Subvenciones para el desarrollo por entidades locales de programas experienciales de carácter general

 23/10/2026
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Extracto de la Resolución de 16 de octubre de 2026, de la Directora General del Servicio Regional de Empleo y Formación, por la que se aprueba la convocatoria de concesión de subvenciones para el desarrollo por entidades locales de programas experienciales de carácter general, dirigidos a personas desempleadas, ejercicio 2026 (BORM de 21 de octubre de 2026). Texto completo.

EXTRACTO DE LA RESOLUCIÓN DE 16 DE OCTUBRE DE 2026, DE LA DIRECTORA GENERAL DEL SERVICIO REGIONAL DE EMPLEO Y FORMACIÓN, POR LA QUE SE APRUEBA LA CONVOCATORIA DE CONCESIÓN DE SUBVENCIONES PARA EL DESARROLLO POR ENTIDADES LOCALES DE PROGRAMAS EXPERIENCIALES DE CARÁCTER GENERAL, DIRIGIDOS A PERSONAS DESEMPLEADAS, EJERCICIO 2026.

BDNS (Identif.): 935987

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/935987)

Primero.- Beneficiarios.

Podrán ser beneficiarias de esta convocatoria, las Entidades locales de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, los organismos autónomos y entidades dependientes o asimiladas a ellas cuya titularidad les corresponda íntegramente y que por su finalidad y competencia puedan llevar a cabo la ejecución de estos programas.

De conformidad con lo establecido en el artículo 16.2 de la Orden de bases, las entidades podrán incorporar en su solicitud la participación de entidades privadas en el patrocinio de su programa, con carácter preferentemente de utilidad pública o interés social, para impulsar la inserción laboral de las personas participantes o la mejora en la realización del programa. El programa incluirá la descripción concreta de dicha participación y deberá ser autorizada por el SEF.

Segundo.- Objeto.

El objeto de la presente Resolución es convocar, por el sistema de tramitación anticipada, las subvenciones destinadas a financiar la ejecución de Programas Experienciales, programas mixtos de empleo y formación, de carácter general por Entidades Locales de la Región de Murcia, dirigidos a personas desempleadas.

La finalidad de estos programas es mejorar las posibilidades de inserción de las personas desempleadas, no ocupadas e inscritas en las oficinas de empleo, a través de su cualificación en alternancia con la práctica profesional.

Tercero.- Bases reguladoras.

Orden de 24 de octubre de 2023 del Presidente del Servicio Regional de Empleo y Formación, por la que se desarrollan los Programas Experienciales, incluidos en los programas públicos mixtos de empleo y formación y se establecen las bases reguladoras de subvenciones para la ejecución de dichos programas en el ámbito de la Región de Murcia (BORM n.º 257 de 7 de noviembre), modificada por la Orden de 29 de septiembre de 2025 de la Presidenta del Servicio Regional de Empleo y Formación (BORM n.º 234, de 9 de octubre).

Cuarto.- Cuantía.

El crédito disponible con el que cuenta la convocatoria para la participación en esta actuación es de 8.700.044,00.-€, financiado con cargo al presupuesto de gastos del Servicio Regional de Empleo y Formación para el ejercicio 2026 con fondos procedentes de la Administración del Estado-Servicio Público de Empleo Estatal.

La cuantía individual estará en función de los gastos de formación para el empleo, educación complementaria y de funcionamiento durante todo el proyecto, así como los gastos salariales del alumnado-trabajador del mismo.

Quinto.- Presentación y plazo de solicitudes.

Las solicitudes de subvención se cumplimentarán por SEDE ELECTRÓNICA (https://sede.carm.es) Procedimiento 4440 “Proyectos Experienciales de Empleo y Formación”. El registro telemático de la solicitud requerirá, al menos, la identificación y autenticación del solicitante a través del uso de firma electrónica avanzada de entre las admitidas por la CARM y relacionadas en la página Web https://sede.carm.es en la pestaña “Información General”, admitiéndose, entre otras, los certificados de firmas electrónicas de la FNMT, Clase 2 CA y el DNI electrónico.

El plazo para la presentación de solicitudes será de diez días, a partir del siguiente a la publicación del extracto de esta convocatoria en el BORM.

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