Adhesin de entidades a la Xarxa Emprn

 30/03/2023
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Orden EMT/56/2023, de 24 de marzo, por la que se regula la adhesin de entidades a la Xarxa Emprn (DOGC de 29 de marzo de 2023). Texto completo.

ORDEN EMT/56/2023, DE 24 DE MARZO, POR LA QUE SE REGULA LA ADHESIN DE ENTIDADES A LA XARXA EMPRÈN.

El Acuerdo GOV/189/2021, de 30 de noviembre, por el que se aprueba el Programa Catalunya Emprèn+I, para el periodo 2021-2023 (DOGC nm. 8556, de 2.12.2021), incluye, como funciones del Programa, optimizar y poner en valor la Xarxa Emprèn como mecanismo para contribuir a la creacin de empresas basadas en el conocimiento a lo largo de todo el territorio cataln, y consolidar programas de emprendimiento ms especializado.

La misin del Programa es la de fomentar el espritu emprendedor e innovador, as como promover la cultura de empresa en Cataluña, activando todas las capacidades del pas para crear un ecosistema empresarial innovador, y consolidando la implicacin en la red pblico-privada de colaboracin por parte de todos los agentes comprometidos en la creacin de empresas. En este sentido, el Programa tiene como objetivo extender la vocacin emprendedora e innovadora a todos los departamentos y organismos de la Generalitat de Catalunya, as como liderar las polticas de transformacin necesarias para convertirse en una organizacin innovadora y con potencial para superar los retos y aprovechar las oportunidades de nuestra sociedad.

Si hay un rasgo que caracterice a Cataluña es su espritu emprendedor, proactivo e innovador, que a lo largo de su historia ha facilitado el establecimiento de un tejido empresarial y una cultura proclives a los nuevos negocios. Estas caractersticas han contribuido al desarrollo econmico del pas en las etapas de crecimiento y oportunidades, convirtindolo en uno de los territorios ms dinmicos del sur de Europa. Igualmente, en periodos menos benevolentes, tambin ha sido este espritu emprendedor el que ha contribuido a amortiguar las dificultades, identificando nuevas lneas actuacin, colaboracin y recuperacin.

En el nuevo contexto que se abra en el siglo XXI, con un incremento exponencial de la competencia, el emprendimiento se ha convertido en un factor clave para el progreso econmico y social de Cataluña, y el dinamismo y la fortaleza de las interrelaciones que se daban en su ecosistema han supuesto un valor añadido que lo ha posicionado como uno de los entornos ms reconocidos a escala europea en el mbito del emprendimiento, y en un polo de atraccin de inversiones y captacin de talento y de empresas.

La irrupcin de la pandemia por la COVID-19 supuso un cambio radical de contexto y un golpe a todas las economas del mundo, que ha obligado a las administraciones a reaccionar ante las necesidades urgentes generadas y, sobre todo, a planificar respuestas a las nuevas incgnitas y a repensar su estrategia global.

Como efecto de la crisis hemos podido constatar la importancia de algunos elementos que, tanto las administraciones pblicas como las corporaciones, han incorporado de manera sistemtica: la sostenibilidad, la tecnologa, la innovacin, la capacidad de resiliencia, la flexibilidad y la agilidad de nuevas respuestas al entorno; y tambin la importancia de la colaboracin y la confianza, del trabajo en red y de la inteligencia colectiva.

A partir del año 2008, a travs de la Orden TRE/341/2008, de 9 de julio, por la que se establecen las bases reguladoras que han de regir la concesin de subvenciones de apoyo a los programas de los entes locales de fomento y asesoramiento a la creacin de empresas, a los proyectos singulares de apoyo a la creacin de empresas y a los proyectos experimentales de apoyo a la creacin de empresas (DOGC nm. 5172, de 14.7.2008), desde el Gobierno de la Generalitat de Catalunya se desarrolla la actividad de fomento del emprendimiento mediante una frmula de colaboracin y en red, primero como Xarxa Inicia y ms adelante como Xarxa Emprèn. Este modelo ha permitido extender en todo el territorio los servicios bsicos de apoyo a la creacin de empresas de una manera homognea y ordenada, as como configurar una comunidad de entidades y personas al servicio de los emprendedores y emprendedoras, con caractersticas y capacidades diferentes pero complementarios, abarcando la diversidad dentro del propio colectivo emprendedor. Posteriormente, con la incorporacin del Programa Primer, se abri una lnea para promocionar un modelo econmico de empresas tecnolgicas basadas en el conocimiento para fomentar un emprendimiento ms especializado fundamentado en la innovacin y la tecnologa.

