El Ayuntamiento de La Vila aprueba una ordenanza que permite enajenar suelo público

 16/03/2012
 Compartir: 

De conformidad con la Ley Urbanística de la Comunitat, lo que se obtenga de esas acciones deberán ser destinados a la construcción de viviendas de protección pública o a actuaciones de interés social.

lasprovincias.es - 16/03/2012

El Ayuntamiento de La Vila aprobó ayer, con solo los votos a favor del equipo de Gobierno del PP, una ordenanza reguladora de los usos de interés social o de titularidad pública en la que se establecen a qué proyectos deberán destinarse los recursos y bienes que integran el patrimonio municipal del suelo así como los ingresos obtenidos de la enajenación, permuta o cesión de terrenos.

La norma está regulada por la ley Urbanística de la Comunitat que establece que lo que se obtenga de esas acciones deberán ser destinados a la construcción de viviendas de protección pública o a actuaciones de interés social. El Gobierno local ha incluido en esa ordenanza una lista de proyectos u obras que podrían ser financiados por aquello que se obtenga de la enajenación del patrimonio municipal.

Entre ellas, se encuentran infraestructuras sobre las que pesan sentencias firmes, por valor de 23 millones de euros, que el Ayuntamiento está pagando, precisamente, por llevar a cabo este proceso. Así se incluye las escaleras mecánicas del parque Censal (2,9 millones de euros), con dos sentencias en contra, el campo de fútbol (1,8 millones de euros) o el Auditorio Municipal (9,6 millones y una sentencia en contra), entre otras.

La oposición criticó ayer la aprobación de esta ordenanza por considerar que no era correcta además de cuestionar la lista de proyectos sociales. Así, desde EU se indicó que la normativa habla de actuaciones de futuro y no de solventar obras que ya están hechas y pidió que se consensúe la elección de proyectos con los vecinos.

Últimos estudios

Conexión al Diario

Publicaciones

Lo más leído:

  1. Estudios y Comentarios: Efectos procesales del silencio administrativo, ¿una garantía para el ciudadano?
  2. Tribunal Supremo: Si un tercero adquiere un inmueble afecto al pago de una deuda tributaria dentro del plazo de cinco años desde la inscripción en el Registro de la Propiedad de la nota marginal de afección, se le podrá declarar responsable subsidiario de la deuda
  3. Actualidad: Se convocan 261 plazas para distintos perfiles profesionales en diferentes ministerios
  4. Tribunal Supremo: En los contratos de servicio público de concesión de transporte regular de viajeros de uso general por carretera tienen aplicación preferente las normas especiales de servicio público de transporte terrestre de viajeros sobre las generales de contratación pública
  5. INAP: El Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública ha convocado un proceso selectivo que incluye cuatro plazas con destino en el INAP
  6. Tribunal Supremo: Confirma el TS que por efecto de la DA 41.ª de la Ley de Contratos del Sector Público, los servicios de arquitectura tienen la consideración de prestaciones intelectuales, por lo que los criterios de calidad deben alcanzar al menos el 51 % de la puntuación
  7. INAP: CPS: Llamamiento extraordinario para la realización del ejercicio único y del primer y segundo ejercicio de las pruebas selectivas
  8. Legislación: Ayudas del año 2026-2027 para facilitar a las personas menores de cuarenta años la adquisición en régimen de propiedad de una vivienda
  9. Legislación: Régimen jurídico de las entidades del Tercer Sector de Acción Social colaboradoras con la Administración General del Estado
  10. Legislación: Ayudas económicas destinadas a la escolarización en los centros privados autorizados de Educación Infantil y escuelas infantiles municipales de primer ciclo

 

Atención al usuario: publicacionesinap.es

© INAP-2026

Icono de conformidad con el Nivel Doble-A, de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI: abre una nueva ventana