La ordenanza de terrazas y expositores aprobada por el Ayuntamiento de Fraga entra en vigor

 07/03/2012
 Compartir: 

El nuevo texto fija los requisitos necesarios para instalar terrazas y expositores en la vía pública, detalla las dimensiones de los mismos y las obligaciones de los particulares que las promuevan en cuanto a instalación, retirada y limpieza.

Europa Press - 06/03/2012

La Ordenanza del Ayuntamiento de Fraga que regula la instalación de terrazas y expositores de hostelería en la vía pública, aprobada el pasado mes de noviembre, ha entrado en vigor este martes tras la publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Huesca del texto íntegro de la misma.

Esta Ordenanza fue aprobada por unanimidad y fija los requisitos necesarios para instalar terrazas y expositores en la vía pública, detalla las dimensiones de los mismos y las obligaciones de los particulares que las promuevan en cuanto a instalación, retirada y limpieza.

La norma establece también sanciones por incumplimiento de la normativa y las tasas a abonar por los establecimientos que decidan instalar una terraza. El horario de cierre de éstas se ha fijado a las 2.00 los viernes, sábados y vísperas de festivo y a las 0.00 horas de domingo a jueves.

La elaboración de la Ordenanza fue dirigida por el equipo de Gobierno que forman el Partido Popular y el Partido Aragonés y a la misma se incorporaron las aportaciones que empresarios del sector, asociaciones y entidades realizaron.

El concejal delegado de Desarrollo Económico, Javier Catalán, ha recordado que "había una problemática seria, porque las terrazas no estaban reguladas. Crear la ordenanza ha llevado un tiempo, pero el resultado ha sido excelente. Hemos dado una solución a una demanda de los bares y restaurantes de la ciudad. El texto final se consensuó con todos y el producto final es una ordenanza muy elaborada que responde prácticamente a todas las situaciones que se puedan dar".

Catalán ha señalado que "debemos felicitarnos todos, porque regulamos una situación que antes no estaba regulada y con ello favorecemos también el desarrollo económico al favorecer la actividad hostelera, ya que otorgamos un marco legal a unas instalaciones, las terrazas, que muchos establecimientos habilitaron en su día para que sus cuentas de resultados no se vieran afectadas por una mengua de clientes vinculada a la normativa antitabaco".

Comentarios

Noticia aún sin comentar.

Escribir un comentario

Para poder opinar es necesario el registro. Si ya es usuario registrado, escriba su email y contraseña:

 

Si desea registrase en la Administración al Día y poder escribir un comentario, puede hacerlo a través el siguiente enlace: Registrarme en La Administración al Día.

  • El INAP no es responsable de los comentarios escritos por los usuarios.
  • No está permitido verter comentarios contrarios a las leyes españolas o injuriantes.
  • Reservado el derecho a eliminar los comentarios que consideremos fuera de tema.

Últimos estudios

Conexión al Diario

Publicaciones

Lo más leído:

  1. Estudios y Comentarios: El personal directivo público: su especialidad en las entidades locales y, en especial, en las diputaciones provinciales de Castilla-La Mancha
  2. Estudios y Comentarios: Una primera aproximación al anteproyecto de ley de Administración Abierta. Transparencia, acceso a la información y régimen de incompatibilidades del personal al servicio de la Administración
  3. Estudios y Comentarios: El control de la discrecionalidad de las decisiones de encomendar la gestión de servicios a medios propios de las administraciones públicas
  4. Tribunal Supremo: La falta de impugnación autónoma, o la ampliación de un recurso al acto posterior que ponga fin a un proceso selectivo, no supone la pérdida del objeto del recurso ni del interés legítimo que el actor ostenta frente al acto inicialmente recurrido
  5. Legislación: Incapacidad temporal del personal del Cuerpo de la Guardia Civil
  6. Legislación: Revalorización de las pensiones públicas y otras medidas urgentes en materia de Seguridad Social
  7. Legislación: Medidas urgentes para hacer frente a situaciones de vulnerabilidad social, en materia tributaria y relativas a los recursos de los sistemas de financiación territorial
  8. Legislación: Ingreso, promoción interna, movilidad, formación y convocatoria unificada del personal funcionario de los cuerpos de la Policía Local
  9. Tribunal Supremo: La Administración tributaria ha de indagar la existencia de responsables solidarios antes de la declaración de responsabilidad subsidiaria
  10. Legislación: Gratificaciones a percibir por el personal que preste sus servicios en las Elecciones a las Cortes de Castilla y León de 2026

 

Atención al usuario: publicacionesinap.es

© INAP-2026

Icono de conformidad con el Nivel Doble-A, de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI: abre una nueva ventana