Con el paso del tiempo, la Xarxa Emprèn se ha configurado como un conjunto diverso pblico-privado de entidades de apoyo al emprendimiento que, promovida por el rea de Emprendimiento y Formacin, ha trabajado de manera alineada, coordinada y eficiente, y ha ayudado a generar un ecosistema de empresas ms inclusivo, innovador y competitivo donde las buenas prcticas y las conexiones han aportado un valor añadido a cada uno de sus miembros.

En el año 2019 la Xarxa Emprèn estaba constituida por ms de 100 entidades y ms de 300 personas (personal tcnico de emprendimiento), con presencia en las ocho demarcaciones territoriales y en 39 de las 44 comarcas de Cataluña, con representacin, as mismo, de entidades locales, consejos comarcales, diputaciones, mancomunidades, colegios profesionales, entidades sin nimo de lucro, gremios y universidades.

Hasta la fecha, la Xarxa Emprèn ha estado constituida por entidades beneficiarias de las subvenciones promovidas por el rea de Emprendimiento y Formacin con el objetivo de prestar servicios estables y de calidad a las personas emprendedoras de Cataluña. En algunos casos, se han desarrollado convenios de adhesin no vinculados a prestaciones econmicas.

La presente Orden parte de la idea de que las entidades y los actores de apoyo al emprendimiento en Cataluña es, en conjunto, mucho ms amplio que las entidades beneficiarias de las subvenciones. Es por este motivo que se quiere aprovechar la afinidad y el conocimiento que pueden aportar las diferentes entidades para generar un ecosistema de emprendimiento conectado, cooperador y con el objetivo comn de potenciar y hacer crecer el ecosistema de empresas de Cataluña para consolidarlo como un referente, tanto de empresas emergentes que introducen nuevos modelos de negocio, como de las que buscan soluciones a retos y problemas de ms solidez, o tambin de las empresas de carcter ms tradicional pero que deben adaptarse a la innovacin y a los retos tecnolgicos actuales.

Por lo tanto, la presente Orden, que aprueba la adhesin de entidades a la Xarxa Emprèn, tiene por objetivo ampliar todava ms el alcance de esta red, sumando esfuerzos pblicos y privados de la manera ms efectiva, eficaz y eficiente posible, para propiciar sinergias, colaboraciones y confianzas que ayuden a las Pymes y a las personas con iniciativa emprendedora a hacer crecer nuestro ecosistema empresarial y de innovacin.

Por ese motivo se aprueba una nueva va de adhesin a la Xarxa Emprèn que complementar las vas de acceso hasta ahora vlidas y ligadas directamente a la participacin en convocatorias de subvenciones, a la vez que se da un nuevo impulso para ampliar el impacto y el alcance de la red con otras entidades que tambin aportan valor a la comunidad de apoyo al emprendimiento y facilitan la actividad y el trabajo en colaboracin de manera continuada.

En esta nueva etapa, desde el rea de Emprendimiento y Formacin, se facilitar a la Xarxa Emprèn un entorno de colaboracin permanente y estable, se vehicular la conexin entre los diferentes actores y se proporcionar un marco de conocimiento transformador y creativo enfocado a fomentar el emprendimiento y la innovacin con valor e impacto social. Se quiere promover la innovacin y la economa de impacto entendida como un modelo que no solo quiere maximizar su rentabilidad econmica, sino tambin su impacto social y medioambiental.

La finalidad de la Xarxa Emprèn es que las personas y las empresas con iniciativas emprendedoras dispongan de programas, servicios y recursos en todos los mbitos del emprendimiento, facilitados por entidades de referencia por toda Cataluña, y que, cada una de ellas y tambin de manera conjunta, se propongan contribuir en un modelo propio de emprendimiento cataln que cree en nuestro pas un entorno facilitador del emprendimiento, competitivo y sostenible econmica, social y medioambientalmente.

