General Técnica-Secretariado del Gobierno, por la que se publica la Resolución de 23 de febrero de 2012, de la Presidencia del Instituto Nacional de Estadística y de la Dirección General de Coordinación de Competencias con las Comunidades Autónomas y las Entidades Locales, sobre instrucciones técnicas a los Ayuntamiento sobre gestión y revisión del padrón municipal. (BOE de 14 de abril de 2012) Texto completo.

RESOLUCIÓN DE 9 DE ABRIL DE 2012, DE LA SECRETARÍA GENERAL TÉCNICA-SECRETARIADO DEL GOBIERNO, POR LA QUE SE PUBLICA LA RESOLUCIÓN DE 23 DE FEBRERO DE 2012, DE LA PRESIDENCIA DEL INSTITUTO NACIONAL DE ESTADÍSTICA Y DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE COORDINACIÓN DE COMPETENCIAS CON LAS COMUNIDADES AUTÓNOMAS Y LAS ENTIDADES LOCALES, SOBRE INSTRUCCIONES TÉCNICAS A LOS AYUNTAMIENTO SOBRE GESTIÓN Y REVISIÓN DEL PADRÓN MUNICIPAL.

Preámbulo

El Presidente del Instituto Nacional de Estadística y El Director General de Coordinación de Competencias con las Comunidades Autónomas y las Entidades Locales han acordado, con fecha 23 de febrero de 2012, la modificación de los anexos II y III de la Resolución de 1 de abril de 1997 de la Presidenta del Instituto Nacional de Estadística y del Director General de Cooperación Territorial, por la que se dictan instrucciones técnicas a los Ayuntamientos sobre la gestión y revisión del padrón municipal.

ANEXO

Resolución de 23 de febrero de 2012, de la Presidencia del Instituto Nacional de Estadística y de la Dirección General de Coordinación de Competencias con las Comunidades Autónomas y las Entidades Locales, por la que se modifican los anexos II y III de la Resolución de 1 de abril de 1997, de la Presidenta del Instituto Nacional de Estadística y del Director General de Cooperación Territorial, por la que se dictan instrucciones técnicas a los Ayuntamientos sobre la gestión y revisión del padrón municipal

El artículo 60 del Reglamento de Población y Demarcación Territorial de las Entidades Locales, aprobado por el Real Decreto 1690/1986, de 11 de julio , en su redacción dada por el Real Decreto 2612/1996, de 20 de diciembre, establece que la formación, actualización, revisión y custodia del Padrón municipal corresponde al Ayuntamiento, de acuerdo con las normas aprobadas conjuntamente por el Ministerio de Economía y Hacienda y el Ministerio de Administraciones Públicas, a propuesta del Consejo de Empadronamiento.

De conformidad con lo anterior, el Presidente del Instituto Nacional de Estadística y el Director General de Coordinación de Competencias con las Comunidades Autónomas y las Entidades Locales, a propuesta del Consejo de Empadronamiento, han acordado la modificación de los anexos II y III de la Resolución de 1 de abril de 1997 de la Presidenta del Instituto Nacional de Estadística y del Director General de Cooperación Territorial, por la que se dictan instrucciones técnicas a los Ayuntamientos sobre la gestión y revisión del padrón municipal.

La incorporación de las variables número de documento, NDOCU, y otras de domicilio (Bloque y Portal) en los boletines estadísticos de partos y defunciones recogidos por el Instituto Nacional de Estadística (INE), a partir de los cuales, en virtud de la Encomienda de Gestión de la Dirección General de Registros y del Notariado al INE, se comunican a los Ayuntamientos los nacimientos y defunciones inscritos en los Registros Civiles, aconsejan la modificación de los diseños de registro de los ficheros de comunicación de los nacimientos y defunciones: NACppmmIA.maa, DEFppmmmIA.maa, utilizados hasta el momento para el aprovechamiento de esta información.

Así, los nuevos diseños son los que se publican en los Anexos II y III que sustituyen respectivamente a los anexos II y III de la Resolución de 1 de abril de 1997.

ANEXO OMITIDO

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