Matrimonios y despedidas civiles

Lesaka aprueba la ordenanza de matrimonios y despedidas civiles

 09/02/2012
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Las solicitudes se tienen que presentar por escrito, dirigidas al alcalde

Diario de Navarra – 09/02/2012

El Ayuntamiento de Lesaka ha aprobado de forma definitiva la ordenanza municipal reguladora de matrimonios civiles y despedidas u homenajes civiles que se celebren en la localidad, tras su publicación en el BON y al no haberse presentado ninguna alegación. Según la ordenanza, cualquiera podrá solicitar ante la Alcaldía la celebración de matrimonios civiles.

lesaka. Existe un impreso en el Ayuntamiento para realizar dicha solicitud, que se deberá presentar en el registro general con una antelación mínima de un mes. La dependencia municipal habilitada será, con carácter prioritario, el salón de plenos del Ayuntamiento, pero si los contrayentes lo solicitan y la Alcaldía da su aprobación, se podría utilizar otra dependencia municipal. La decoración de la sala será realizada por los contrayentes y se prohíbe arrojar arroz y objetos similares dentro de la casa consistorial, en los soportales e inmediaciones, por la peligrosidad que representa.

El alcalde o concejal podrá autorizar el uso de los espacios reservados para funerales y homenajes civiles, previa recepción de la documentación que debe remitir el familiar o persona que dirija su solicitud al registro municipal del Ayuntamiento. Las solicitudes se tienen que presentar por escrito en el registro dirigidas al alcalde.

La tramitación de las mismas para la realización de funerales se regirá por el principio de inmediatez que requieren las circunstancias. Según recoge la ordenanza, la Alcaldía, o Concejalía, determinará el local en el que haya de celebrarse el funeral u homenaje civil, que con carácter general será el frontón o el ayuntamiento.

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