Visto el informe previo de la Asesora Jurdica, y en uso de las atribuciones que me son conferidas,

Ordeno:

Artculo 1

Objeto

El objeto de la presente Orden es regular el procedimiento y las condiciones de la adhesin de entidades a la Xarxa Emprèn para el impulso y apoyo al emprendimiento en Cataluña (http://xarxaempren.gencat.cat/ca/inici/).

Artculo 2

Definicin

2.1 La Xarxa Emprèn es una red pblico-privada que tiene la misin de contribuir al modelo propio de emprendimiento cataln que cree en nuestro pas un entorno facilitador del emprendimiento, competitivo y sostenible econmica, social y medioambientalmente mediante la colaboracin activa y la transferibilidad del conocimiento.

2.2 Los objetivos que la Xarxa Emprèn quiere promover son:

Fomentar la actividad emprendedora y la cultura empresarial por todo el pas.

Fomentar la diversidad del empresariado y del ecosistema emprendedor cataln.

Integrar y alinear actores pblicos y privados para incrementar la competitividad del ecosistema emprendedor cataln.

Promover la innovacin del ecosistema emprendedor.

Reconocer y potenciar el talento del personal que promueve el emprendimiento en Cataluña.

Promover el emprendimiento de las mujeres, especialmente las iniciativas enmarcadas en sectores, profesiones y ocupaciones o empleos donde estn poco representadas.

En definitiva, promover el ecosistema emprendedor y generar sinergias entre los miembros de las diferentes entidades que forman parte de la Xarxa Emprèn.

2.3 Las entidades de la Xarxa Emprèn prestan los siguientes servicios de acompañamiento y apoyo a las personas emprendedoras en las diferentes etapas del proceso emprendedor:

Sensibilizacin sobre las posibilidades del emprendimiento y las nuevas tecnologas de la disrupcin para generar impacto positivo y resolver retos sociales.

Orientacin inicial y apoyo para el desarrollo del proyecto y puesta en marcha de la empresa, especialmente empresas basadas en el conocimiento mediante programas de emprendimiento ms especializado.

Seguimiento para la consolidacin de la empresa y para el desarrollo de su potencial con el objetivo de que puedan crecer y convertirse en proyectos empresariales internacionales, si procede.

Deteccin preventiva de insolvencia definitiva y promocin de segundas oportunidades.

Artculo 3

Entidades que se pueden adherir

3.1 Pueden solicitar la adhesin a la Xarxa Emprèn:

a) Los ayuntamientos y los entes vinculados o dependientes, los consejos comarcales, los consorcios locales, las diputaciones, los entes de gestin locales, las entidades metropolitanas, las entidades municipales descentralizadas, las mancomunidades y las sociedades pblicas locales de Cataluña.

b) Las entidades sin nimo de lucro.

c) Las universidades, o las entidades que dependan, y las escuelas de negocio.

d) Los colegios profesionales, las asociaciones empresariales, los gremios y las cmaras de comercio.

3.2 Forman parte de la Xarxa Emprèn, sin necesidad de solicitar la adhesin, todas las entidades beneficiarias de subvenciones para el fomento del emprendimiento concedidas por la Direccin General de Innovacin, Economa Digital y Emprendimiento en las condiciones que establece la presente Orden, siempre que as est previsto en las bases reguladoras para la obtencin de la subvencin.

Artculo 4

Requisitos para obtener la condicin de entidad adherida

4.1 Para obtener la adhesin a la Xarxa Emprèn la entidad solicitante tiene que cumplir los siguientes requisitos:

a) Estar debidamente constituida, tener sede en Cataluña y que, en el caso de que deba tener estatutos, prevean la realizacin de actividades y proyectos de apoyo a la creacin de empresas y fomento de la innovacin o el emprendimiento.

b) En el momento de presentar la solicitud, tener como mnimo un año de experiencia en la creacin, consolidacin o crecimiento de empresas.

c) Prestar de manera estable servicios o recursos relacionados con la creacin de empresas o con el acompañamiento de emprendedores/as y de sus empresas ya constituidas.

d) Disponer de una web propia actualizada, y de medios suficientes, fsicos o telemticos, para ofrecer los recursos o servicios a los que hace referencia el anterior apartado c).

e) Cumplir cualquier otra obligacin legal o reglamentaria que les pueda afectar.

