Ayuntamiento de Zamora
La Opinión de Zamora 19/01/2012
El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León anuló hace cinco años varios artículos de la ordenanza ciudadana de Valladolid idénticos a los que incluye el recién aprobado reglamento de convivencia de Zamora, recurridos todos ellos en los tribunales por la Confederación Nacional de Trabajadores. La sentencia hace referencia directa a artículos que incluye la ordenanza de Zamora en los que recoge que <<los organizadores de cualquier acto público de naturaleza cultural, lúdica, festiva, deportiva o de cualquier otra índole velarán para que no se produzcan durante su celebración conductas vandálicas y, en su caso, sus organizadores serán los responsables>>. A este respecto, la sentencia, que sienta jurisprudencia, anula este aspecto -en el caso del reglamento de Valladolid- al entender que no se puede derivar la responsabilidad de las conductas <<porque son personales>>, además de entender que la medida <<iría contra el propio derecho de reunión y manifestación>>.
La sentencia alude también al capítulo que recoge el articulado de Zamora relativo a la prohibición de <<cazar, matar o maltratar pájaros>> por entender que <<los ayuntamientos no pueden regular esta actividad>>. De igual modo, libera a los padres de los menores de edad que infrinjan la ordenanza por considerar que <<las responsabilidades son individuales y no pueden derivarse a los padres>>.
Ante esta situación, IU critica que <<es incomprensible que después de tres años anulados estos artículos del reglamento de Valladolid por el TSJ, nadie se diera cuenta en el Ayuntamiento de Zamora y caigan en el mismo error>>, dice Francisco Guarido.
Por su parte, el concejal de Medio Ambiente, Feliciano Fernández, defiende que la ordenanza <<no es una copia de la de Valladolid>> y reprocha que aunque a día de hoy la ordenanza esté en los tribunales, <<eso no significa que no haya normativa suficiente en nuestro ordenamiento jurídico que garantice la seguridad y defensa de los zamoranos>>.
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