Nueva ordenanza de terrazas para favorecer a los hosteleros almanseños

 03/04/2012
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La principal novedad es que, cuando no haya espacio en las aceras, se podrán usar zonas de estacionamiento de vehículos.

Laverdad.es 03.04.12

En el pleno del pasado viernes se debatió la nueva ordenanza reguladora de la instalación de terrazas de veladores en Almansa, una propuesta que fue aprobada por unanimidad, ya que contó con el apoyo de todos los grupos políticos.

Esta propuesta ya había sido presentada hacía varias semanas por el equipo de gobierno y además, la Comisión de Cuentas, Hacienda y Patrimonio exigió en su última sesión una renovación de esta regulación. Una modificación necesaria porque desde que se puso en vigor la Ley antitabaco era importante fomentar y dar facilidades a la hostelería, de forma que puedan prestar sus servicios a un mayor número de personas, permitiendo determinadas instalaciones que hasta ahora estaban prohibidas, incluso en zonas destinadas a aparcamientos, delimitándolas adecuadamente.

En esta ordenanza se ha trabajado conjuntamente desde el Área Técnica, la Comisión de Urbanismo y la Policía Local. En ese sentido, la concejal de Democracia por Almansa, María José Almendros, siempre ha defendido que se incorporen todas las sugerencias del jefe de Policía, además de pedir que se estudie a fondo la nueva Ordenanza para evitar futuros conflictos. Por su parte, el grupo municipal socialista anunció que se mantendrá firme en su compromiso para aportar ideas.

Nuevas normas

La nueva normativa permitirá a los establecimientos ampliar el desarrollo de su actividad a nuevos espacios con las terrazas de veladores (instalaciones con mesas, sillas, sillones, sombrillas, jardineras, y otros elementos de mobiliario urbano) y cerramientos estables, las estructuras fijas que albergan estas terrazas.

La principal novedad es que cuando la anchura de la acera en las calles no permita la instalación de las terrazas, se podrán ubicar en el espacio destinado al estacionamiento de vehículos, siempre que se cumplan las características que recoge la normativa. Por ejemplo, estas plataformas no se permitirán cuando su instalación pueda generar problemas de tráfico o seguridad vial, especialmente en esquinas o cruces que dificulten la visibilidad.

Estos espacios tendrán que cumplir con el horario de funcionamiento, que en el caso de los meses de octubre a mayo es de 9 de la mañana a doce de la noche, y en el periodo veraniego, es decir, de junio hasta septiembre, se amplía a diario desde las 8 de la mañana hasta la 1:30 horas y los viernes, sábados y vísperas de festivo hasta las 2:30 horas.

Es un punto clave el cumplimiento del horario porque la ordenanza ha de garantizar la seguridad ciudadana y la tranquilidad pública, además de la seguridad vial y el tránsito peatonal.

Para proceder a la instalación de estos nuevos espacios, los hosteleros tendrán que obtener la autorización municipal, cuya tramitación se llevará a cabo por el servicio competente del Ayuntamiento.

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