4.2 El cumplimiento de los requisitos se acreditar en la memoria que debe presentarse junto con la solicitud.

Artculo 5

Condiciones de la adhesin a la Xarxa Emprèn

5.1 Los derechos de las entidades adheridas a la Xarxa Emprèn son:

a) Visibilidad de la entidad y de sus recursos e iniciativas a travs de la web de la Xarxa Emprèn (incluidos los aplicativos Assessora't y Serveis per Emprendre), y de otros instrumentos de comunicacin y materiales que elabore el rgano competente para dar a conocer el ecosistema de apoyo a las empresas de Cataluña.

b) Acceso, si procede, a las plataformas y aplicaciones que el rgano competente desarrolle para facilitar los servicios de acompañamiento a las personas emprendedoras, y tambin a los estudios y a la explotacin de datos annimos que se puedan generar como fruto del uso de esas plataformas y aplicaciones.

c) Participacin, si procede, y de acuerdo con el procedimiento detallado en el anexo 3 de la presente Orden, en las actividades de cooperacin y conocimiento transformador y creativo que se impulsen en el marco de la Xarxa Emprèn, como:

Actividades de promocin de nuevas metodologas y tendencias en la prestacin de los servicios de asesoramiento dirigidas al personal de las entidades.

Actividades de trabajo en red (networking) para favorecer sinergias entre entidades y su personal y propiciar proyectos cooperativos.

Actividades para conocer el ecosistema cataln de emprendimiento y de innovacin.

Actividades de conexin internacional y de incorporacin de buenas prcticas de otros ecosistemas emprendedores y de innovacin.

Otras actividades que se consideren de inters para favorecer un ecosistema emprendedor disruptivo.

d) Informacin especialmente dirigida a las entidades sobre las lneas de ayuda y los programas especficos que puedan ser de su inters.

5.2 Las obligaciones de las entidades adheridas a la Xarxa Emprèn son:

a) Aceptar las condiciones de adhesin de la presente Orden y los cdigos ticos de principios y conductas recomendables aplicables en el mbito Generalitat del anexo 1.

b) Comunicar al rgano gestor, el Servicio de Emprendimiento, y en el momento en el que se produzca, la variacin de los datos que afecten a los requisitos de valoracin previstos en la presente Orden, la titularidad de la entidad y su sede electrnica (web) o fsica (direccin).

c) En el caso de que la entidad preste servicio de asesoramiento, debe darse de alta en el aplicativo Assessora't, o en otro aplicativo alternativo que el rea de Emprendimiento y Formacin implemente, para que las personas emprendedoras puedan escoger la entidad y solicitar asesoramiento.

d) Hacer pblica su adhesin a la Xarxa Emprèn en la web corporativa o profesional, en la portada de su web o bien en una pgina de primer nivel de navegacin.

Asimismo, si la entidad realiza alguna actividad bajo el marco de la Xarxa Emprèn y hace difusin en los medios o en otros soportes de comunicacin, deber explicitar que es una “Entidad de la Xarxa Emprèn”. En sus redes sociales profesionales, mencionar esta relacin utilizando la etiqueta (hashtag) #XarxaEmprèn.

e) Colaborar de la siguiente manera:

Contribuir a mejorar el ecosistema de innovacin y emprendimiento mediante el conocimiento del propio ecosistema y de la colaboracin activa con otras entidades en proyectos compartidos que puedan ser valiosos para los emprendedores/as y para la creacin de empresas.

Fomentar que los proyectos empresariales y las empresas que se creen impacten positivamente en el bienestar de las personas, en la competitividad de la economa y en la sostenibilidad del planeta.

Realizar su actividad velando por la sostenibilidad social, econmica y ambiental, con especial nfasis en la igualdad de oportunidades y de gnero. En materia de igualdad se consideran prioritarios el acceso al empleo, la promocin, la formacin, la igualdad en la retribucin para trabajos de igual valor, prevenir y abordar el acoso sexual y por razn de sexo, la ordenacin del tiempo de trabajo que favorezca la corresponsabilidad familiar, la salud laboral con perspectiva de gnero, el lenguaje no sexista, la informacin y la comunicacin.

