Modificación del modelo para la presentación en el Registro Mercantil de las cuentas anuales consolidadas

 06/03/2012
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Resolución de 29 de febrero de 2012, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, por la que se modifica el Anexo III de la Orden JUS/1698/2011, de 13 de junio, por la que se aprueba el modelo para la presentación en el Registro Mercantil de las cuentas anuales consolidadas. (BOE de 6 de marzo de 2012) Texto completo.

RESOLUCIÓN DE 29 DE FEBRERO DE 2012, DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE LOS REGISTROS Y DEL NOTARIADO, POR LA QUE SE MODIFICA EL ANEXO III DE LA ORDEN JUS/1698/2011, DE 13 DE JUNIO, POR LA QUE SE APRUEBA EL MODELO PARA LA PRESENTACIÓN EN EL REGISTRO MERCANTIL DE LAS CUENTAS ANUALES CONSOLIDADAS.

Preámbulo

La Orden JUS/206/2009, de 28 de enero , dictada en uso de la habilitación concedida al Ministerio de Justicia por la disposición adicional primera la Ley 16/2007, de 4 de julio, de reforma y adaptación de la legislación mercantil contable para su armonización internacional con base en la normativa de la Unión Europea, establecía que quedaba pendiente la preparación de modelos para la presentación de las cuentas anuales consolidadas de los grupos que, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 43 bis del Código de Comercio, optaran por aplicar las normas contables del propio Código, una vez hubiera sido aprobado el desarrollo reglamentario de éste.

En atención a esta previsión el Ministerio de Justicia dictó la Orden JUS/1698/2011, de 13 de junio , aprobando los modelos de cuentas consolidadas tomando como base las normas contenidas en el Real Decreto 1159/2010, de 17 de septiembre , por el que se aprueban las Normas para la Formulación de Cuentas Anuales Consolidadas y se modifica el Plan General de Contabilidad, aprobado por Real Decreto 1514/2007, de 16 de noviembre y el Plan General de Contabilidad de Pequeñas y Medianas Empresas aprobado por Real Decreto 1515/2007, de 16 de noviembre .

No habiéndose producido ningún cambio normativo de carácter contable durante el ejercicio 2011 que afecte a los referidos modelos y en uso de la facultad que la Disposición adicional única de la precitada Orden otorga a la Dirección General de los Registros y del Notariado para aprobar las modificaciones o subsanaciones pertinentes, se procede a subsanar una errata producida en los test del modelo publicado.

Las mencionadas subsanaciones se publicarán en la página web del Ministerio de Justicia.

En su virtud, de acuerdo con el Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas, he resuelto los siguientes cambios:

Artículo único. Modificación de la Orden JUS/1698/2011, de 13 de junio .

Se modifica el anexo III de la Orden JUS/1698/2011, de 13 de junio , por la que se aprueba el modelo para la presentación de las cuentas anuales consolidadas en el Registro Mercantil, de acuerdo con lo que sigue:

A) Definición de test de errores: Corrección de errata para el depósito de cuentas anuales consolidadas.

La versión actualizada de los test está disponible, junto con la última versión de los modelos de depósito de cuentas anuales consolidadas, en la dirección de Internet del Ministerio de Justicia:

http://www2.mjusticia.es/cs/Satellite/es/1215197983369/Estructura_P/1215198328530/Detalle.html#id_1215198095684.

A.1 Novedades en la definición de los test de errores.

Definición de los test de errores de cumplimiento recomendado. Modelo consolidado. Se corrige el test siguiente:

En la página 63150, en el test número de orden CPN_040, en la columna “Fórmula que aparece”, donde dice: “52413 = 52401+52403+52420+52405+52407+52408+52409+52410+52411+52412+52321”, debe decir: “52413 = 52401+52403+52420+52405+52407+52408+52409+52410+52411+52412+52421”.

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