Fomento de la integración ciudadana en el municipalismo

 21/10/2026
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Extracto de la Resolución de 5 de octubre de 2026, por la que se convocan subvenciones para el fomento de la integración ciudadana en el municipalismo (línea S1753), para el ejercicio 2026 (DOGV de 20 de octubre de 2026). Texto completo.

EXTRACTO DE LA RESOLUCIÓN DE 5 DE OCTUBRE DE 2026, POR LA QUE SE CONVOCAN SUBVENCIONES PARA EL FOMENTO DE LA INTEGRACIÓN CIUDADANA EN EL MUNICIPALISMO (LÍNEA S1753), PARA EL EJERCICIO 2026.

BDNS (identif.): 927363.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria, cuyo texto completo puede consultarse en la Base de datos nacional de subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/927363).

Asimismo, se encuentra disponible en la dirección web:

http://www.inclusio.gva.es/web/igualdad-diversidad.

Primero. Entidades beneficiarias

Podrán ser beneficiarias las entidades que cumplan los requisitos indicados en el artículo 2.1.b) de la Orden 7/2024, de 13 de noviembre de 2024, y, en concreto, los municipios que integran la Comunitat Valenciana.

Segundo. Objeto

Fomentar el retorno voluntario de personas migrantes a sus países de origen en el ámbito local, y dar información sobre ello.

Tercero. Bases Reguladoras

Orden 7/2024, de 13 de noviembre de 2024, por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de subvenciones a entidades sin ánimo de lucro y a entidades que integran la Administración local, para financiar proyectos de apoyo a la diversidad (DOGV 9984, 15.11.2024).

Cuarto. Dotación presupuestaria

El importe máximo estimado a financiar es el siguiente:

Denominación línea: “Programa de fomento de la integración ciudadana en el municipalismo”.

Finalidad: fomentar el retorno voluntario de personas migrantes a sus países de origen en el ámbito local, y dar información sobre ello.

Línea de subvención: S1753.

Importe máximo estimado: 528.000,00 €.

Quinto. Plazo de presentación

El plazo para la presentación de las solicitudes será de quince días hábiles a contar desde el día siguiente de la publicación de la presente resolución en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana.

Sexto. Forma de presentación

Exclusivamente por vía electrónica, en

https://www.gva.es/va/inicio/procedimientos?id_proc=109535, adjuntando los documentos que se indican en la convocatoria.

Séptimo. Criterios de valoración

Se establecen en el artículo 5 de la Orden 7/2024, de 13 de noviembre de 2024, por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de subvenciones a entidades sin ánimo de lucro y a entidades que integran la Administración local, para financiar proyectos de apoyo a la diversidad (DOGV 9984, 15.11.2024).

Octavo. Justificación

Mediante la presentación de la documentación de carácter económico justificativa del importe concedido y de una memoria explicativa del proyecto subvencionado.

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