Difundir y compartir buenas prcticas en el ejercicio de apoyo al emprendimiento y a la innovacin, para garantizar su repercusin y su efecto de transmisin de conocimiento al resto de entidades de la Xarxa Emprèn.

Facilitar, siempre que la actividad lo permita, indicadores de ejecucin de acuerdo con el cuadro de indicadores del anexo 2 de la presente Orden.

f) Facilitar la informacin relacionada con la presente Orden que el rgano competente considere de inters.

Artculo 6

Solicitud y documentacin

6.1 Forma y lugar de presentacin de las solicitudes.

Las solicitudes se debern cumplimentar y presentar telemticamente mediante el impreso de solicitud que se podr obtener en la EACAT (https://eacat.cat/), o bien a travs del Canal Empresa (https://canalempresa.gencat.cat/ca/tramits-i-formularis/), siguiendo las instrucciones indicadas y adjuntando una memoria segn documento normalizado, de acuerdo con el artculo 25 #(008712) ar.25# de la Ley 26/2010, del 3 de agosto, de rgimen jurdico y de procedimiento de las administraciones pblicas de Cataluña; y con el artculo 16.5 #(013300) ar.16# de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de rgimen jurdico de las administraciones pblicas y del procedimiento administrativo comn.

En el caso de que se presente la solicitud mediante otros formularios, se tendr por no presentada, de acuerdo con el artculo 16.8 #(013300) ar.16# de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de procedimiento administrativo comn de las administraciones pblicas, y, por lo tanto, la fecha a partir de la cual se entender presentada la solicitud o trmite ser la de entrada del formulario especfico indicado.

Para poder presentar la solicitud electrnicamente se admiten los sistemas de identificacin y firma electrnica establecidos por la Orden VPD/93/2022, de 28 de abril #(054744)#, por la que se aprueba el Catlogo de sistemas de identificacin y firma electrnica; y por la Ley 18/2020 #(053370)#, del 28 de diciembre, de facilitacin de la actividad econmica. Concretamente, se admiten los certificados electrnicos calificados de representante (certificados para personas fsicas que demuestran su condicin de representante de una persona jurdica o de un ente sin personalidad jurdica).

En el supuesto de interrupcin por circunstancias accidentales del funcionamiento de la Sede electrnica, y siempre que sea tcnicamente posible, la persona usuaria que acceda debe poder visualizar un mensaje que comunique esta circunstancia y que informe de los efectos de la interrupcin del funcionamiento en el cmputo de los plazos. No obstante, cuando no sea tcnicamente posible que la persona usuaria acceda a visualizar el mencionado mensaje, si se produce una interrupcin no planificada en el funcionamiento de los sistemas electrnicos durante el ltimo da establecido para la realizacin del correspondiente trmite, este trmite se podr llevar a cabo durante los siguientes tres das hbiles consecutivos.

Si la documentacin supera los 5MB, y una vez se haya enviado la solicitud, se abrir automticamente un espacio y se dispondr de 24 horas contadas desde la hora de registro del impreso de solicitud genrico, para enviar la documentacin necesaria. Si no se presenta esta documentacin, la solicitud se considerar desistida.

Las entidades solicitantes se hacen responsables de la veracidad de todos los datos, personales, profesionales, econmicos, etc. incluidos en la solicitud, de acuerdo con el artculo 28.7 #(013300) ar.28# de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de rgimen jurdico de las administraciones pblicas y del procedimiento administrativo comn. La inexactitud o falsedad en alguno de los datos ser causa de exclusin del proceso de adhesin o causa de revocacin, segn corresponda.

Las entidades pueden realizar el seguimiento del estado de la solicitud desde el rea privada de Canal Empresa que encontrarn en la cabecera del portal

(https://carpeta.canalempresa.gencat.cat/canalempresa/AppJava/autenticat/el_meu_espai.xhtml?set-locale=ca_ES).

