Prescrito y deshonrado; por Jesús Zarzalejos, Profesor de Derecho Procesal de la Universidad Complutense

 14/02/2012
 Compartir: 

El día 14 de febrero de 2012, se ha publicado en el Diario ABC, un artículo de Jesús Zarzalejos, en el que el autor afirma que el auto de archivo de la causa de los cobros en Nueva York es tan contundente en su conclusión como inequívoco en sus valoraciones previas. Garzón cometió indiciariamente un delito de cohecho impropio al pedir y obtener fondos de empresas y bancos españoles, aprovechando su condición de juez en activo. Trascribimos íntegramente dicho artículo.

PRESCRITO Y DESHONRADO

Baltasar Garzón ha salido entre absuelto y deshonrado de la causa penal abierta por sus cobros -fueran directos o indirectos- a bancos y empresas durante su estancia en Nueva York. El magistrado instructor de la Sala Segunda del Tribunal Supremo ha aceptado el archivo por prescripción del delito, según le había solicitado, por vez primera, el Fiscal. Veinticinco días es lo que ha separado a Garzón del banquillo: los que superan los tres años de prescripción del delito de cohecho impropio. Podría decirse que se ha salvado por la campana. De todas formas, el auto de archivo, que sigue la línea de rigor jurídico de los anteriores dictados por el mismo magistrado instructor en esta causa, es tan contundente en su conclusión como inequívoco en sus valoraciones previas. Garzón, dice el auto, cometió indiciariamente un delito de cohecho impropio al pedir y obtener fondos de empresas y bancos españoles, aprovechando su condición de juez en activo. Sólo el tiempo transcurrido entre el último acto delictivo y la presentación de la querella impide que su responsabilidad sea juzgada. Cada cual ha cumplido su papel en este proceso. La apreciación de la prescripción se ha producido en la fase procesal pertinente, es decir, terminada la investigación, concretada la imputación y descartados por el magistrado instructor otros delitos, como el de prevaricación, incluido en la querella inicial, con plazos de prescripción más amplios, lo que demuestra que eso de la “feroz persecución” a Garzón es una infamia contra el Tribunal Supremo.

Últimos estudios

Conexión al Diario

Publicaciones

Lo más leído:

  1. Estudios y Comentarios: Efectos procesales del silencio administrativo, ¿una garantía para el ciudadano?
  2. Tribunal Supremo: Si un tercero adquiere un inmueble afecto al pago de una deuda tributaria dentro del plazo de cinco años desde la inscripción en el Registro de la Propiedad de la nota marginal de afección, se le podrá declarar responsable subsidiario de la deuda
  3. Actualidad: Se convocan 261 plazas para distintos perfiles profesionales en diferentes ministerios
  4. Tribunal Supremo: En los contratos de servicio público de concesión de transporte regular de viajeros de uso general por carretera tienen aplicación preferente las normas especiales de servicio público de transporte terrestre de viajeros sobre las generales de contratación pública
  5. INAP: El Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública ha convocado un proceso selectivo que incluye cuatro plazas con destino en el INAP
  6. Tribunal Supremo: Confirma el TS que por efecto de la DA 41.ª de la Ley de Contratos del Sector Público, los servicios de arquitectura tienen la consideración de prestaciones intelectuales, por lo que los criterios de calidad deben alcanzar al menos el 51 % de la puntuación
  7. INAP: CPS: Llamamiento extraordinario para la realización del ejercicio único y del primer y segundo ejercicio de las pruebas selectivas
  8. Legislación: Ayudas del año 2026-2027 para facilitar a las personas menores de cuarenta años la adquisición en régimen de propiedad de una vivienda
  9. Legislación: Régimen jurídico de las entidades del Tercer Sector de Acción Social colaboradoras con la Administración General del Estado
  10. Legislación: Ayudas económicas destinadas a la escolarización en los centros privados autorizados de Educación Infantil y escuelas infantiles municipales de primer ciclo

 

Atención al usuario: publicacionesinap.es

© INAP-2026

Icono de conformidad con el Nivel Doble-A, de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI: abre una nueva ventana