Modificación de la denominación de la Escuela Universitaria de Ingeniería Técnica Agrícola

 21/03/2012
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Decreto 68/2012, de 15/03/2012, por el que se aprueba la modificación de la denominación de la Escuela Universitaria de Ingeniería Técnica Agrícola de Ciudad Real por Escuela de Ingenieros Agrónomos de Ciudad Real, así como de la Facultad de Ciencias Químicas de Ciudad Real por Facultad de Ciencias y Tecnologías Químicas de Ciudad Real, en la Universidad de Castilla-La Mancha. (DOCM de 20 de marzo de 2012) Texto completo.

DECRETO 68/2012, DE 15/03/2012, POR EL QUE SE APRUEBA LA MODIFICACIÓN DE LA DENOMINACIÓN DE LA ESCUELA UNIVERSITARIA DE INGENIERÍA TÉCNICA AGRÍCOLA DE CIUDAD REAL POR ESCUELA DE INGENIEROS AGRÓNOMOS DE CIUDAD REAL, ASÍ COMO DE LA FACULTAD DE CIENCIAS QUÍMICAS DE CIUDAD REAL POR FACULTAD DE CIENCIAS Y TECNOLOGÍAS QUÍMICAS DE CIUDAD REAL, EN LA UNIVERSIDAD DE CASTILLA-LA MANCHA.

Preámbulo

El artículo 37.1 del Estatuto de Autonomía de Castilla-La Mancha asigna a la Comunidad Autónoma la competencia de desarrollo legislativo y ejecución de la enseñanza en toda su extensión, niveles, y grados, modalidades y especialidades, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 27 de la Constitución y las Leyes Orgánicas que lo desarrollen.

La Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre , de Universidades, establece en su artículo 8.2 que la creación, modificación y supresión de las Escuelas y Facultades de las universidades será acordada por las Comunidades Autónomas, “bien por propia iniciativa, con el acuerdo del Consejo de Gobierno de la universidad, bien por iniciativa de la universidad mediante propuesta del Consejo de Gobierno, en ambos casos con informe previo favorable del Consejo Social de la Universidad.

Con fecha 3 de mayo de 2011, el Consejo de Gobierno de la Universidad de Castilla-La Mancha aprobó el cambio de denominación de la Escuela Universitaria Politécnica de Ingeniería Técnica Agrícola de Ciudad Real que pasará a denominarse Escuela de Ingenieros Agrónomos de Ciudad Real, en la Universidad de Castilla-La Mancha.

En la misma sesión se aprobó igualmente el cambio de denominación de la Facultad de Ciencias Químicas de Ciudad Real por Facultad de Ciencias y Tecnologías Químicas de Ciudad Real, en la Universidad de Castilla-La Mancha.

Tales propuestas se elevaron al Pleno del Consejo Social de la Universidad de Castilla-La Mancha, siendo ratificadas en sesión de 21 de junio de 2011.

Como es preceptivo, en virtud del artículo 8 de los Estatutos de la Universidad de Castilla-La Mancha, con fecha 31 de enero de 2012 fueron comunicados estos acuerdos a la Consejería de Educación, Cultura y Deportes.

En consecuencia, a la vista de lo expuesto por la Universidad de Castilla-La Mancha, la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, en uso de las competencias que le han sido atribuidas por el Decreto 124/2011, de 7 de julio , que establece la estructura orgánica, organización de funciones y competencias de la Consejería, y de conformidad con el artículo 36 de la Ley 11/2003, de 25 de septiembre, del Gobierno y del Consejo Consultivo de Castilla-La Mancha, considera acreditada la conveniencia, y demostrada la incidencia positiva que esta nueva estructura va a suponer en la consecución de los objetivos de coordinación, planificación y fomento de la calidad de la enseñanza universitaria.

En virtud de lo anterior, a propuesta de la Consejera de Educación, Cultura y Deportes, y previa deliberación del Consejo de Gobierno, en su reunión del día 15 de marzo de 2012, Dispongo:

Artículo único. Modificación de la denominación de centros.

1. Se modifica la denominación de la Escuela Universitaria de Ingeniería Técnica Agrícola de Ciudad Real, en la Universidad de Castilla-La Mancha que pasa a denominarse Escuela de Ingenieros Agrónomos de Ciudad Real.

2. Se modifica la denominación de la Facultad de Ciencias Químicas de Ciudad Real, en la Universidad de Castilla-La Mancha que pasa a denominarse Facultad de Ciencias y Tecnologías Químicas de Ciudad Real.

Disposición final primera. Habilitación para el desarrollo normativo.

Se autoriza a la Consejería competente en materia de enseñanza universitaria para dictar y adoptar cuantas disposiciones y actos se estimen necesarios para el desarrollo y aplicación este Decreto.

Disposición final segunda. Entrada en vigor.

Este Decreto entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha.

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