Nuevo recorte al sueldo de los empleados públicos que falten al trabajo

 19/12/2012
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El Gobierno, las Comunidades Autónomas y los ayuntamientos reducirán el sueldo de los empleados públicos también en los tres primeros días de baja sin justificar, aunque podrán aprobar que haya un mínimo de ausencias al año que no supongan descuentos en la nómina, según una enmienda del Grupo Popular en el Senado al proyecto de ley de Presupuestos Generales del Estado para 2013.

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Desde el decreto de medidas para garantizar la estabilidad presupuestaria aprobado el pasado mes de julio, los empleados públicos en situación de incapacidad temporal, es decir, con baja médica, perciben el 50% del sueldo los tres primeros días de la baja, el 75% del sueldo desde el cuarto día hasta el vigésimo, y el 100% del sueldo a partir del día 21. Esto suponía que quien faltaba al trabajo con baja médica era peor tratado que las ausencias sin justificar.

El PP enmienda una enmienda anterior para que quede claro que la ausencia al trabajo sin baja médica comportará el descuento en nómina previsto para la situación de incapacidad temporal en los términos y condiciones que establezcan para su personal cada una de las Administraciones Públicas. Mediante una orden ministerial se concretarán el número de días de ausencia por enfermedad o accidente en año natural que no darán lugar a ese descuento. El Ministerio de Hacienda está ahora negociando cuántos días se permitirá estar enfermo sin que descuenten de la nómina. Si no se aprueba antes de fin de año, a partir del 2 de enero desde la primera baja sin justificar se reducirá el sueldo. Asimismo, las comunidades autónomas y los ayuntamientos deberán establecer el número de días al año en los que no se producirá el descuento por las ausencias sin baja médica.

El PP explica en la justificación de su enmienda que, aunque el decreto de julio establece que durante los primeros tres días de incapacidad temporal podrá reconocerse una prestación del 50% de las retribuciones como máximo y así lo ha hecho el Estado, <<no cabe presuponer que todas las administraciones han seguido este criterio>>. Por ello, la enmienda aclara que el descuento a aplicar <<debe ser idéntico al previsto para la situación de incapacidad temporal en cada administración>>. En el mismo sentido, entiende que la previsión de poder exceptuar días <<también resulta de aplicación a las demás administraciones públicas>>.

Según datos facilitados por el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, sólo en el 61% de los reconocimientos de Incapacidad Temporal llevados a cabo por Muface (la mutualidad de funcionarios) entre empleados cuya baja médica superaba los 20 días se mantuvo la situación de incapacidad. Uno de cada cinco funcionarios de los examinados en este sistema de control tuvo que reincorporarse al día siguiente y el 18% no compareció. Cuando se aprobó el real decreto ley de julio que recortaba las retribuciones de los empleados públicos enfermos, el Ministerio de Hacienda calculó que serviría para reducir el coste anual en 426 millones de euros.

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