'Mobbing'

El TSJC rechaza recurso del exinterventor de Castro Urdiales, que pedía una indemnización de 226.200 euros por 'mobbing'

 09/04/2012
 Compartir: 

Confirma una sentencia del Juzgado de lo Contencioso nº 2, según la cual Urruticoechea reclamó el dinero fuera del plazo fijado, que es de un año

SANTANDER, 6 (EUROPA PRESS)

El Tribunal Superior de Justicia de Cantabria (TSJC) ha rechazado un recurso promovido por el exinterventor municipal de Castro Urdiales Fernando Urruticoechea, que pedía a este Ayuntamiento una indemnización por 226.200 euros, en concepto de responsabilidad patrimonial por los daños sufridos por un acoso que califica de 'mobbing'.

De este modo, la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJC confirma, en una sentencia difundida este viernes, un fallo previo emitido en septiembre de 2011 por el Juzgado de lo Contencioso número 1 de Santander y que eximía ya a la Administración municipal de abonar dicha cuantía al exinterventor.

Según este último juzgado, el Consistorio no tenía que pagar a Urruticoechea por el acoso y el daño "físico, psíquico y moral" que, según aseguró, había sufrido por parte de miembros de la Corporación municipal durante cinco años en su lugar de trabajo, porque demandó la indemnización fuera del plazo determinado, que es de un año.

El por aquel entonces interventor municipal reclamaba a la Administración local una indemnización en concepto de responsabilidad patrimonial, al no adoptar las medidas "pertinentes" para evitar el 'mobbing' que sufrió durante varias legislaturas, conducta que el Juzgado entiende como "maltrato persistente, deliberado y sistemático" de varios miembros de una organización hacia un individuo con el ánimo de "aniquilarlo y eliminarlo" de la misma.

No obstante, el juez aclara que ha transcurrido el plazo de un año fijado para recurrir ya que Urruticoechea presentó la reclamación el 2 de abril de 2007, cuando desempeñó sus servicios como funcionario en el Ayuntamiento de Castro Urdiales desde el 5 de mayo de 2001 hasta el 31 de marzo de 2006, es decir, hasta un año y dos días antes de presentar la reclamación.

El TSJC, además de confirmar la sentencia del Juzgado, considera que el exinteventor "básicamente se limita a efectuar afirmaciones no acreditadas".

Añade al respecto que "lo cierto es que el recurrente viene intentando en diversos tribunales un pronunciamiento sobre acoso laboral al hilo e invocar esta situación so pretexto de cualquier pleito y en todos ellos ha sido denegado, puntualizando la ausencia de acreditación", argumenta.

La Sala del TSJC también evidencia el enfrentamiento "mutuo" y "recíproco" que había entre Urruticoechea y el equipo de gobierno castreño, enfrentamiento que ha desembocado en varios procesos judiciales.

Comentarios

Noticia aún sin comentar.

Escribir un comentario

Para poder opinar es necesario el registro. Si ya es usuario registrado, escriba su email y contraseña:

 

Si desea registrase en la Administración al Día y poder escribir un comentario, puede hacerlo a través el siguiente enlace: Registrarme en La Administración al Día.

  • El INAP no es responsable de los comentarios escritos por los usuarios.
  • No está permitido verter comentarios contrarios a las leyes españolas o injuriantes.
  • Reservado el derecho a eliminar los comentarios que consideremos fuera de tema.

Últimos estudios

Conexión al Diario

Publicaciones

Lo más leído:

  1. Estudios y Comentarios: El personal directivo público: su especialidad en las entidades locales y, en especial, en las diputaciones provinciales de Castilla-La Mancha
  2. Estudios y Comentarios: Una primera aproximación al anteproyecto de ley de Administración Abierta. Transparencia, acceso a la información y régimen de incompatibilidades del personal al servicio de la Administración
  3. Estudios y Comentarios: El control de la discrecionalidad de las decisiones de encomendar la gestión de servicios a medios propios de las administraciones públicas
  4. Tribunal Supremo: La falta de impugnación autónoma, o la ampliación de un recurso al acto posterior que ponga fin a un proceso selectivo, no supone la pérdida del objeto del recurso ni del interés legítimo que el actor ostenta frente al acto inicialmente recurrido
  5. Legislación: Incapacidad temporal del personal del Cuerpo de la Guardia Civil
  6. Legislación: Revalorización de las pensiones públicas y otras medidas urgentes en materia de Seguridad Social
  7. Legislación: Ingreso, promoción interna, movilidad, formación y convocatoria unificada del personal funcionario de los cuerpos de la Policía Local
  8. Legislación: Medidas urgentes para hacer frente a situaciones de vulnerabilidad social, en materia tributaria y relativas a los recursos de los sistemas de financiación territorial
  9. Tribunal Supremo: La Administración tributaria ha de indagar la existencia de responsables solidarios antes de la declaración de responsabilidad subsidiaria
  10. Legislación: Gratificaciones a percibir por el personal que preste sus servicios en las Elecciones a las Cortes de Castilla y León de 2026

 

Atención al usuario: publicacionesinap.es

© INAP-2026

Icono de conformidad con el Nivel Doble-A, de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI: abre una nueva ventana