Euro

Acuerdo de Servicio de Préstamo

 04/01/2012
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Entrada en vigor del Acuerdo de Servicio de Préstamo entre los siguientes Estados miembros cuya moneda es el euro: el Reino de Bélgica, Irlanda, el Reino de España, la República Francesa, la República Italiana, la República de Chipre, el Gran Ducado de Luxemburgo, la República de Malta, el Reino de los Países Bajos, la República de Austria, la República Portuguesa, la República de Eslovenia, la República Eslovaca y la República de Finlandia y KfW, actuando en interés público, con sujeción a las instrucciones y acogiéndose a la garantía de la República Federal de Alemania, como Prestamistas, y la República Helénica como Prestatario y el Banco de Grecia como Agente del Prestatario, hecho en Bruselas y Atenas el 8 de mayo de 2010 (BOE de 4 de enero de 2012). Texto completo.

ENTRADA EN VIGOR DEL ACUERDO DE SERVICIO DE PRÉSTAMO ENTRE LOS SIGUIENTES ESTADOS MIEMBROS CUYA MONEDA ES EL EURO: EL REINO DE BÉLGICA, IRLANDA, EL REINO DE ESPAÑA, LA REPÚBLICA FRANCESA, LA REPÚBLICA ITALIANA, LA REPÚBLICA DE CHIPRE, EL GRAN DUCADO DE LUXEMBURGO, LA REPÚBLICA DE MALTA, EL REINO DE LOS PAÍSES BAJOS, LA REPÚBLICA DE AUSTRIA, LA REPÚBLICA PORTUGUESA, LA REPÚBLICA DE ESLOVENIA, LA REPÚBLICA ESLOVACA Y LA REPÚBLICA DE FINLANDIA Y KFW, ACTUANDO EN INTERÉS PÚBLICO, CON SUJECIÓN A LAS INSTRUCCIONES Y ACOGIÉNDOSE A LA GARANTÍA DE LA REPÚBLICA FEDERAL DE ALEMANIA, COMO PRESTAMISTAS, Y LA REPÚBLICA HELÉNICA COMO PRESTATARIO Y EL BANCO DE GRECIA COMO AGENTE DEL PRESTATARIO, HECHO EN BRUSELAS Y ATENAS EL 8 DE MAYO DE 2010.

El Acuerdo de Servicio de Préstamo entre los siguientes Estados miembros cuya moneda es el euro: el Reino de Bélgica, Irlanda, el Reino de España, la República Francesa, la República Italiana, la República de Chipre, el Gran Ducado de Luxemburgo, la República de Malta, el Reino de los Países Bajos, la República de Austria, la República Portuguesa, la República de Eslovenia, la República Eslovaca y la República de Finlandia y KfW, actuando en interés público, con sujeción a las instrucciones y acogiéndose a la garantía de la República Federal de Alemania, como Prestamistas, y la República Helénica como Prestatario y el Banco de Grecia como Agente del Prestatario, hecho en Bruselas y Atenas el 8 de mayo de 2010, en aplicación provisional por España desde el 11 de mayo de 2010, entró en vigor para España el 22 de diciembre de 2010, finalizando de esta forma su aplicación provisional. Este Acuerdo entró en vigor con carácter general el 11 de mayo de 2010, de acuerdo con lo previsto en su artículo 15.

Se completan así las inserciones efectuadas en los Boletines Oficiales del Estado números 117, de 13 de mayo de 2010, y 313, de 29 de diciembre de 2011.

Estados parte Firma Manifestación del consentimiento Entrada en vigor
BÉLGICA. 08/05/2010 10/05/2010 Provisional. 13/01/2011 Definitivo. 11/05/2010 Aplicación provisional. 13/01/2011 Entrada en vigor.
IRLANDA. 08/05/2010 04/06/2010 04/06/2010
ESPAÑA. 08/05/2010 11/05/2010 Provisional. 2/12/2010 Definitivo. 11/05/2010 Aplicación provisional. 22/12/2010 Entrada en vigor.
FRANCIA. 08/05/2010 11/05/2010 11/05/2010
ITALIA. 08/05/2010 11/05/2010 Provisional. 16/08/2010 Definitivo. 11/05/2010 Aplicación provisional. 16/08/2010 Entrada en vigor.
CHIPRE. 08/05/2010 11/05/2010 11/05/2010
LUXEMBURGO. 08/05/2010 11/05/2010 11/05/2010
MALTA. 08/05/2010 12/05/2010 12/05/2010
PAÍSES BAJOS. 08/05/2010 10/05/2010 11/05/2010
AUSTRIA. 08/05/2010 10/05/2010 11/05/2010
PORTUGAL. 08/05/2010 12/05/2010 Provisional. 21/06/2010 Definitivo. 12/05/2010 Aplicación provisional. 21/06/2010 Entrada en vigor.
ESLOVENIA. 08/05/2010 28/07/2010 28/07/2010
FINLANDIA. 08/05/2010 14/05/2010 14/05/2010
REPÚBLICA ESLOVACA. 08/05/2010 - -
ALEMANIA (KFW). 08/05/2010 11/05/2010 11/05/2010
REPUBLICA HELÉNICA. 08/05/2010 - 11/05/2010
BANCO DE GRECIA. 08/05/2010 - 11/05/2010

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