Si los solicitantes no aportan los datos correspondientes, la Administracin de la Generalitat de Catalunya los podr consultar y obtenerlos por medios electrnicos, a no ser que los solicitantes se opongan. En este caso, es necesario que aporten la documentacin acreditativa pertinente.

Si la solicitud no rene los requisitos establecidos en la presente Orden, se requerir a la persona solicitante para que en un plazo de diez das hbiles enmiende el defecto o adjunte los documentos preceptivos, indicando que, si no lo hace, se considerar que desiste de su peticin, previa resolucin, de acuerdo con lo que dispone el artculo 68 #(013300) ar.68# de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo comn de las administraciones pblicas. Este requerimiento, as como todas las notificaciones del procedimiento, de acuerdo con el artculo 41.1, y en relacin con los artculos 14.2 #(013300) ar.14# y 14.3 #(013300) ar.14# de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, mencionada, se harn mediante notificacin electrnica con aviso a la direccin o telfono mvil que el solicitante haya facilitado a esos efectos en el formulario de solicitud de acreditacin, sin perjuicio de que la falta de ese aviso no impida la plena validez de la notificacin. La notificacin se entender practicada, a todos los efectos legales, cuando se comparezca en la Sede electrnica de la Generalitat, es decir, cuando se haya producido el acceso al contenido de la notificacin por parte de la persona interesada o por su representante debidamente identificado. Esta notificacin por medios electrnicos se entiende rechazada cuando hayan transcurrido diez das naturales desde su puesta a disposicin sin que se acceda a su contenido.

El incumplimiento de los requisitos no enmendables comporta la inadmisin de la solicitud.

6.2 Plazo de presentacin de solicitudes.

El plazo de presentacin de las solicitudes se iniciar el da siguiente al de la publicacin de la presente Orden en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya.

Artculo 7

Procedimiento

7.1 El rgano competente para la instruccin del procedimiento es el jefe/a del rea de Emprendimiento y Formacin.

7.2 Una vez evaluadas las solicitudes, el rgano instructor formular la propuesta de resolucin de adhesin, que elevar al rgano competente para que dicte la resolucin de adhesin o no adhesin.

Artculo 8

Resolucin

8.1 El director o la directora general de Innovacin, Economa Digital y Emprendimiento es el rgano competente para dictar resolucin sobre las solicitudes presentadas.

8.2 El plazo mximo para emitir la resolucin y notificarla ser de seis meses a contar desde la fecha de presentacin de la solicitud.

8.3 La resolucin se notificar a la persona interesada mediante su publicacin en el Tabln electrnico de la Administracin de la Generalitat de Catalunya (http://tauler.gencat.cat), sin perjuicio de que puedan utilizarse adicionalmente otros medios electrnicos. Esta publicacin sustituye a la notificacin individual y tiene los mismos efectos.

8.4 En el caso de que el rgano competente no dicte y notifique la resolucin en el plazo de seis meses, se entender que la solicitud se ha desestimado de acuerdo con el artculo 54.2.e) #(008712) ar.54# de la Ley 26/2010, del 3 de agosto, de rgimen jurdico y de procedimiento de las administraciones pblicas de Cataluña.

8.5 Contra la resolucin de adhesin o no adhesin, que no agota la va administrativa, se puede presentar recurso de alzada ante del rgano competente en el plazo de un mes, a contar desde el da siguiente al de la notificacin de la resolucin.

Artculo 9

Fichero de entidades de la Xarxa Emprèn

Las entidades adheridas a la Xarxa Emprèn quedarn registradas en un fichero que contendr los siguientes datos:

a) NIF.

b) Denominacin social.

c) Nombre de quien tiene la representacin legal.

d) NIF de quien tiene la representacin legal.

e) Direccin social.

f) Direccin electrnica corporativa.

g) Actividad de la entidad: asesoramiento, incubadora, aceleradora, conocimiento, alojamiento, laboratorio de fabricacin digital (Fab Lab), mentora, financiacin, etc.

h) Nombre de la persona de contacto.

i) NIF de la persona de contacto.

j) Direccin electrnica de la persona de contacto.

Los datos b), e), f) y g) se podrn hacer pblicos de acuerdo con el artculo 5.1.a) de la presente Orden.

