ETA

Absuelto un acusado de 'kale borroka' pese a que su ADN se halló en tres prendas halladas junto a un autobús calcinado

 07/03/2012
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La Audiencia Nacional exonera a Iñaki Bengoa porque un compañero de trabajo ya condenado pudo coger ropa con su perfil genético

MADRID, 6 (EUROPA PRESS)

La Audiencia Nacional ha absuelto a Iñaki Bengoa San Miguel de los delitos de daños terroristas y tenencia de aparatos inflamables por los que la Fiscalía solicitaba que fuera condenado a diez años y nueve meses de cárcel, a pesar de que su ADN apareció en dos guantes y una capucha que fueron halladas junto a un autobús que fue calcinado en el barrio bilbaíno de Buia el 10 de febrero de 2002.

Así consta en una sentencia dictada por la Sección Cuarta de la Sala de lo Penal en la que se exonera al acusado de los delitos que se le imputan porque los indicios que pesaban contra él "no han logado transformarse en pruebas de cargo destructuroa de la presunción de inocencia que le favorece".

Durante el juicio, que quedó visto para sentencia el pasado 29 de febrero, el fiscal pidió una sentencia condenatoria alegando que además de los restos de ADN, que fueron atribuidos al acusado tras cotejarlos con los de una colilla que arrojó junto a una parada de autobús, constaba una declaración que le inculpaba de Naiara Mallabia, condenada a siete años de cárcel por estos hechos. "¡Ojalá todos nuestros malos sean fumadores!", dijo el fiscal.

El acusado explicó durante el juicio que trabajaba junto a Aitor Fernández Treceño, también condenado en este procedimiento, en una empresa que se dedicaba al montaje y desmontaje de 'txoznas' y escenarios para fiestas y que tiraban la ropa en una furgoneta y la intercambiaban constantemente. "Cogíamos lo que teníamos más a mano", aseguró.

PUDIERON CAMBIARSE LAS PRENDAS

La sentencia, de la que ha sido ponente el magistrado Juan Francisco Martel, considera que estos "contraindicios" tienen "la misma calidad y al menos idéntico grado de razonabilidad desde la perpectiva del principio de presunción de inocencia. Así, destaca que los condenados "nunca han reconocido al acusado como uno de los integrantes del grupo asaltante" y que la aparición de su perfil genético podía deberse a que los trabajadores "utilizaban indistintamente las prendas".

El fiscal también alegó que en el domicilio del acusado se hallaron seis petardos y material de organizaciones del entorno de ETA y que éste tenía antecedentes policiales que demostrarían su "ideología filoetarra o terrorista", entre los que refirió la participación en una concentración en defensa del "multiasesino" Iñaki de Juana Chaos o el intento de encadenarse en el estadio de San Mamés.

El tribunal destaca que el hallazgo de este material casi nueve años después de los hechos "resulta forzado en exceso", al tiempo que señala que las fotografías, prendas de vestir y panfletos intervenidos en su domicilio pueden ser "indicativos de una forma de pensar" pero no suponen por sí mismos "una corroboración objetiva de la participación personal en actos de violencia sino presentan relación directa con los hechos imputados".

"¡ESTO NO ES UN CIRCO!"

La causa contra Iñaki Bengoa San Miguel se inició después de que en noviembre de 2010 la Ertzaintza recogiera una colilla que había arrojado junto a una parada de autobús y cotejara su rastro de ADN con el que apareció en el guante y la capucha encontrados en el lugar de los hechos.

En la primera jornada del juicio la presidenta del tribunal, Ángela Murillo, reprendió a una treintena de amigos y familiares por ovacionar al acusado al término de su declaración. "¡Les ruego encarecidamente que no hagan lo mismo. Esto es un tribunal de justicia que se merece un respeto, esto no es un circo!. ¿Me han entendido, verdad?", les dijo.

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