Gencat.cat 28.07.26
Se trata de una ley que cuenta con un amplio consenso social y con el respaldo de numerosas entidades sociales, profesionales, académicas y políticas de Cataluña.
Esta norma consolida la cultura de la evaluación y la rendición de cuentas institucional. La ley garantiza que la gestión pública se base en la eficiencia en el uso de los recursos, sin generar nuevas cargas administrativas ni incrementar directamente el gasto público.
Principales novedades del modelo
- Selección por mérito e idoneidad: La designación se someterá a los principios de mérito, capacidad, publicidad e idoneidad. Los procesos serán evaluados por un órgano independiente de calificación de nueva creación, con representación paritaria de mujeres y hombres, integrado por personas de reconocido prestigio en gestión pública y recursos humanos.
- Mandatos de siete años: Los nombramientos o contratos tendrán una duración de siete años. La continuidad y la posible prórroga por el mismo período estarán condicionadas a una evaluación favorable de los resultados obtenidos.
- Evaluación de resultados y retribución variable: La permanencia en el cargo dependerá del cumplimiento de los objetivos fijados en los acuerdos de gestión. Se establece una retribución variable que podrá alcanzar hasta el 15 % de las retribuciones fijas en caso de evaluación favorable.
- Cese por causas tasadas: Se elimina el libre cese, que solo podrá producirse por causas legalmente establecidas, como la finalización del mandato o una evaluación desfavorable.
- Incorporación de la clasificación del personal directivo: La ley diferencia entre la dirección gerencial (direcciones generales y de servicios), la dirección operativa (subdirecciones generales, ocupadas por funcionarios de carrera) y el personal directivo del sector público institucional.
¿A quién va dirigida?
Al personal directivo de la Administración de la Generalitat de Catalunya; los organismos autónomos y las entidades de derecho público; las sociedades mercantiles participadas mayoritariamente por la Generalitat; los consorcios participados mayoritariamente o adscritos a la Administración; y las fundaciones del sector público de la Generalitat y las que están adscritas a ella.
Funciones
El personal directivo público profesional desempeña responsabilidades directivas o gerenciales. Es el encargado de ejecutar las políticas públicas y las normas y directrices de la dirección política y del Gobierno.
Calendario
El Gobierno dispondrá de un año para aprobar el Estatuto de la dirección pública profesional y desarrollar reglamentariamente el nuevo modelo una vez aprobada la ley, que ahora iniciará su tramitación parlamentaria.