En cuanto a los datos c), d), h), i) y j), que son de datos de carcter personal, quedarn registrados dentro del fichero Servicios y subvenciones en materia de emprendimiento.

De acuerdo con el artculo 19.2 #(050868) ar.19# de la Ley orgnica 3/2018, de 5 de diciembre, de proteccin de datos personales y garanta de los derechos, la direccin electrnica corporativa se puede publicar ya que su difusin tendra por objeto facilitar a las personas emprendedoras los datos de contacto necesarios de las personas fsicas que prestan servicios en las entidades adheridas, y nicamente a efectos de dirigirse a las entidades para solicitar asesoramiento y acompañamiento en el proceso emprendedor.

Artculo 10

Proteccin de datos de carcter personal y poltica de datos

10.1 De acuerdo con la Ley orgnica 3/2018, de 5 de diciembre #(050868)#, de proteccin de datos personales y garanta de los derechos digitales; y con lo que establece el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la proteccin de las personas fsicas con respecto al tratamiento de datos personales y a la libre circulacin de esos datos, los datos de carcter personal se tratarn de acuerdo con los principios y las obligaciones que establece esta normativa.

10.2 Las entidades adheridas tienen que llevar a cabo una evaluacin de los riesgos asociados a cada tratamiento, para determinar las medidas de seguridad que se deben implementar en cada caso, de acuerdo con la normativa de proteccin de datos.

Artculo 11

Seguimiento, control y extincin

11.1 Seguimiento y control.

El Departamento de Empresa y Trabajo realizar las acciones de seguimiento y control respecto de las obligaciones de las entidades adheridas a la Xarxa Emprèn durante todo el periodo de vigencia de la adhesin. El seguimiento ser meramente de comprobacin, cada dos años, de las entidades que se quieran dar de alta y de baja.

11.2 Extincin.

Son causas de extincin de la adhesin:

a) La disolucin de la entidad.

b) El incumplimiento de las obligaciones establecidas en la presente Orden.

c) La obtencin de la adhesin mediante falsedad de la documentacin presentada,

d) La prdida sobrevenida o modificacin sustancial de alguna de las condiciones que dieron lugar a la adhesin.

e) La renuncia de la entidad, en cualquier momento, mediante comunicacin fehaciente al rgano competente.

f) Cualquier otra causa prevista en la legislacin vigente.

En cualquier caso, previa audiencia del interesado, si es procedente.

11.3 La resolucin de extincin o aceptacin de la renuncia ser objeto de notificacin individual. El plazo mximo para dictar y notificar la resolucin ser de tres meses a contar desde la constatacin de la causa de extincin o desde la comunicacin de la renuncia. El rgano competente para resolver es el director o la directora general de Innovacin, Economa Digital y Emprendimiento. Contra la resolucin, que no agota la va administrativa, se puede interponer recurso de alzada ante el consejero del Departamento de Empresa y Trabajo, en el plazo de un mes, a contar desde el da siguiente al de la notificacin de la resolucin, de acuerdo con lo que disponen los artculos 121 #(013300) ar.121# y 122 #(013300) ar.122# de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de rgimen jurdico de las administraciones pblicas y procedimiento administrativo comn.

Artculo 12

Responsabilidad

La Generalitat de Catalunya no asumir ninguna responsabilidad por las actuaciones o los servicios prestados por parte de las entidades adheridas a la Xarxa Emprèn, ni por los daños que les puedan sobrevenir, ni por los que puedan ocasionar a terceros, siendo las entidades las responsables de sus actuaciones profesionales.

Disposicin final

Entrada en vigor

La presente Orden entrar en vigor el da siguiente al de su publicacin en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya.

Anexo 1

Principios ticos y reglas de conducta a los que las entidades adheridas a la Xarxa Emprèn deben adecuar su actividad, y efectos de un eventual incumplimiento de esos principios

-1 Para mantener determinados niveles de exigencia, competencia y calidad entre las entidades de la Xarxa Emprèn, o solo se tienen que establecer los requisitos y procedimientos de validacin, sino que tambin se deben definir unas pautas de conducta mnimas y obligatorias.

