Plan INFOEX

Declaración de época de peligro de incendios en la Zona de coordinación del Plan INFOEX

 08/02/2012
 Compartir: 

Orden de 6 de febrero de 2012 por la que se declara época de peligro medio de incendios forestales en la Zona de Coordinación del Plan INFOEX de Monfragüe-Ambroz, Jerte, Tiétar. (DOE de 7 de febrero de 2012) Texto completo.

ORDEN DE 6 DE FEBRERO DE 2012 POR LA QUE SE DECLARA ÉPOCA DE PELIGRO MEDIO DE INCENDIOS FORESTALES EN LA ZONA DE COORDINACIÓN DEL PLAN INFOEX DE MONFRAGÜE-AMBROZ, JERTE, TIÉTAR.

Preámbulo

El Decreto 52/2010, de 5 de marzo , por el que se aprueba el Plan de Lucha contra Incendios Forestales de la Comunidad Autónoma de Extremadura (Plan INFOEX), establece en su artículo 4.1.c la posibilidad de declaración, dentro de la Época de Peligro Bajo, de una Época de Peligro Medio si la reiteración de incendios y las condiciones meteorológicas aconsejaran temporalmente el refuerzo en el despliegue de medios del Plan INFOEX. En esta Época de Peligro Medio se podrán limitar o prohibir totalmente las quemas y otras actividades que supongan riesgo de incendios forestales, mediante Orden del titular de la Consejería competente en materia de incendios forestales.

En el artículo 4.2 del citado Decreto, se señala que, en función de las condiciones meteorológicas, se determinará anualmente mediante Orden la duración de cada época de peligro.

En el momento actual existen unas condiciones meteorológicas, marcadas por la ausencia prolongada de precipitaciones y la presencia de una masa de aire continental de carácter muy frío y seco, que vendrá acompañada de vientos intensos. Asimismo las previsiones apuntan a una continuidad de la sequía meteorológica con unas condiciones similares a la actual.

Todo ello hace que sea necesario disponer del máximo despliegue de medios del Plan INFOEX de esta Zona de Coordinación para atender con la debida garantía las incidencias que pudieran surgir.

Por todo ello, y en virtud de la competencia que en materia de incendios forestales tiene atribuida la Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Energía, dispongo:

Artículo 1.

Se declara Época de Peligro Medio de Incendios Forestales en la Zona de Coordinación del Plan INFOEX de Monfragüe-Ambroz, Jerte, Tiétar, cuyo ámbito territorial es el reflejado en el Anexo II del Decreto 52/2010, de 5 de marzo , por el que se aprueba el Plan de Lucha contra incendios Forestales de la Comunidad Autónoma de Extremadura (Plan INFOEX).

Artículo 2.

Será de aplicación en las citadas Zonas de Coordinación del Plan INFOEX de Monfragüe- Ambroz, Jerte, Tiétar, las prohibiciones, limitaciones y autorizaciones previstas en el artículo 32 , 33 , y 34 y 35 del Decreto 52/2010, por el que se aprueba el Plan de Lucha contra Incendios Forestales de Extremadura (Plan INFOEX).

Así mismo, las autorizaciones de quemas y demás operaciones previstas en el artículo 33 de citado Decreto quedarán sin efecto, tras la publicación de esta Orden.

Disposición final única. Efectos.

La presente orden producirá efectos el mismo día de su publicación en el Diario Oficial de Extremadura.

Últimos estudios

Conexión al Diario

Publicaciones

Lo más leído:

  1. Estudios y Comentarios: Efectos procesales del silencio administrativo, ¿una garantía para el ciudadano?
  2. Tribunal Supremo: Si un tercero adquiere un inmueble afecto al pago de una deuda tributaria dentro del plazo de cinco años desde la inscripción en el Registro de la Propiedad de la nota marginal de afección, se le podrá declarar responsable subsidiario de la deuda
  3. Actualidad: Se convocan 261 plazas para distintos perfiles profesionales en diferentes ministerios
  4. Tribunal Supremo: En los contratos de servicio público de concesión de transporte regular de viajeros de uso general por carretera tienen aplicación preferente las normas especiales de servicio público de transporte terrestre de viajeros sobre las generales de contratación pública
  5. INAP: El Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública ha convocado un proceso selectivo que incluye cuatro plazas con destino en el INAP
  6. Tribunal Supremo: Confirma el TS que por efecto de la DA 41.ª de la Ley de Contratos del Sector Público, los servicios de arquitectura tienen la consideración de prestaciones intelectuales, por lo que los criterios de calidad deben alcanzar al menos el 51 % de la puntuación
  7. INAP: CPS: Llamamiento extraordinario para la realización del ejercicio único y del primer y segundo ejercicio de las pruebas selectivas
  8. Legislación: Régimen jurídico de las entidades del Tercer Sector de Acción Social colaboradoras con la Administración General del Estado
  9. Legislación: Ayudas del año 2026-2027 para facilitar a las personas menores de cuarenta años la adquisición en régimen de propiedad de una vivienda
  10. Legislación: Ayudas económicas destinadas a la escolarización en los centros privados autorizados de Educación Infantil y escuelas infantiles municipales de primer ciclo

 

Atención al usuario: publicacionesinap.es

© INAP-2026

Icono de conformidad con el Nivel Doble-A, de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI: abre una nueva ventana