A pesar del carcter pblico-privado de las entidades adheridas a la Xarxa, esta est promovida por un ente pblico y, consecuentemente, las entidades adheridas asumen las siguientes obligaciones:

a) Observar los principios, normas y cnones ticos propios de las actividades, los oficios o las profesiones correspondientes a la actividad objeto de subvencin o ayuda pblica.

b) No realizar acciones que pongan en riesgo el inters pblico.

c) Denunciar las situaciones irregulares que se puedan presentar en las convocatorias o en los procesos derivados.

-2 En particular, las entidades adheridas a redes de carcter pblico asumen las siguientes obligaciones:

a) Comunicar inmediatamente al rgano competente las posibles situaciones de conflicto de intereses.

b) No solicitar, directa o indirectamente, que un cargo o empleado pblico influya en la resolucin de la convocatoria.

c) No ofrecer ni facilitar a cargos o empleados pblicos ventajas personales o materiales, ni para ellos mismos ni para terceras personas, con la voluntad de incidir en un procedimiento.

d) Colaborar con el rgano competente en las actuaciones que este realice para el seguimiento o la evaluacin del cumplimiento de las obligaciones establecidas en la presente Orden, particularmente facilitando la informacin que les sea solicitada para esas finalidades.

e) Cumplir las obligaciones de facilitar informacin que la legislacin de transparencia impone a los adjudicatarios en relacin con la Administracin o administraciones de referencia, sin perjuicio de cumplir las obligaciones de transparencia que les correspondan de forma directa por previsin legal, en los supuestos del apartado cuarto del artculo 3 #(035183) ar.3# de la Ley 19/2014, del 29 de diciembre, de transparencia, acceso a la informacin pblica y buen gobierno.

Anexo 2

Indicadores

-1 Siempre que la actividad desarrollada lo permita, excepto el servicio de asesoramiento que se informa mediante la aplicacin Assessora't, las entidades facilitarn los siguientes indicadores:

Nmero de personas emprendedoras/año: mujeres/ hombres/ no binario/ total.

Nmero de personas emprendedoras “ 30 años/año: mujeres/ hombres/ no binario/ total.

Nmero de empresas creadas/año: lideradas por hombres/ mujeres/ no binario/ total.

Nmero de empresas creadas por “ 30 años/año: lideradas por hombres/ mujeres/ no binario/ total.

Nmero de empresas atendidas/año: lideradas por hombres/ mujeres/ no binario/ total.

-2 Las entidades garantizarn y respondern de la exactitud, veracidad y autenticidad de los datos y de los indicadores facilitados. Por lo tanto, ser su obligacin y responsabilidad verificar y mantener actualizados los datos e informaciones facilitados, de tal forma que se correspondan con los propios registros; as como verificar y mantener actualizados los datos incorporados en el Assessora't.

Anexo 3

Participacin en las actividades de cooperacin y conocimiento que se impulsen en el marco de la Xarxa Emprèn

-1 El rea de Emprendimiento y Formacin publicar anualmente la oferta de actividades previstas en el artculo 5.1 c) de la presente Orden.

-2 Esta oferta ser publicada en la web de la Xarxa Emprèn con los siguientes detalles:

Contenido, objetivos, duracin y fechas de realizacin.

Requisitos de participacin.

En caso de tratarse de actividades con plazas limitadas, nmero de plazas disponibles y criterios de asignacin de las plazas.

Plazo de presentacin de las solicitudes

Enlace con el formulario de solicitud.

Los requisitos de participacin y los criterios de asignacin de las plazas pueden cambiar en funcin de la actividad y de sus objetivos.

En cualquier caso, se velar por el equilibrio territorial, por la participacin equitativa entre mujeres y hombres, y se priorizar a las entidades y al personal que no hayan participado en actividades o ediciones anteriores con la finalidad de facilitar el acceso de todas las entidades y de su personal al conjunto de actividades.

-3 Las solicitudes se presentarn mediante los formularios web que se publiquen en la web de la Xarxa Emprèn, y la confirmacin de la inscripcin en la actividad se comunicar al correo electrnico facilitado en la solicitud.

-4 El Departamento de Empresa y Trabajo publicar en la web de la Xarxa Emprèn el nombre de las entidades participantes. Tambin puede publicar imgenes y la identidad de las personas participantes que lo hayan autorizado.

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